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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sueldos y Jornales

Atención administradores: Vuelven a cambiar las contribuciones!!!

A partir del 1 de agosto del 2002, o sea que vale para los sueldos que se están confeccionando ahora, se incrementó el porcentaje de contribuciones (a cargo del empleador) del INSSJP en un 0,5%

La responsable de este cambio es la ley 25.615 publicada en el Boletín Oficial del 23/07/02 que modificó el porcentaje que le corresponde abonar al empleador sobre el sueldo bruto del trabajador, correspondiente al Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados (INSSJP o Ley 19.032) . Hasta el 31de julio de este año era del 1,5% y a partir de los sueldos devengados desde el 1 de agosto de 2002 es del 2%.

 

¿Cómo reflejar estos cambios en el Sistema 9041?

Estos cambios NO afectan directamente al sueldo del trabajador que confeccionamos mensualmente, por lo tanto los sueldos se pueden confeccionar como siempre sin hacer ningún cambio, ya que los APORTES del trabajador NO SUFRIERON CAMBIOS.

Lo que debemos modificar son las contribuciones del empleador y sólo el ítem correspondiente a INSSJP, para lo cual debemos cambiar el valor de la Tabla de Contribuciones del Empleador que se encuentra en el programa Anexo. Entramos al mismo, luego en el Item Personal en Relación de Dependencia se encuentra la opción Contribuciones del Empleador. Entramos allí y ante la pregunta ¿Editar el contenido de la Tabla? respondemos con la tecla "S". A continuación cambiamos el porcentaje correspondiente:

INSSJP, debe quedar con el número 2.0

Después de esta modificación, podemos abandonar el programa Anexo.

Luego ingresaremos al Sistema 9041 propiamente dicho, elegiremos el consorcio con el cual queremos trabajar y directamente nos ponemos a confeccionar los sueldos como siempre, para lo cual vamos al menú de Liquidación de Sueldos (Elección de un Consorcio, Sueldo, Liquidaciones) y confeccionar el sueldo. Es MUY IMPORTANTE contestar "N" cuando el sistema solicita responder a PAGO EN TERMINO.

Luego se sigue la confección del sueldo como de costumbre hasta que aparece la ventana "Contribuciones del empleador". Aquí se procede como siempre, mirando con especial cuidado si las dos columnas llamadas "Tabla" y "Final" tienen los mismos valores. De no ser así, sólo debemos presionar la tecla F10 con lo cual los valores se modificaran automáticamente.

En caso de que el sueldo ya esté confeccionado, debemos iluminarlo, ingresar al mismo con la tecla <Enter>, luego con la tecla <Esc> visualizar la ventana "Contribuciones del empleador" y pulsar la tecla <F10> para que los importes sean actualizados.

A partir de esta modificación, las contribuciones del empleador ascienden al 25% por sobre el sueldo bruto de los trabajadores, sin olvidar que le debemos sumar el costo de la Ley de Riesgos del Trabajo (L.R.T.)

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