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Alquileres

Por un puñado de dólares

La Asociación de Inquilinos de la República Argentina (AIRA) anunció que los depósitos de garantía en los contratos de alquiler, deben reintegrarse en la moneda de origen porque la ley de pesificación no se refiere a las cauciones.

Según Enrique Wainfeld, presidente del AIRA, no existe norma alguna que establezca que los depósitos de garantía en los contratos de locación de vivienda, comercial y/o profesional; entregados en caución deban pesificarse en la relación que la ley menciona para otros ítems. A continuación expresó que: "...casi todos los contratos de alquiler tenían como cláusula de depósito de garantía en dólares y el depósito de garantía no se pesificó lo que se pesificaron fueron las deudas contraídas entre las partes en moneda extranjera. El alquiler sí se pesificó, uno a uno, es decir que cuatrocientos dólares son cuatrocientos pesos, pero tiene como depósito cuatrocientos dólares no tiene cuatrocientos pesos. Porque no surge de ninguna norma legal en la Ley de Pesificación que el depósito se haya pesificado..." . Esto es así porque la mencionada ley no hace ninguna referencia a la pesificación de las cauciones que se deben devolver en la misma moneda o a la cotización que fije ese día el mercado cambiario en pesos.

El Sr. Wainfeld aseguró de manera categórica que absolutamente todos los juicios por este motivo se ganan y que podría corresponder hasta acción penal contra el locador bajo la figura de "depositario infiel". Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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