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Boletín de Pequeñas Noticias

21 de Enero del 2002 - Nº: 92

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La crisis económica

Solicitud de prórroga

La solicitó la Cámara de Propiedad Horizontal a la AFIP ante el alto porcentaje de mora en la recaudación de expensas entre otras dificultades.


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Opinión

¿Por qué? ¿Cómo? 

por Mario Vargas Llosa


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Correo de Lectores

Limpieza de cocheras


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Impuestos

Vencimientos Mensuales


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Correo de Lectores

Inscripción de un administrador nuevo

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La crisis económica

Corridas por las cajas de seguridad

Los ahorristas demostraron así su desconfianza pese a las terminantes desmentidos sobre la posibilidad de intervenirlas.


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¿Es tan difícil liquidar sueldos?

Curso Práctico de Liquidación de Sueldos (XXIII)

Aportes del empleado y contribuciones del empleador.


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Correo de Lectores

Tratando de entender el SIJP


*

Publicidad

Proveedores de bienes y servicios


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Nosotros

Pequeñas Noticias


La crisis económica

Solicitud de prórroga

El 9 de enero del corriente informó la Cámara de Propiedad Horizontal a sus asociados que le solicitó a la AFIP, ante el alto porcentaje de mora en la recaudación de expensas y las dificultades que se están presentando para su abono en las entidades bancarias.A continuación la transcripción de la misma:

Al Señor

Administrador Federal de Ingresos Públicos

Dr. Alberto Remigio Abad

Presente

De nuestra mayor consideración:

En nuestro carácter de Presidente y Pro-secretario dc la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias nos dirigimos a Ud. para referirnos al pago de la Contribución Unificada dc la Seguridad Social. 

Numerosos asociados nos plantean la imposibilidad que tienen los Consorcios de Propiedad Horizontal para cumplir con las obligaciones dc la Seguridad Social. 

Durante diciembre la cobranza en concepto de expensas comunes se ha reducido notablemente en virtud dc las dificultades que sufrió nuestra economía, entre ellas:

I.-

Imposibilidad dc los propietarios para disponer de sus fondos,

II.-

Los Consorcios y los Administradores no disponen dc máquinas, P.O.S. para cobrar con tarjetas de débito.

III.-

Los propietarios en su gran mayoría no disponen de Cuentas corrientes para pagar con cheques, etc.

IV.-

Respecto del cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social cabe agregar las dificultades en la operatoria bancaria, para pagar las mismas mediante cheques.

V.-

Aún hoy no todos los bancos tienen habilitado el sistema para la recepción de las declaraciones juradas ante AFIP y su cobro. Para el pago mediante cheque se requiere que el mismo sea emitido por cl contribuyente, si éste posee cuenta en

un banco que no recepciona las declaraciones deberá concurrir a otro que no le aceptará el cheque por no ser dcl mismo banco en que paga

Ante estas dificultades solicitamos:

a)

Que se flexibilicen las normas para el pago dc estas obligaciones mediante cheques dc manera que se acepte un cheque dc la cuenta dcl administrador para el pago dc las obligaciones dcl consorcio y que los bancos acepten cheques de otras entidades para cl ingreso dc estas obligaciones.

b)

Una prórroga para la presentación y pago de las obligaciones de la Seguridad Social devengadas en diciembre de 2001 y con vencimiento en enero de 2002, hasta tanto los propietarios puedan disponer de sus fondos para el pago de las expensas comunes

Sin otro particular saludamos al Sr. Administrador con toda consideración.  


La crisis económica

Corridas por las cajas de seguridad

Los ahorristas demostraron así su desconfianza pese a las terminantes desmentidos oficiales sobre la posibilidad de intervenirlas.

El jueves pasado hubo largas colas de clientes que buscaban retirar sus valores de las cajas de seguridad bancarias ante los reiterados rumores de que personal de la AFIP en compañia de un escribano las abriría para inventariar su contenido. La desconfianza, que alcanza no solo al gobierno sino también a las instituciones bancarias es tal, que cuando el día posterior el analista económico del programa Detrás de las Noticias de América (canal 2) calificó el rumor de "verdadero disparate", sus compañeros extrañados custionaron su evaluación argumentando que también las medidas económicas contra los ahorristas que se tomaron en los tres últimos meses parecían un  disparate y terminaron siendo ciertas. 

De todos modos, según un matutino del viernes, para dar un ejemplo, de los 50 clientes que usualmente visitan por día las bovedas de seguridad de la Casa Central del Banco Nacion saltó a 500 o 600 sólo el jueves y de los $5.500 millones que estimó el Banco Central que estarían depositados en cajas de seguridad en setiembre del año pasado habría hoy, según números del Ministerio de Economía sólo u$s 30 millones. De ser así, esta exigua cifra podría alejar definitivamente la posibilidad de que una medida así, pudiera finalmente ser tomada, dado el enorme costo político que tendría que asumir su promotor y el bajo beneficicio que finalmente produciría.

Haya sido o no un disparate, tanto la existencia misma de los rumores de expropiación, como la actitud de los ahorristas, arrojan un manto de duda muy fuerte sobre el papel que cumplirán los bancos el día después que se terminen de devolver los ahorros, que en este momento están inmovilizados en el famoso "corralito". Las corridas de estos últimos días indican, mejor que cualquier encuesta de opinión, que los clientes no sienten sus dineros protegidos por las instituciones bancarias y crea el interrogante sobre el tipo de estrategia que tendrán que adoptar los banqueros para seducir nuevamente a sus ex-clientes para que vuelvan a confiarles sus ahorros.


¿Es tan difícil liquidar sueldos?

Curso Práctico de Liquidación de Sueldos (XXIII)

Los dos ejercicios que dejamos la clase anterior como "tarea para el hogar", decían:

1) Un Ayudante Permanente sin vivienda de 1º categoría con 6 años de antigüedad sufre un accidente en la sala de máquinas del edificio quedando incapacitado para realizar las tareas que hasta ese entonces realizaba. El consejo de administración nos solicitó el monto al cual ascendería el importe total a abonar en caso de decidir despedirlo el 30 de noviembre de 2001 y en base al cual estudiaran si le dan otras tareas o no (existe la posibilidad de darle otras tareas, pero será estudiado el tema).

El edificio cuenta con 18 unidades de las cuales no retiraba los residuos. Cobraba el plus correspondiente al jardín, movimiento de coches y limpieza de cocheras. Además tenía un hijo en edad escolar y con los certificados correspondientes presentados en tiempo y forma.

El mejor sueldo bruto del semestre fue de $ 593.66, el mejor del año fue de $ 680 correspondiente al mes de mayo de 2001. El correspondiente al mes de octubre fue de $ 539,66.

2) Un Encargado Permanente sin vivienda de 2º categoría, fue tomado el 1º de octubre de 2001 y se decide despedirlo el 20 de noviembre de 2001. Solo retiraba los residuos de las 30 unidades y tenía realizadas 4 horas extras al 100%. El sueldo del mes de octubre fue de $ 487,57.

 

Ejercicio Nº 1

Noviembre 2001: días trabajados

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Adicionales

Neto a cobrar

Básico

444,14

Antigüedad

6

35,76

Plus Jardín

16,98

Plus Movimiento de coches

25,80

Plus Limpieza de cocheras

16,98

Hijos

1

26,1

Jubilación

5,00%

26,98

INSSJP

3,00%

16,19

Sindicato

2,00%

10,79

Obra Social

2,70%

14,57

Anssal

0,30%

1,62

Caja de Protección Familia

1,00%

5,40

Totales

14,00%

539,66

75,55

26,10

490,21

El sueldo básico de un Ayudante Permanente sin vivienda de 1º categoría $444,14. El importe correspondiente a la antigüedad es de $ 35,76 ($ 5.96 * 6 años, plus jardín, plus movimiento de coches y plus limpieza de coches es de $ 16,98, $ 25,80 y $ 16,98 respectivamente. Tiene un hijo en edad escolar cuyo salario es de $ 26,10 por ubicarse su promedio de sueldo entre $ 501 y $ 1000.

 

Integración mes de despido: en nuestro ejemplo, no corresponde, pues estamos haciendo el cálculo para el caso de despedirlo justo el 30 de noviembre.

S.A.C. sobre integración mes: en nuestro ejemplo, no corresponde.

Indemnización sustitutiva de Preaviso: NO corresponde.

S.A.C. sobre Preaviso: NO corresponde.

S.A.C. Proporcional sobre el tiempo trabajado.

 

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

S.A.C.

5

247,36

Jubilación

5,00%

12,37

INSSJP

3,00%

7,42

Sindicato

2,00%

4,95

Obra Social

2,70%

6,68

Anssal

0,30%

0,74

Caja de Protección a la Familia

1,00%

2,47

Totales

14,00%

247,36

34,63

212,73

El SAC sobre los días trabajados se calculó en base a 5 meses directamente, ya que noviembre se trabajaría en forma completa. El mejor sueldo del semestre es de $ 593,66 (S.A.C. completo: $ 296,83) y el importe del S.A.C. proporcional al tiempo trabajado es de $ 247,36 ( 5 meses x $ 296,83 / 6). Lleva aportes y contribuciones porque sería el S.A.C. sobre los días trabajados.

 

Indemnización por antigüedad

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

Antigüedad

6

4.080,00

Jubilación

0,00

INSSJP

0,00

Sindicato

0,00

Obra Social

0,00

Anssal

0,00

Caja de Protección Familia

0,00

Totales

0,00%

4.080,00

0,00

4.080,00

En este ejemplo, el empleador puede darle al trabajador otro tipo de tareas de acuerdo con la incapacidad con la que ha quedado después del accidente, pero como se está estudiando si se le asignan o no las nuevas tareas, de no dárselas no sería por causas que no le son imputables al empleador, por lo tanto el cálculo de esta indemnización se realiza en base a un sueldo completo por cada año de servicio.

El empleado cuenta con 6 años de antigüedad en el empleo, por lo tanto el importe de la indemnización es de $ 4.080,00 ($ 680 x 6 años). El sueldo base para este cálculo es el mejor percibido en el último año pero y recordamos que no llevaría aportes ni contribuciones. El mejor sueldo fue de $ 680.-

 

Vacaciones proporcionales no gozadas

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

Vacaciones

18

388,56

Jubilación

0,00

INSSJP

0,00

Sindicato

0,00

Obra Social

0,00

Anssal

0,00

Caja de Protección Familia

0,00

Totales

0,00%

388,56

0,00

388,56

Le corresponden 20 días hábiles de vacaciones según los 6 años de antigüedad con los que cuenta. Pero por haber trabajado 11 de los 12 meses, el calculo proporcional de las vacaciones da como resultado 18 días (11 meses x 20 días / 12 meses). El valor diario de un día de vacaciones es de $ 21,59 ($ 539,66 / 25 días). El sueldo bruto del mes de octubre es de $ 539,66. Recordamos que las vacaciones se liquidan en base al sueldo bruto del mes anterior al que se tomaría las vacaciones y el importe total es de $ 388,56. Las vacaciones no gozadas no llevan aportes ni contribuciones.

 

S.A.C. Proporcional sobre vacaciones no gozadas

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

S.A.C.

18

29,68

Jubilación

0,00

INSSJP

0,00

Sindicato

0,00

Obra Social

0,00

Anssal

0,00

Caja de Protección a la Familia

0,00

Totales

0,00%

29,68

0,00

29,68

El importe del S.A.C. sobre las vacaciones nos gozadas es de $ 29,68 ($ 296,83 por 18 días / 180 días). Tampoco el SAC sobre las vacaciones que no fueron tomadas llevan aportes ni contribuciones.

 

Resumen Liquidación final

Sueldo por días trabajados:

490,21

SAC por el tiempo trabajado:

212,73

Indemnización por antigüedad:

4.080,00

Indemnización por vacaciones no gozadas:

388,56

SAC sobre vacaciones no gozadas:

29,68

Total

5.201,17

 

Ejercicio Nº 2

Noviembre 2001: días trabajados

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

Básico

20

299,85

Retiro Residuos

30

25,20

Horas al 100%

4

13,00

Jubilación

5,00%

16,90

INSSJP

3,00%

10,14

Sindicato

2,00%

6,76

Obra Social

2,70%

9,13

Anssal

0,30%

1,01

Caja de Protección Familia

1,00%

3,38

Totales

14,00%

338,05

47,33

290,72

El mes de noviembre lo liquidamos por 20 días trabajados. Por lo tanto antes de explicar es cálculo de cada ítem vamos a informar los proporcionales de cada uno. El día de trabajo es de $ 14,99 ($ 449,77 / 30 días) y el retiro de residuos por día y por unidad es de $ 0,042 ($ 1,26 / 30 días).

El importe del sueldo básico es de $ 299,85 ($ 14,99 x 20 días), el de retiro de residuos es de $ 25,20 ($ 0,042 x 30 unidades x 20 días). El valor de la hora normal de trabajo es de $ 1,63 ($ 325,05 / 200 horas). $325,05 es la suma del sueldo básico ($ 299,85) más el retiro de residuos ($ 25,20). El valor de una hora extra al 100% es de $ 3,25 ($ 1,63 * 2) y multiplicada por las 4 horas trabajadas en el mes, da un total de $ 13,00.

 

S.A.C. Proporcional sobre el tiempo trabajado

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

S.A.C.

50

67,72

Jubilación

5,00%

3,39

INSSJP

3,00%

2,03

Sindicato

2,00%

1,35

Obra Social

2,70%

1,83

Anssal

0,30%

0,20

Caja de Protección a la Familia

1,00%

0,68

Totales

14,00%

67,72

9,48

58,24

El SAC sobre los días trabajados se calculó en base a 50 días (30 días de octubre más 20 días de noviembre). El importe es de $ 67,72 ($ 243,79 x 50 días / 180 días). Lleva aportes y contribuciones porque fueron días trabajados.

 

Vacaciones proporcionales no gozadas

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

Vacaciones

2

39,01

Jubilación

0,00

INSSJP

0,00

Sindicato

0,00

Obra Social

0,00

Anssal

0,00

Caja de Protección Familia

0,00

Totales

0,00%

39,01

0,00

39,01

50 fueron los días trabajados y en base a ellos calculamos las vacaciones proporcionales. Le corresponde 2 días de vacaciones (50 días por 12 días dividido 360 días). 12 días de vacaciones serían los que le corresponden de haber trabajado los 360 días del año y hasta los 5 años de antigüedad. El valor diario de un día de vacaciones es de $ 19,50 ($ 487,57 / 25 días). $ 487.57 es el sueldo bruto del mes anterior. Las vacaciones no gozadas no llevan aportes ni contribuciones.

 

S.A.C. Proporcional sobre vacaciones no gozada

Descripción

Cantidad

Haberes

Deducciones

Neto a cobrar

S.A.C.

2

2,71

Jubilación

0,00

INSSJP

0,00

Sindicato

0,00

Obra Social

0,00

Anssal

0,00

Caja de Protección a la Familia

0,00

Totales

0,00%

2,71

0,00

2,71

El importe del S.A.C. sobre las vacaciones nos gozadas es de $ 2,71 ($ 243,79 por 2 día / 180 días). El SAC de las vacaciones no gozadas, tampoco llevan aportes ni contribuciones.

 

Resumen Liquidación final

Sueldo por días trabajados:

290,72

SAC por el tiempo trabajado:

58,24

Indemnización por vacaciones no gozadas:

39,01

SAC sobre vacaciones no gozadas:

2,71

Total

390,67

 

Aportes y Contribuciones

En las últimas clases y desde que empezáramos a realizar liquidaciones finales por distintos motivos, siempre hemos aclarados qué liquidaciones llevaban aportes y contribuciones y cuáles no, pero nunca nos hemos detenido para hablar en forma especial sobre ese tema.

Los "aportes", a cargo del trabajador, son importes que se le descuentan directamente sobre su sueldo bruto. Recordamos que el sueldo bruto es la suma de todos los importe que el trabajador percibe durante el mes exceptuando las asignaciones familiares. Por lo tanto el importe del sueldo que se llevará el trabajador en el bolsillo, llamado sueldo neto, consistirá, salvo excepciones puntuales, en su sueldo bruto menos los aportes sobre el mismo más las asignaciones familiares menos cualquier otra deducción excepcional que pudiera existir como por ejemplo, un embargo.

Las "contribuciones" son impuestos que el empleador debe realizar a los organismos del estado que correspondan, en forma mensual y por cada trabajador a su cargo. Debe quedar totalmente claro que de ninguna manera estos importes se deben descontar ni total ni parcialmente del sueldo del empleado.

Tanto los aportes como las contribuciones se calcularán en base al sueldo bruto y el importe resultante, acompañado de la correspondiente declaración jurada (Formulario 931) y un disquete, se deberán presentar mensualmente en las entidades habilitadas. Este formulario deberá ser confeccionado todos los meses por el empleador que se valdrá de un programa que provee la A.F.I.P. para tal fin llamado S.I.J.P. (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones)

Dada la importancia de este tema, dentro de nuestro curso desarrollaremos un capítulo dedicado especialmente a la instalación del aplicativo y a la confección de las declaraciones juradas (F.931) con sus correspondientes disquetes.

Los importes correspondientes a los aportes y a las contribuciones se calculan en base a porcentuales estipulados por diferentes leyes y que a la fecha son:

 

Composición de los Aportes del empleado y sus porcentuales

Jubilación: El 20 de diciembre se publicó el decreto 1676/2001 que dice que los empleados que hubieran optado u opten por el régimen de capitalización (los que aportan a una AFJP) seguirán aportando el 5% en concepto de jubilación, mientras que aquellos que hubieran optado por el régimen de reparto (aportan al estado) se les volverá a descontar el 11% de sus haberes a partir de las remuneraciones devengadas el 1º de enero del 2002.

INSSJP : La sigla significa Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y este porcentaje es del 3,00% (Ley 19.032).

Sindicato: En caso de querer ser afiliado al Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), que es el que le correspondería por ley, se le descontará al trabajador un 2,00% sobre su sueldo bruto. Recordamos que en caso de no querer aportar el trabajador a dicho sindicato, deberá tener el empleador una nota respaldatoria firmada por el trabajador expresando su deseo de no aportar al sindicado, de lo contrario se estará frente a una falta frente al mismo.

Obra Social: La ley 23.660 es la que estipula el aporte del 3% sobre la remuneración bruta del trabajador y un 1,5% por adherente que se quiera incluir a las prestaciones brindadas por la obra social. También esta misma ley establece que el 90% de los aportes y contribuciones corresponderá a la obra social y el 10% restante a las cuentas recaudadoras que el ANSSal habilite para tal fin. Por lo tanto se aportará el 2,7% a la Obra social y el 0,30% al ANSSal.

A raíz de su importancia, en estos días incorporaremos la Ley 23.660 a nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar en la Sección Legislación del menú principal (ubicado a la izquierda de la ventada de apertura) y dentro de ésta, en Legislación Impositiva para todos aquellos que deseen profundizar en el tema.

Caja de Protección a la Familia: Esta caja alcanza en sus beneficios a la familia de todos los trabajadores comprendidos en la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 y el artículo 20 de esta Convención indica que el aporte mensual del trabajador titular afiliado o no al sindicato, es del 1,00%.

 

Composición de las Contribuciones del empleador y sus porcentuales

Las contribuciones patronales están compuestas por 5 ítems, de los cuales uno se desglosa en dos componentes. Estos son:

Jubilación: 10,17%

INSSJP: 0,50% (Ley 19.032).

Subs. Familiares y F.N.E. (Fondo Nacional de Empleo): 5,33%

Obra Social: 4,50%

Anssal: 0,50%

Los porcentuales precedentemente descriptos están en un todo de acuerdo con el último cambio realizado por el Decreto 814/2001, publicado en el B.O. del día 22 de junio de 2001 que dejó una alícuota única del 16% para la seguridad social y el 5% en concepto de contribución al Sistema de Obras Sociales.

La Seguridad Social está compuesta por el 10,17% en concepto de jubilación, el 0,50% por el INSSJP y el 5,33% en concepto de subsidios familiares y F.N.E. Por otra parte el 4,5% de Obra Social y el 0,50% en concepto de ANSSal componen el Sistema de Obras Sociales.

Caja de Protección a la Familia: El artículo 20 de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 indica que el empleador deberá contribuir al fondo con el 1,50% mensual sobre el sueldo bruto del empleado.

A continuación transcribimos el mencionado artículo:

"Contribuciones y aportes mensuales - Caja de protección a la Familia"

La Caja de Protección a la Familia alcanza en sus beneficios a la familia de todos los trabajadores comprendidos en esta Convención, teniendo derecho exclusivamente a tal beneficio el cónyuge, hijo legítimo o legitimado y adoptado y respecto de quienes fueran legatarios o beneficiarios instituidos expresamente por el trabajador, cuya designación excluirá el derecho a los demás beneficiarios. El referido beneficio por fallecimiento se regirá por la siguiente reglamentación:

Integración del fondo: Aporte mensual del 1,5% del salario a cargo del empleador por cada trabajador titular afiliado o no, y a cargo del trabajador el 1% del salario.

La F.A.T.E.R.Y.H. otorgará con lo recaudado o bien una suma de dinero en subsidios o los correspondientes servicios en concepto de fallecimiento o por escolaridad.

Lugar y forma de pago: El pago se efectuará en la sede de los Sindicatos filiales de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal. El empleador deberá depositar los importes respectivos mensualmente, hasta el 15 de cada mes, produciéndose en caso contrario la mora automática sin necesidad de interpelación judicial o privada alguna.

El trabajador continuará teniendo derecho al beneficio de la Caja de Protección a la Familia, siempre que abonare por su propia cuenta el aporte patronal y obrero, hasta su reintegro al trabajo o cesación definitiva del mismo. En las mismas condiciones serán considerados los afiliados que, por razones de incapacidad, retiro voluntario o jubilación u otro motivo dejaron de pertenecer al personal activo de Edificios de Renta y Horizontal, debiendo en tales supuestos abonar de su peculio en concepto de aporte a la Caja un importe del 3% sobre el salario promedio de la actividad, produciéndose en caso de no hacerlo, la mora automática y consecuentemente la pérdida del derecho que por la presente convención se le adecua.

Recaudos a cumplir por los herederos y beneficiarios: Para acreditar el derecho respectivo, deberán presentar la siguiente documentación:

1) Partida de defunción y certificado de trabajo del trabajador fallecido.
2) En caso de fallecimiento del afiliado presentación del carnet, con la constancia de estar al día en el pago de la cuota sindical, al momento de fallecer, con una tolerancia de hasta noventa (90) días como máximo. El pago de las cuotas sindicales efectuadas después de fallecer el trabajador, no tendrá valor alguno a los efectos de acreditar el derecho al subsidio.
3)  Documentos personales que acrediten fehacientemente el derecho de herederos o beneficiarios del trabajador fallecido, sin cuyos requisitos debidamente cumplidos, sin excepción alguna, no corresponderá el pago de subsidio establecido por la Caja, la cual sólo podrá reclamarse previa presentación de la documentación que se menciona precedentemente.
4)

Para los subsidios por escolaridad deberá presentarse certificado de estudios de escuela pública y/o privada reconocida oficialmente.

Los sindicatos adheridos a la Federación que perciban de forma directa el aporte por Caja de Protección a la Familia, deberán del uno al cinco del mes siguiente, remitir a la Federación el 33% del total de lo recibido del aporte patronal en ese concepto, como contribución a la creación y manutención del título Trabajador Integral de Edificio".

Ahora dejaremos un ejemplo de los aportes a cargo del empleado, y las contribuciones, que deberá abonar el empleador en base a un sueldo bruto sobre el que no entraremos en detalle, dado que no es el objetivo de este ejercicio. De esta manera sabremos exactamente cuál es el costo total de cada trabajador en relación de dependencia.

Vamos a suponer que en nuestro ejemplo el sueldo bruto del empleado asciende a $ 539,66

Sueldo bruto: $ 539,66

 

Aportes

Jubilación (AFJP)

5,00%

26,98

INSSJP

3,00%

16,19

Sindicato

2,00%

10,79

Obra Social

2,70%

14,57

Anssal

0,30%

1,62

Caja de Protección Familia

1,00%

5,40

Total

14,00%

75,55

 

Contribuciones

Jubilación

10,17%

54,88

INSSJP

0,50%

2,70

Anssal

0,50%

2,70

Subs.Famil. y F.N.E.

5,33%

28,76

Obra Social

4,50%

24,28

Caja de Protección Familia

1,50%

8,09

Total

22,50%

121,42

Costo total del empleado: $661,08

 

Este importe surge de sumar $ 539,66 más las contribuciones $ 121,42, ya que los aportes de $ 75,55 se le descuentan al empleado de su sueldo bruto. Este recibirá en el bolsillo $ 464,11 ($ 539,66 - $ 75,55)

 

Los aportes de $ 75,11 más las contribuciones de $ 121,42 serán informados y depositados mediante el Formulario 931 en alguna entidad habilitada para tal fin.

Recordamos también que en el mismo Formulario 931 se depositarán la alícuota y la cuota fija correspondiente a la Ley de Riesgo de Trabajo y cuyos montos y valores dependerán de la compañía aseguradora con la que se haya elegido trabajar. Estos importes se deberán sumar al costo del empleado. Las Asignaciones Familiares, en caso de existir, no son un costo para el empleador, ya que el estado compensa las asignaciones pagadas. Este tema lo trataremos más adelante.

 

Para terminar, el empleado le costará al empleador (en nuestro caso al consorcio) el importe resultante de sumar:

Sueldo bruto + contribuciones + alícuota de LRT + cuota fija de LRT = Costo del trabajador

 

Para practicar dejamos un ejercicio para calcular el costo total de un empleado que tiene un sueldo bruto de $ 523,50, una asignación por hijo de $ 26,10, una alícuota de LRT de 1,032% y una cuota fija de LRT de $ 6,60. ¿Cuál es el costo para el consorcio de dicho trabajador?


Mario Vargas LlosaOpinión

¿Por qué? ¿Cómo? por Mario Vargas Llosa
Cinco presidentes en sólo dos semanas es todo un récord, incluso para  el mundo subdesarrollado. La Argentina acaba de patentarlo, en medio del  estruendo y la furia de una movilización popular contra la clase política que recuerda, peligrosamente, la que precedió la meteórica carrera política  del comandante Hugo Chávez en Venezuela y comenzó la erosión de su sistema democrático.

¿Conseguirá Eduardo Duhalde, que ha asumido la presidencia de la Argentina gracias a un acuerdo entre peronistas y radicales, terminar el mandato de Fernando de la Rúa, que dura hasta 2003, y en este período estabilizar la vida política, restablecer el orden y dar un comienzo de solución a la gravísima crisis económica e institucional que ha llevado al país a las puertas de la anarquía y la desintegración?

Hay que desearlo, desde luego, pero las credenciales doctrinarias y las primeras declaraciones del flamante mandatario no justifican el optimismo, sino, más bien, lo contrario.

Cuando uno ha leído los análisis y explicaciones de los técnicos y economistas (han proliferado en estos días) sobre la pavorosa situación de la Argentina, un país aplastado bajo la vertiginosa deuda externa de 130 mil millones de dólares, cuyos intereses consumen un tercio de la renta nacional, y víctima de la más pavorosa crisis fiscal de América Latina, queda siempre frustrado, insatisfecho. Y con las mismas preguntas martillándole en el cerebro: ¿por qué?, ¿cómo?

¿Por qué parece haber llegado a esta crisis terminal uno de los países más privilegiados de la Tierra? ¿Cómo se explica que la Argentina, que tuvo hace unas cuantas décadas uno de los niveles de vida más altos del mundo y que parecía destinada a competir con Suiza o Suecia en desarrollo y modernidad, venga retrocediendo de este modo hasta parangonarse, en empobrecimiento, desorden, inoperancia en materia política y económica, con ciertos países africanos?

Esta no es una pregunta retórica sino una perplejidad justificada, ante lo que parece un desperdicio irresponsable, criminal, de unas condiciones únicas para alcanzar el desarrollo y el bienestar. Si la Argentina no es el país más afortunado del mundo en recursos naturales, debe de figurar entre los tres o cuatro más favorecidos. Tiene de todo, desde petróleo, minerales y riquezas marítimas hasta un suelo feraz y abundantísimo que se bastaría para ser a la vez el granero y el proveedor de todas las carnicerías del mundo.

Para su enorme territorio, su población es pequeña, y culturalmente homogénea. Aunque, sin duda, con las crisis repetidas, sus escuelas y universidades deben de haber decaído, su sistema educativo fue, en el pasado, la envidia de toda América Latina, y con razón, pues era uno de los más eficientes y elevados de todo el Occidente. Cuando yo era niño, todavía el sueño de miles de jóvenes sudamericanos era ir a estudiar ingeniería, medicina o cualquier otra profesión liberal a ese gran país de donde nos venían las películas que veíamos, los buenos libros que leíamos y las revistas que nos divertían (en mi casa yo leía el Billiken ; mi abuelita y mi madre, Para Ti , y mi abuelo, Leoplán).

Motivación recóndita

¿Qué cataclismo, plaga o maldición divina cayó sobre la Argentina, que en apenas medio siglo trocó ese destino sobresaliente y promisorio en el embrollo actual? Ningún economista o politicólogo está en condiciones de dar una respuesta cabal a este interrogante, porque acaso la explicación no sea estadísticamente cuantificable ni reducible a fórmulas políticas. La verdadera razón está detrás de todo eso, es una motivación recóndita, difusa, y tiene que ver más con una cierta predisposición anímica y psicológica que con doctrinas económicas o la lucha de los individuos y los partidos por el poder.

Ruego a mis lectores que no crean que me burlo de ellos, o hago un desplante de escritor bufón, si les digo que para entender el galimatías argentino mucho más instructivo que cualquier elucubración de economistas y científicos sociales es el libro de una filóloga, Ana María Barrenechea, que en 1957 publicó el ensayo que, para mí, sigue siendo el más sólido y lúcido sobre Borges: La expresión de la irrealidad en la obra de Jorge Luis Borges.

Es una investigación muy rigurosa y muy sutil sobre las técnicas de que el autor de El Aleph se valió para construir su deslumbrante universo ficticio, ese mundo de situaciones, personajes y asuntos que delatan una vastísima cultura literaria, una imaginación singular e insólita, y una riqueza y originalidad expresivas sólo comparables con la de los más grandes prosistas que en el mundo han sido.

El universo borgeano tiene muchos rasgos inconfundibles, pero el principal y supremo es el ser irreal, estar fuera de este mundo concreto en que nacemos, vivimos y morimos sus hechizados lectores, en existir sólo como un milagroso espejismo gracias a la brujería literaria de su autor, que con mucha razón dijo de sí mismo: "Muchas cosas he leído y pocas he vivido". El mundo creado por Borges sólo existe en el sueño, en la palabra, aunque su belleza, elegancia y perfección disimulen su esencial irrealidad.

No es casual que el más notable de los creadores evadidos del mundo real de la literatura moderna haya nacido y escrito en la Argentina, país que, desde hace ya muchos lustros, no sólo en su vida literaria (cultora eximia del género fantástico) sino también en la vida social, económica y política manifiesta, como Borges, una notoria preferencia por la irrealidad y un rechazo despectivo por las sordideces y mezquindades del mundo real, por la vida posible. Esa vocación a fugarse de lo concreto hacia lo onírico o lo ideal gracias a la fantasía puede dar, en el dominio de la literatura, productos tan espléndidos como los que salieron de la pluma de un Borges o de un Bioy Casares.

Pero llevarla a la vida social, al terreno pedestre de lo práctico, sucumbir a la tentación de la irrealidad -de la utopía, del voluntarismo o del populismo- tiene las trágicas consecuencias que hoy padece uno de los países más ricos de la Tierra, que, por empeñarse su clase dirigente en vivir en la burbuja de un ensueño en vez de aceptar la pobre realidad, un día se despertó "quebrado y fundido", como acaba de reconocer el flamante presidente Duhalde.

Dejarse acumular una deuda externa de 130 mil millones de dólares es vivir una ficción suicida. Lo es, también, prolongar y agravar una crisis fiscal indefinidamente, como si, enterrando la cabeza en el suelo tal cual hacen los avestruces, quedara uno protegido contra el huracán. Mantener, por cobardía o demagogia política, una paridad entre el dólar y el peso que ya no correspondía en absoluto al estado real de la moneda y que sólo servía para asfixiar las exportaciones, y demorar la catástrofe financiera que traería la inevitable devaluación del peso, es asimismo apostar por la ilusión y la fantasmagoría en contra del mediocre pragmatismo de los realistas.

Desmoronamiento sistemático

Pero todo esto viene de muy atrás y empezó, sin duda, con la locura nacionalista de los años 40 y 50 que llevó a Perón y al peronismo a hacer crecer el Estado burocrático e intervencionista hasta convertirlo en un verdadero Moloch, un monstruo inmanejable, asfixiante, obstáculo tenaz para el sistema de creación de riqueza y fuente de una infinita corrupción. Así empezó el desmoronamiento sistemático de ese país cuyos habitantes, privilegiados ciudadanos de una sociedad moderna, próspera y culta, llegaron en una época a creerse europeos, exonerados de los embrollos y miserias sudamericanos, más cerca de París y de Londres que de Asunción o La Paz.

¿Abrirán, por fin los ojos y, sacudidos por esta crisis terrible que ha llenado de muertos y heridos las calles y remecido hasta las raíces sus instituciones, redescubrirán el camino de la realidad? En sus primeras declaraciones, el presidente Duhalde no da síntomas de ello, pero quizás a la hora de actuar sea más realista que cuando habla desde una tribuna. La realidad para la Argentina en estos momentos es que debe llegar a algún acuerdo con sus acreedores para reestructurar de una manera sensata el pago de esa enloquecida deuda, sin que ello implique, claro está, la inmolación del pueblo argentino en aras de una teórica salud financiera. Porque ese acuerdo es lo único que puede traerle las inversiones que necesita y evitar la fuga desesperada de capitales que esta crisis ya ha iniciado y que aceleraría el ser puesta la Argentina en cuarentena financiera en el ámbito internacional. Y tomar medidas enérgicas para reducir drásticamente la crisis fiscal, mediante un ajuste severo, porque ni la Argentina ni país alguno puede vivir eternamente gastando (despilfarrando) más de lo que produce. Esto implica un alto costo, desde luego, pero es preferible admitir que no hay alternativa, y pagarlo cuanto antes, pues más tarde será todavía más oneroso, sobre todo para los pobres. La sociedad resistirá mejor el sacrificio si se le dice la verdad que si se le sigue mintiendo y pretendiendo que con analgésicos se puede combatir eficazmente un tumor.

La primera vez que fui a Buenos Aires, a mediados de los años 60, descubrí que en esa bellísima ciudad había más teatros que en París y que sus librerías eran las más codiciables y estimulantes que yo había visto nunca. Desde entonces tengo por Buenos Aires, por la Argentina, un cariño especial. Leer, en estos días, lo que allí ocurre, me ha resucitado las imágenes de aquel primer contacto con ese desperdiciado país.

Deseo ardientemente que salga pronto del abismo y llegue algún día a "merecer" (el verbo y la imagen son de Borges, por supuesto) la democracia que todavía no ha perdido.

Diario El País - Lima - Perú 


Correo de Lectores

Limpieza de cocheras  

Estimado Claudio:

Anoche estuve viendo el recibo de sueldo de mi tío, que es encargado permanente con vivienda en un edificio, y por la limpieza de la cochera en vez de $16,98 le pagan $33,96. ¿Cuál puede ser el motivo?

Muchas gracias, como siempre y nos mantenemos en contacto.

Claudia M.

Estimada Claudia:

En principio está mal liquidado porque por limpieza de cocheras se debe pagar un monto fijo de $16,98.-, tal cual vos observaste, no importa la cantidad de cocheras de la que se trate.

Otra posibilidad es que estén, dentro del rubro Limpieza de Cocheras, también abonandole el Plus Jardín que también es de $16,98,- sin discriminarlo en el recibo de sueldo como corresponde. Esta idea me surge porque este monto es el único que aparece en el convenio colectivo de trabajo que coincide con la diferencia que recibe tu tio. Por último también cabe la posibilidad que le paguen el doble de lo que le corresponde por un acuerdo realizado en otros tiempos.

Por el momento no se nos ocurre ninguna otra razón plausible.

Un saludo afectuoso

CGdeR


Correo de Lectores

Tratando de entender el SIJP

Estimado Claudio:

Como de costumbre cuando surgen dudas recurro a Uds. Estoy tratando de entender el SIJP, pero hay ciertos datos que no los tengo claros:

En la ventana Empresa 

¿Qué actividad hay que poner?.
¿Qué es el Sistema Directo de Pago de Asignaciones Familiares?
¿Qué corresponde poner en Alícuota LRT y Cuota LRT?

En la ventana Datos de la Declaración Jurada

¿Qué tipo de empleador es?

Muchas Gracias por la ayuda que siempre nos brindan

Claudia M.

 

Estimada Claudia:

El aplicativo SIJP (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) que se instala en el S.I.Ap. (Sistema Integrado de Aplicaciones), permite a los administradores generar todos los meses el Formulario 931 con el que se pagan los aportes del empleado, las contribuciones del empleador y la L.R.T. (Ley de Riesgos del Trabajo).

Antes de poder confeccionar este formulario, se deben haber informado ciertos datos relacionados con el contribuyente, que en nuestro caso es el consorcio y no el administrador. Una vez informados estos datos, podemos ingresar al aplicativo SIJP.

La primera vez que ingresamos a éste, se abrirá una ventana para completar los datos de la Empresa, o sea del Consorcio. Los datos a ingresar son:

Actividad: 49 (Actividad no clasificada)
Obra Social: 106.401 - OS del Personal de Edificios de Rentas y Horizontal de la República Argentina o 106.500 - OS del Personal de Edificios de Rentas y Horizontal de Capital Federal, según corresponda.
En el ítem Ley de Riesgos del Trabajo se debe tildar el casillero de "Corresponde LRT" y se debe indicar la Alícuota LRT (que es un porcentual) y la Cuota Fija LRT (que es un importe). Ambos datos tienen que ser informados por la Compañía Aseguradora que se haya contratado para tal fin. Esta lo informa en una carta documento o simplemente en una carta dejando claramente especificado cuál es el porcentual de la alícuota y cuál la cuota fija. Hay compañías en las que el porcentual es 0% y sólo posee cuota fija, pero depende de cada una de ellas. En caso de no tener esa información, será conveniente que se comunique telefónicamente con la Aseguradora y trate de averiguarlo.
Los demás items quedan en blanco.

Una vez completados los datos de la empresa, se puede confeccionar la Declaración Jurada propiamente dicha. Entre otros varios datos a ingresar por primera vez, se debe informar el Tipo de empleador, que para nuestro caso será el 1 - Dec. 814/01 art. 2. inc. B

 

Con respecto a la pregunta sobre qué es el Sistema Directo de Pago de Asignaciones Familiares necesitaría saber un poco más de detalles sobre el tema, como por ejemplo, de dónde lo has leído, sobre qué estabas investigando, etc. para poder brindarte información certera.

Un saludo cordial

CGdeR


Correo de Lectores

Inscripción de un administrador nuevo

Estimado Claudio:

Ahora que me recibí y que tengo la posibilidad de administrar un consorcio, nunca pensé que me iban a surgir tantas dudas. Menos mal que puedo contar con ustedes. ¿Es necesario estar inscripto como Monotributista en el momento de aceptar la administración de un consorcio, o hay algún tiempo para inscribirse?

MUCHAS GRACIAS!!!!!!!

Claudia M.

 

Estimada Claudia:

Teóricamente recién necesitarias estar inscripta y con un talonario de facturas impreso a la hora de cobrar tus honorarios que, como son en general a mes vencido, sería recién a fin de mes. 

El problema es que para realizar ciertos trámites, determinados organismos como por ejemplo los bancos para la apertura de cuentas, te pueden exigir tu numero de CUIT y constancia de inscripción.

De todos modos el trámite no es muy complicado. Existe un número de la AFIP donde podes realizar consultas sobre éste o cualquier otro tema y es: 4345-9000

Un saludo cordial y.... ¡¡¡ MUCHO EXITO !!!

CGdeR 


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal.


Proveedores de Bienes y Servicios

Avisos destacados

   

En tiempos de crisis

los gastos son fundamentales...

 

....y el Sistema 9041

(para la Administración de Consorcios)

es la solución más eficiente 

y al mejor costo.

 

Beneficios del sistema:


Consultas por pantalla y más de 80 listados con toda la información ingresada al sistema.


Multi-administrador y multi-consorcio
Legajos del personal. Fichas de sueldo. Control de inasistencias, de entrega de ropa reglamentaria, controles médicos, etc...


Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de cálcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en costrucción)


Gral César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Pagers: 4527-7674/6669

María Isabel Brath

       

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Seguros generales. 

Seguros de vida. 

Ahorro y capitalización.

Becas estudiantiles. 

Enfermedades graves. 

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Carlos Villate 1655 PB "F". 

(1636) Olivos. Buenos Aires

Tel/Fax: 4795-7792

Móvil: (15)4403-9162

Marcelo Bonino

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 Inyección electrónica en vehículos nacionales e importados.

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Zañartú 616 - Capital Federal

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Boletín de Pequeñas Noticias  

Número de Edición: 92

Fecha de publicación: 21 de Enero del 2002

Director: Claudio García de Rivas

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