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La cúpula del recinto de la Legislatura PorteñaRegistro de Administradores

Un Registro de Ley

El pasado jueves 28, tras un acalorado debate, fue aprobada en general la ley del Registro Público de Administradores en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Tras una extensa jornada, que estaba previsto que comience a las 13 hs, se aprobó en general lo que ya es la nueva Ley de Registro Público de Administradores que llegó al recinto con el número de despacho 2399-00P. El debate comenzó de hecho pasadas las 15 hs y terminó cerca de las 20 hs cuando en el límite de quórum y luego de aprobar los 6 primeros artículos en particular, se decidió llamar a un cuarto intermedio para el martes 3 de diciembre. La decisión no fue casual. ya en el debate previo se había cuestionado por parte de algunos legisladores el artículo 8º que trata sobre los recaudos que deberán tomar los administradores a la hora de contratar proveedores y el artículo 10º que obligaría a los mandatarios de los consorcios a contratar un seguro obligatorio que lo cubrirá de errores u omisiones durante el desempeño de sus funciones. 

Este proyecto fue presentado hace ya dos años por los diputados Alberto Fernández del bloque justicialista, Delia Bisutti del ARI y Sandra Dosch del Frente Grande (expediente Nº 580-D-O2) y consta, en su versión final, de 16 artículos, aunque en el tratamiento que resta de la votación en particular, o sea artículo por artículo, pudiera recibir modificaciones. Es también el resultado de su fusión con otro proyecto (expediente Nº 787-D-O2) del que no quedó nada, que en su momento presentó el ex-diputado Víctor Santamaría que en ese momento se desempeñaba como vicepresidente del bloque Encuentro Por la Ciudad. Este se llamó durante su breve existencia "Ente Matriculador de Administradores de Consorcios" y constaba de 34 artículos <texto completo>

Después de un trabajo arduo en la comisión de Legislación General y del Trabajo, donde se consultaron las opiniones de diversos actores relacionados con la administración de consorcios y asociaciones de defensa de derechos de los propietarios, el proyecto de Ley del Registro  fue publicado y recibió sus primeras cuatro observaciones de los diputados Abel Latendorf (Piquete Socialista), Marta Oyanarte (Bases y Punto de Partida), Miguel Doy (Forja 2001) y Alicia Pierini (Bloque Justicialista) (Boletín Nº 128 - 9/9/2002)

El proyecto sufrió constantes y puntuales modificaciones durante su tratamiento en las diferentes instancias hasta que llegó a la Comisión de Justicia que debía considerar aquellos artículos que tenían cláusulas sancionatorias, tal cual está previsto por la normativa de la Legislatura. Con su despacho favorable se volvió a publicar recibiendo, esta vez, siete observaciones de la Dra. Marta Talotti de Argentina por Siempre, el Arquitecto Atilio Alimena del Partido Demócrata, el Ingeniero Julio Crespo Ocampo de la UCEDE, el Sr. Jorge Mercado del Movimiento Generacional Porteño, el contador Jorge Alberto Giorno del Partido de la Ciudad, la diputada Alicia Pierini del Bloque Justicialista y el diputado Santiago de Estrada del Bloque Justicialista (Boletín Nº 136 - 4/11/2002).

Luego de aprobar el 6º artículo y con un "quórum endeble", en palabras del Dr. Santiago de Estrada, se pasó a un cuarto intermedio para el martes 3 de diciembre del 2002 a las 14 hs. donde se tratarán como puntos principales en discordia los artículos 8º y 10º del proyecto.

Es de destacar que con la aprobación en particular de la flamante ley, antes de su plena vigencia, deberá pasar por el proceso de reglamentación que estaría a cargo de la Dirección General de Usuarios y Consumidores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires antes de los 90 días a partir de la publicación de la misma en el Boletín Oficial.

De ser aprobadas las Cláusulas Transitorias de la Ley del Registro "Los actuales administradores de consorcios deben formalizar su situación, inscribiéndose dentro de los noventa (90) días corridos, contados a partir de la reglamentación de la presente Ley". O sea que la ley prevee que habrá, de cumplirse todos los plazos, unos 6 meses de aquí en más para que todos los administradores estén bajo el nuevo régimen.  Envíe desde aqui su comentario sobre esta nota

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