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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Administración Federal de Ingresos PúblicosAFIP

Todos los meses la misma historia...

Desde su página web la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), siempre nos cuenta lo mismo.

Si la consultamos durante el mes en curso, nos dirá que la nueva versión 20 deberá ser utilizada para los sueldos devengadas en el corriente mes (ahora octubre de 2002), pero si la consultamos en el último día del mes o a principios del siguiente y con los nervios un poco alterados ya que nunca sabemos con qué versión nos tenemos que manejar, encontraremos una notita parecida a esta: "La confección de las declaraciones juradas (F. 931) de los sueldos devengados en el mes de xxxx de este año, cuyos vencimientos empiezan a producirse esta semana, se deberán seguir confeccionando con la actual versión 19, que sigue vigente..."

Como dijimos en el párrafo anterior, hoy 21 de octubre de 2002, la A.F.I.P. dice: "Señor empleador: Próximamente se lanzará el "Programa SIJP versión 20", que incorpora nuevos campos a ser informados en sus declaraciones juradas mensuales. El nuevo aplicativo será de uso obligatorio para el devengado de octubre de 2002, cuyos vencimientos operan en noviembre..."

También nos cuenta las novedades que tendrá la tan mencionada versión 20, a saber:

A) Unifica la utilización de la aplicación para todas las actividades
B) Incorpora el cálculo de los aportes y contribuciones con destino al INSSJP y al Sistema Nacional del Seguro de Salud sobre la asignación total o parcial no remunerativa de carácter alimentario prevista en el Decreto N° 1273/02 y su reglamentación
C) Código de recurso independiente para la recaudación del RENATRE
D) Modificaciones a la tabla de actividades y de Modalidades de contratación

 Sin otro particular, no se despide atentamente pero nos deja siempre vigente la inquietud de saber con qué versión tendremos que hacer nuestras próximas declaraciones juradas para poder cumplir con nuestras obligaciones...

Ahora bien... ¿Con qué versión cree usted que deberá hacer sus próximas declaraciones juradas? ¿Yo? Yo creo que... mejor le contesto la semana que viene... o la otra ... ¿qué le parece?Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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