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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


La Lic. Paula Uhalde durante su disertación en la 1º Jornada de Propiedad Horizontal de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

La Lic. Paula Uhalde.

Sólo para administradores

Nuevo "curso de separación de residuos"

[BPN-19/12/13] A partir del 2 de enero, los administradores de consorcios porteños deberán asistir –por única vez- a un curso obligatorio y gratuito sobre separación de residuos que dictará la Unidad de Proyectos Especiales Construcción Ciudadana y Cambio Cultural (UPECCYCC) que pertenece a la Jefatura de Gabinete de Ministros de esta ciudad y cuya titular es la Lic. Paula Uhalde.

Según una nueva disposición, los administradores deberán presentar el certificado de asistencia a dicha capacitación junto con las Declaraciones Juradas del 2013 para obtener la renovación de su matrícula. De lo contrario, cometerán una infracción al "artículo 9º, Inc. b) de la Ley Nº 941".

Según surge de la disposición, el contenido del curso consiste en informar a los administradores acerca de sus obligaciones y responsabilidades en materia de clasificación y disposición de residuos en los edificios con la finalidad de concientizar y explicar la dinámica de separación de la basura en cada consorcio. Además, dicho curso se encuadra dentro del programa "Ciudad Verde" que, dentro de sus objetivos, "promueve la concientización y el trabajo conjunto entre las administraciones de consorcios, los encargados de edificios y los vecinos".

La Disposición Nº 216 del 12 de diciembre (BO: 18/12/13) que impuso el "Curso de Separación de Residuos" fue firmada por el Dr. Andrés Mariano Bousquet, director general de Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, quien fue autorizado el pasado 7 de octubre a firmar las órdenes necesarias para mantener en funcionamiento la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteña hasta tanto se publique en el Boletín Oficial el nombramiento de Edgardo Aoun al frente de este organismo.

El inciso b) del artículo 9º

Según los especialistas consultados por el medio, la justificación de la sanción por la falta de asistencia al "Curso de separación de residuos" sería poco clara e inclusive errónea.

El artículo 3° de la Disposición 216 dice textualmente: "la falta de presentación del certificado de asistencia al Curso de Separación de Residuos implicará una infracción al artículo 9° inciso b.- de la Ley N° 941, conforme lo dispuesto por el artículo 15° inciso d.- de la citada Ley". Ese inciso (el b) –entre otras obligaciones del administrador- dispone que este deberá "atender a la conservación de las partes comunes, resguardando asimismo la seguridad de la estructura del edificio conforme lo dispuesto por las normas vigentes".

Un conocido abogado, especialista en propiedad horizontal, observó a esta redacción que a primera vista ni en el artículo mencionado ni en su reglamentación aparece una relación entre la infracción que se pretende imponer y la obligación que dispone el inciso de esta ley porque la materia que ocupa ese artículo trata específicamente de temas relacionados "puertas adentro" del consorcio. Destacó también que el decreto reglamentario estableció que todas las necesidades y requerimientos sobre la conservación de estas partes comunes deben ser debidamente planteadas en la asamblea.

El inciso d) del artículo 15º de esa misma ley sólo dispone que es una infracción "el incumplimiento de las obligaciones impuestas por los artículos 9º y 10º, cuando obedecieran a razones atribuibles al administrador".

La necesidad de capacitación

El firmante de la disposición fundamentó la necesidad de un curso de capacitación en este sentido invocando el inciso f) del artículo 4º de la Ley 941 que "establece que para poder inscribirse, los administradores de consorcios deben presentar la siguiente documentación, en particular, el ‘Certificado de aprobación de un curso de capacitación en administración de consorcios de propiedad horizontal, en el modo y forma que establezca la reglamentación de la presente’; evidenciando la necesidad de distintas instancias de capacitación obligatorias para los administradores de consorcios".

Por otra parte, según surge de los considerandos de la disposición, el organismo público encargado de brindar el curso también fue el autor de la iniciativa: "la Unidad Proyectos Especiales Construcción Ciudadana y Cambio Cultural dirigió […una nota…] a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana a fin de propiciar el dictado de un acto administrativo por medio del cual se disponga la obligatoriedad por parte de las administraciones de consorcios de asistir y participar en un curso de separación de residuos, impartido por dicha Unidad"Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Foto: Twitter Paula Uhalde

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