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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Adm. Jorge Hernández, presidente de Fundación Reunión de Administradores.

Adm. Jorge Hernández, presidente de Fundación Reunión de Administradores.

Curso del SERACARH

Hernández llamó a la rebelión

[BPN-22/11/13] Jorge Hernández, presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), llamó a los administradores de consorcios a no abonar el curso del SERACARH: "que nadie pague un peso porque no es obligatorio. Lo han dicho dos instrumentos públicos del Estado argentino que nos representan", afirmó.

También le reclamó al Gobierno porteño que obligue a las tres entidades que representan a administradores y al gremio a devolver los montos cobrados en concepto del curso en un plazo perentorio de 30 días: "no es que la tengan que ir a pedir, salvo que quieran ver una cola de cien mil consorcios reclamando".

Estas declaraciones las realizó el pasado 9 de noviembre durante el transcurso del programa de radio Reunión de Administradores que se emite los sábados a las 11:30 hs. por Radio Cultura (FM 97.9).

Daños y perjuicios

Hernández no solo consideró que se debe devolver el dinero sino también que deberían compensar a los consorcios por los daños y perjuicios: "el Estado debería decir que ahora es obligatorio que devuelvan el dinero más los daños y perjuicios que han provocado. Porque si no estaríamos en un país donde la ley no es igual para todos".

Agregó también que muchos administradores se sintieron avergonzados de haber sido un "instrumento" de esta forma de recaudar fondos de los consorcios y puntualizó: "y otro problema, hay muchos administradores que no se pudieron presentar a la renovación de su matrícula porque no lo habían pagado […porque en una asamblea…] los consorcios habían dicho que no lo haga".

Los números

En el curso del programa Hernández había puntualizado que la medida había afectado a 100 mil consorcios. El costo del curso fue de 500 pesos y si se tiene en cuenta que en propiedad horizontal se estima que trabajan 90 mil encargados, el valor total anual recaudado ascendería a unos 45 millones de pesos ($500x90.000=$45.000.000). Sin embargo, no todos los trabajadores debieron realizarlo ya que quedaron exceptuados las funciones de los encargados "jornalizados", los "suplentes", los de "vigilancia" y los "guardacoches" [BPN Nº 505 del 02/10/13: "Sumario administrativo por el curso del SERACARH"].

Los dictámenes

Si bien Hernández se refirió a dos pronunciamientos de organismos públicos contra el curso del SERACARH, en realidad fueron tres: dos de la Defensoría del Pueblo porteña y uno de la Procuración General de la CABA.

La Dra. Alicia Pierini, defensora del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 14 de noviembre de 2012, le había recomendado a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor que deje sin efecto la disposición que impuso la obligación de que el personal de los consorcios deba tomar un curso en el SERACARH por "tratarse de una norma ilegítima y dictada en exceso de las facultades reglamentarias previstas en el Decreto Nº 551/10, reglamentario de la Ley 941 y sus modificatorias" [BPN Nº 480 del 28/11/13: "La Defensoría recomendó dar de baja el curso del SERACARH"].

El segundo fue el pasado 5 de agosto cuando el procurador general porteño, Julio Marcelo Conte Grand, dictaminó que la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA "no posee competencia para emitir actos administrativos como la Disposición Nº 1698/DGDYPC/12" [BPN Nº 503 del 11/09/13: "La procuración se expidió contra el curso del SERACARH"].

Un mes después, el 5 de septiembre, la defensora del pueblo reiteró su recomendación de derogar definitivamente la disposición que estableció el curso obligatorio en el SERACARH teniendo en cuenta el "contundente y decisivo" dictamen jurídico del procurador general. También le solicitó a Conte Grand que inicie sumario administrativo para que se determinen responsabilidades por su dictado [BPN Nº 505 del 02/10/13: "Sumario administrativo por el curso del SERACARH"].

El curso del SERACARH

La Disposición 1.698 -del 23 de agosto de 2012 (BO: 28/08/12)- instauró la obligación de los encargados de concurrir anualmente a una capacitación que brinda el Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal [SERACARH] sobre "mantenimiento, conservación, prevención, higiene y seguridad contra incendios" y estableció su sanción: "el incumplimiento de lo prescripto en el artículo precedente, será pasible de las sanciones previstas en el artículo 15º de la ley 941" [BPN Nº 490 del 27/03/13: "Nueva ofensiva judicial contra disposiciones de Gallo"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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