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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Cra. Liliana Corzo, especialista en propiedad horizontal.

Cra. Liliana Corzo, especialista en propiedad horizontal.

Informe especialPara administradores curiosos, inquietos y preocupados

Para el que venía cumpliendo no es tan grave

[BPN-04/12/13] La contadora Liliana Corzo, especialista en propiedad horizontal, consideró que los nuevos requisitos de "Expensas Claras" no son tantos para quienes ya realizaban las liquidaciones de expensas según lo estipulado por la Ley 941 luego de ser modificada por la Ley 3254.

Según su análisis, se deben agregar algunas leyendas en la expensa y en los recibos de pago mensuales, cambiar algunos de los títulos que forman la liquidación y detallar información sobre previsiones, patrimonio del consorcio y cobranzas, además de enviar la liquidación por mail.

Durante su disertación la Cra. Corzo aseguró que si un administrador ya informaba en las expensas mensuales los datos que exige la Ley 3254, las novedades que incorporó la segunda versión de "Expensas Claras" son muy pocas. Esta disposición tiene por objeto normalizar la presentación de las liquidaciones de expensas, las cuales estarán formadas por distintos módulos de carácter obligatorio y otros opcionales.

Estas aclaraciones las realizó durante el análisis con debate sobre la disposición "Expensas Claras" que –bajo la consigna "Para administradores curiosos, inquietos y preocupados"- organizó la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH) el martes 19 de noviembre en el Hotel Cristóforo Colombo de esta ciudad porteña <ver nota>.

La leyenda

En el Anexo II de la resolución y bajo el título "Leyendas" es obligación indicar en algún lugar de la liquidación de expensas "Ante cualquier irregularidad puede comunicarse al 147" y, además, la contadora explicó que se deberá indicar con el título "Pagos del período" todos aquellos gastos del mes en curso, la cancelación de obligaciones contraídas en períodos anteriores o la adquisición de bienes o derechos.

Los recibos

Los comprobantes de pago de las expensas que se deben entregar a los propietarios cuando realizan el correspondiente pago debe tener dos leyendas. Una debe decir "Recibo de expensas propiedad horizontal ley 13.512" y la otra "Conforme Anexo III programa Expensas Claras GCBA".

Las previsiones

La contadora Corzo explicó que hay muchos casos en que el administrador pone al cobro importes que no coinciden con el total de lo gastado en un período. Cuando debía poner al cobro más dinero del gastado se hacían previsiones y muchas veces se incorporaban a los gastos. Ahora, "las previsiones se deben incorporar al módulo 5 llamado ‘Expensas generadas en el período’ para, por ejemplo, recaudar más y así lograr un fondo para luego gastarlo o simplemente tener más dinero disponible por cualquier eventualidad. Dentro de ese módulo 5 se le puede llamar ‘Previsiones’ o ‘Acopio de dinero para…’ pero no puede informarse junto a los pagos del período. Antes la gente se confundía porque quedaba mezclado dentro de los gastos", explicó la contadora.

El estado patrimonial

En el módulo 6 se deberá informar "la magnitud y composición del patrimonio del consorcio, el que estará conformado por las disponibilidades al cierre, más las expensas y otros conceptos a cobrar, más otros activos (plazo fijo, inversiones y otros), menos los gastos devengados pendientes de pago u otros pasivos", dice la Disposición 2450 que contiene los Anexos. "Aquí, el administrador deberá informar todas las deudas pendientes de pago, como cuotas adeudadas de seguros, de empresas de limpieza de tanques, pagos de juicios en cuotas y todo lo que por algún motivo deba ser abonado en el futuro", explicó.

La cobranza

En cuanto a la información que se debe detallar de las cobranzas, la contadora aclaró que "Expensas Claras" exige mostrar lo cobrado por separado según el gasto: "si recaudé dinero por gastos de tipo A, o por gastos de tipo B, C o D tengo que mostrar el total de lo cobrado por cada gasto. Generalmente se mostraba el total de todos los gastos juntos, no lo cobrado gasto por gasto". También agregó que la cobranza debe estar indicada bajo el título "Resumen de pagos y cobranzas".

Las liquidación por mail

Otro de los nuevos requisitos de "Expensas Claras" es enviar la liquidación en formato digital, ya sea por mail, con un archivo adjunto o dentro del mismo mail (incrustada). También puede estar disponible en un sitio web de acceso exclusivo de los propietarios de manera que se pueda visualizar, descargar e imprimir, pero en este caso, explicó Liliana Corzo, el administrador deberá enviar un correo electrónico avisando que la liquidación está lista y con el vínculo correspondiente para poder ingresar. Sobre este tema, el Dr. Lisandro Cingolani y el Ing. Alejandro Deleón develaron recursos gratuitos que existen en la Web para cumplir con la disposición <ver nota>

Para terminar, la contadora interpretó que el Gobierno de la Ciudad quiere que esté toda la información de los módulos: "mientras se respete todo lo que está dentro del módulo, o sea los datos que indica el módulo, no va a haber problema. Si yo primero pongo el módulo 4 y a continuación el 11 está bien. No veo ningún problema mientras estén todos los datos que me piden"Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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