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El oficio de administrar consorcios esta lleno de Pequeñas Noticias....


Boletín de Pequeñas Noticias

p a r a   l a   a d m i n i s t r a c i ó n   d e   c o n s o r c i o s

18 de Febrero del 2002 - Nº: 96

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La crisis económica

Aumentarían las contribuciones

A través de un decreto de necesidad y urgencia se elevarían los aportes patronales a las obras sociales al 6% y al PAMI en 0,9 puntos.


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Según el titular de la AFIP

El IVA debe bajar al 12%

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, aseguró que la alícuota del IVA debe bajar a niveles internacionales de 12%, al tiempo que estimó que la evasión impositiva se ubica entre el 20% y el 25%.


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Correo de Lectores

El mejor sitio


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Correo de Lectores

Retiro de Residuos


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Bolsa de Trabajo

Ofrecidos


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Impuestos

Vencimientos Mensuales

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Informática

Peligro de desabastecimiento

La Cámara Argentina de Informática alertó sobre el desabastecimiento que se percibe en el sector.


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¿Es tan difícil liquidar sueldos?

Curso Práctico de Liquidación de Sueldos (XXVII)

Asiganación familiar por matrimonio y Form. PS 2.2a (ANSES)


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Correo de Lectores

Patacones


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Correo de Lectores

Caja de Protección a la Familia


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Correo de Lectores

Asignación por matrimonio


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Correo de Lectores

Erratas de buena fe


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Publicidad

Proveedores de bienes y servicios


La crisis económica

Aumentarían las contribuciones

A través de un decreto de necesidad y urgencia se elevarían los aportes patronales a las obras sociales del 5 al 6% a partir de los sueldos de febrero. Por medio de otro decreto o inclusive a través de la ley de Presupuesto se elevaría el aporte patronal al PAMI en 0,9 puntos que entonces pasaría del 0,50 o 0,62%, según los casos, al 1,4 o 1,52% de los sueldos.

Esto se debería a que según los datos que maneja el Ministerio de Salud, el año pasado la recaudación a las obras sociales se redujo de un promedio de 315 millones a 230 millones por mes y en el PAMI de 190 a 130 millones de pesos por mes, o sea en 85 millones y 40 millones respectivamente. Todo esto, según el ministerio, a causa de la recesión, el desempleo, la ruptura de la cadena de pagos y el aumento del empleo en “negro”. Así fue, entre otras razones, que muchas obras sociales, en estos dos últimos años, se presentaron en convocatoria de acreedores y el PAMI acumuló una deuda de más de 1.700 millones de pesos con clínicas, sanatorios, prestadores médicos y bancos.

En 1994 el ex ministro Domingo Cavallo había recortado las contribuciones patronales, y por medio de esta corrección las entidades del sistema de salud recuperarían ahora parte de los porcentajes que regían con anterioridad a esa fecha sumando, se estima, un total de 760 millones de pesos. Por otro lado, una parte de estos aportes pueden ser tomados a cuenta del pago del IVA en una proporción que depende de la zona geográfica donde se encuentra radicada la empresa.


Informática

Peligro de desabastecimiento

La Cámara Argentina de Informática alertó que toda la actividad económica se verá afectada, en breve, por el desabastecimiento que se percibe en el sector.

Debido a las restricciones en el movimiento de fondos y las transferencias al exterior, el mes pasado ya se hablaba del "inminente desabastecimiento de cartuchos para impresoras y otros insumos", advirtió la cámara que agrupa empresas de origen nacional. Pero, además, el agotamiento de los stocks de producto de conectividad, podría derivar en el colapso de las grandes redes de computación de las empresas, aclaró la entidad.

"Son particularmente preocupantes las perspectivas que pueden presentarse en las redes informáticas del sistema financiero", dijo Diego Campodónico, presidente de la cámara. Al mismo tiempo, varios de los principales  proveedores de equipamiento y hardware de redes anunciaron faltantes en sus líneas de productos.


Según el titular de la AFIP

El IVA debe bajar al 12%

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, aseguró que la alícuota del IVA debe bajar a niveles internacionales de 12%, al tiempo que estimó que la evasión impositiva se ubica entre el 20% y el 25%.

El funcionario afirmó además que "las grandes empresas tienen que pagar más" impuestos y consideró que "los cambios constantes del sistema normativo son nefastos". Al respecto ejemplificó: "los planes de competitividad dieron vuelta a la DGI".

En una entrevista concedida al diario Página 12, Abad indicó que "hay prácticas corruptas dentro del organismo, generadas desde adentro e inducidas desde las empresas privadas".

"Cada vez que hay alguien del sector público en un acto de corrupción, hay alguien del privado que lo está incitando", remarcó.

El titular de la AFIP señaló además que "hay una estrecha relación entre la fuga de divisas y la evasión" y agregó que "a los bancos se los está siguiendo por este tema, pero no es fácil terminar de detectar las trampas".

El funcionario también consideró que debería instalarse un nivel tributario más progresivo en impuestos a la renta y el patrimonio, sin generar frenos en los procesos de inversión. "Hay que diferenciar a los que reinvierten en el proceso productivo de los que giran utilidades", dijo Abad.

Sobre los cambios tributarios, el titular del organismo recaudador señaló que "hay muchos impuestos que están porque son de fácil recaudación, pero no porque sean justos, como el de combustible o el de cheques". Y agregó: "la política tributaria debe estar dentro de un contexto de plan económico, que tiene determinadas orientaciones. El que está planteado ahora es un modelo que apunta al crecimiento, a la producción nacional; hay que tener mucho cuidado que los impuestos no sean distorsivos y contrarios a la producción. Creo que hay que bajar la alícuota del IVA, no puede ser que sobre el impuesto más importante pague lo mismo la persona que gana $ 400 que una que gana $ 50.000".


¿Es tan difícil liquidar sueldos?

Curso Práctico de Liquidación de Sueldos (XXVII)

Asignaciones Familiares

En esta clase y en la siguiente vamos a tratar aquellas asignaciones especiales debido a la implementación de su pago.

Las asignaciones por hijo, por hijo discapacitado, la ayuda escolar, el prenatal y maternidad, son asignaciones que el empleador abona mensualmente junto con el sueldo de cada mes, teniendo la correspondiente documentación respaldatoria, pero las asignaciones por matrimonio, nacimiento, y adopción deben ser gestionadas directamente por el beneficiario en el ANSES.

Para ello el empleador deberá proporcionarle distintos formularios dependiendo de la asignación que solicite y el beneficiario seguir el trámite correspondiente en las oficinas del ANSES.

Para la asignación por Matrimonio el empleador debe completar el Formulario 2.2a y para la asignación por nacimiento o adopción el Formulario 2.6a.

Hoy trataremos el Formulario para solicitar la asignación por matrimonio.

 

Asignación Familiar por Matrimonio y Form. PS. 2.2a ANSES

El nombre exacto del Formulario ANSES PS. 2.2a es "Declaración Jurada Solicitud de Pago de la Asignación Familiar por Matrimonio". Este formulario se encuentra en las distintas oficinas del ANSES, debe ser completado por el empleador y tener la firma autenticada del empleado. Luego el trabajador debe seguir el trámite frente al ANSES.

Un modelo de este formulario estará próximamente en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar, para visualizarlo. No se puede usar este formulario para la presentación del mismo ante el ANSES.

Está compuesto por 5 rubros denominados:

Rubro 1 - Datos del Titular

Rubro 2 - Datos del Cónyuge

Rubro 3 - Datos del Empleador del Titular

Rubro 4 - Tipo de Relación Laboral y

Rubro 5 - Situación de Revista.

En el Rubro 1 - Datos del Titular, se deberán completar los datos del trabajador beneficiario de esta asignación por matrimonio. Estos datos son: Nº de CUIL, Apellidos, Nombres, Tipo y Nº de documento, Sexo, Domicilio, Localidad, Provincia, Teléfono, Fecha de enlace, Número de Tomo, Folio y Acta de Matrimonio, Registro Civil y la Localidad y Provincia del mismo.

En el Rubro 2 - Datos del Empleador del Titular se deben consignar los datos del cónyuge, a saber: Nº de CUIL, Apellidos, Nombres, Tipo y Nº de documento, Fecha de nacimiento, Nacionalidad, Sexo, Si Trabaja o no, CUIT del empleador, Domicilio, Localidad, Provincia y Teléfono.

En el Rubro 3 - Datos del Empleador del Titular, que en nuestro caso serán los datos del consorcio. Se deben completar el CUIT, Razón Social, Domicilio, Localidad, Provincia y Teléfono. También se debe ingresar el Domicilio Laboral del Titular, Localidad, Provincia y Teléfono, en Fecha de Ingreso se debe informar la fecha de ingreso del trabajador y al lado, en el ítem Remuneración percibida o a percibir en el mes en que se produjo el Matrimonio se debe informar el total del sueldo bruto.

En este mismo rubro se debe marcar son una cruz en SI o NO si el promedio de remuneraciones del titular se incluyeron o no adicionales por zona desfavorable.

En el Rubro 4 - Tipo de Relación Laboral, se debe hacer una cruz en el ítem "Trabajador en Relación de Dependencia".

Y por último, en el Rubro 5 - Situación de Revista, se debe marcar el primer ítem, cuyo código es el 18 y corresponde a "Percibe haberes normalmente".

Para finalizar con el formulario, debe ser firmado por el titular y la firma de éste debe ser autenticada por Escribano Público. También debe firmar el empleador que en nuestro caso va a firmar el mandante, o sea el administrador.

Recordamos que la asignación por matrimonio consiste en el pago de una suma de dinero, que se abonará en el mes en que se acredite dicho acto ante el empleador. Para el goce de este beneficio se requerirá una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis meses. Esta asignación se abonará a los dos cónyuges cuando ambos se encuentren en las disposiciones de la presente ley. (Artículo 14 de la ley Nº 24.714).

La documentación respaldatoria para gozar de esta asignación debe ser:

- Formulario solicitud de presentación certificado por el empleador.

- Documento Nacional de Identidad del beneficiario.

- Certificado de matrimonio y

- Fotocopia de los recibos de sueldo correspondientes al primer o segundo semestre o a la primera remuneración según fuere el caso.


Correo de Lectores

Patacones

Estimado Claudio:

Primeramente te felicito por la labor que realizan en el Boletín de Pequeñas Noticias y además deseo agradecerte el recibirlo, porque la información que contiene nos es muy útil.

Paso a contarte cuál es mi inquietud en esta oportunidad: administro un consorcio donde el pago de expensas se realiza a través de depósito bancario.  El consorcio es titular de una cuenta corriente donde se hacen los depósitos, esa cuenta se utiliza para realizar todos los pagos a través de cheques que el consejo de administración hace (cuyos miembros son los que tienen la firma registrada en el banco), sistema que adoptaron desde hace varios años por razones de seguridad (en la liq. de expensas va indicado el número del cheque con el cual se realizó el pago).  El administrador no recauda ni maneja dinero en efectivo, salvo una pequeña, pero muy pequeña caja chica.

Este consorcio se encuentra domiciliado en el Gran Buenos Aires, donde hay consorcistas que reciben Patacones, que el banco obviamente no acepta como depósito.  Este tema fue tratado en la Asamblea Gral. Ordinaria anual, y nadie quiso trasladar la cuenta corriente del Banco privado al Banco Provincia de Buenos Aires.  Allí como administración dije que el sistema con el que se manejaba el consorcio no daba lugar a realizar pagos de otra manera que no sea con cheques.

En estos días vuelve el tema a sentirse, y no encuentro opción válida como para insertar a los Patacones en este mecanismo.

Mi pregunta es, ¿qué alternativa puedo utilizar para incorporar esta “moneda” al circuito de este consorcio.?.

Agradezco desde ya la información que puedas brindarme, y te envío un cordial saludo.

Adriana A

P. D.: Para desarrollar esta actividad hice un curso en una Institución de Capital Federal pero considero que es fundamental actualizarnos día a día, a lo cual Uds. contribuyen con el boletín que editan.

 

Estimada Adriana A.

Entiendo la modalidad que ha adoptado el consorcio junto con la administración para no tener que manejar dinero en efectivo y tener, a través de los cheques y de la firma de los copropietaros titulares de la cuenta, una manera transparente para todos de controlar los pagos realizados. Pero también entiendo la situación por la que todos los argentinos estamos pasando y las distintas “monedas” o “seudo monedas”, con la que nos encontramos sin querer.

Acostumbro a pasar los fines de semana en un pueblito del interior de la provincia donde los “patacones” son más usados que los “pesos” y hasta he llegado a pagar una compra con patacones y me han dado el vuelto en pesos.

Se me ocurren algunas cosas, claro que no se si te será posible la implementación, y tampoco sé cuál es el porcentaje en el total de lo cobrado, que corresponde a patacones pero me animo a decirte algunas cosas que se me ocurren:

1. Ya que el consorcio está en el Gran Buenos Aires, esa caja chica de la que hablás en el mensaje puede ser íntegramente en patacones.

2. En el pueblo del que te hablo, es tan corriente el uso de patacones, que yo les cambio a mis amigos y/o familiares pesos por patacones para moverme con esa “moneda” en el pueblo, ya que no representa ninguna diferencia ¿No podrías cambiar los patacones por pesos y a éstos depositarlos en el banco con el que trabaja el consorcio?

3. De no poder hacer nada de esto que te comento, tendrías que abonar las facturas que vos puedas con patacones, poniendo en la liquidación de expensas los números de patacones con los que has abonado las facturas y qué unidades fueron las que te abonaron con esta moneda. También podrías presentar al consejo un listado con el total recaudado en patacones y a qué unidades pertenece, para que ellos supervisen el pago a los proveedores. Si los miembros del consejo son los que firman los cheques destinados al pago de proveedores, me imagino que se verán seguido con vos como para poder organizar esta modalidad de pago y que tu gestión siga siendo tan transparente como hasta ahora.

Creo que la situación por la que estamos pasando todos los argentinos, merece una consideración por parte de todos los propietarios y del consejo, como para implementar una medida como esta, ya que los que te abonan con patacones no tienen otra posibilidad de hacerlo y vos o el consorcio no creo que estén en una posición como para negarse a recibirlos. Creo que con buena voluntad de parte de todos, algo de lo que te comento se debería poder implementar.

De todas formas te deseo que puedas llegar a una solución y nos comentes cuál fue, ya que varios administradores se deben encontrar en situaciones parecidas a la tuya.

Un saludo cordial

CGdeR


Correo de Lectores

Retiro de Residuos

Estimado Claudio:

Al encargado del edificio donde vivo le abonaron este mes $75 en concepto de retiro de residuos durante un día domingo, el mes anterior fue de $60 ¿De dónde surge esta cifra?. El Sr. es Encargado Permanente Sin Vivienda en un edificio de 3° Categoría, con 51 Unidades; cuyo sueldo básico, no sabemos por qué, es de $530,12.

¡¡¡ GRACIAS POR ESTAR AHÍ !!!

Claudia M

 

Estimada Claudia M:

Tu ejemplo es muy interesante, ya que ocurre con bastante asiduidad y hay varias cuestiones para tener en cuenta.

Para empezar, la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 en su artículo 16, indica que el sueldo básico mensual de un Encargado Permanente sin Vivienda de 3º categoría es de $ 430,12. Esa diferencia que vos mencionas de $100 en el sueldo básico seguramente sea un derecho adquirido de hace bastante tiempo, y que desconozco el motivo ya que pueden ser varios.

Con respecto al tema del retiro de residuos en los días domingos, tenemos que tener varias consideraciones:

1) Cuando se abona el retiro de residuos en la liquidación mensual, según la misma convención 306/98, el importe por unidad es de $ 1,26 pero éste no incluye el retiro en los días domingos.

2) Los días domingos son el día de descanso del trabajador y por la función que vos mencionas, Encargado Permanente Sin Vivienda, el no vive en el edificio, por lo cual tiene que viajar de ida y de vuelta a su domicilio y retirar los residuos de las 51 viviendas.

3) También por lo que vos mencionas, hay meses que cobra por el Retiro de Residuos los días domingos $60 o $75, que debe estar relacionado directamente con la cantidad de domingos que tenga el mes en que se abonan. Si dividís $60 por 4, da como resultado $15 y si dividís $75 por 5, también da como resultado $15. Por lo tanto, se le está abonando $15 por cada domingo. Y los 4 o 5 domingos, dependen de cada mes.

En conclusión, es muy común abonarle al trabajador que retira los residuos los domingos un importe fijo por domingo o el equivalente a horas extras al 100%, ya que las horas son cumplidas en días domingos. Te recordamos que la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 en su artículo 201, dice que el empleador deberá abonar las horas suplementarias (u horas extras) al 50% calculadas sobre su salario si  éstas se realizan en días comunes (de lunes a viernes) y al 100% si se realizan los sábados después de las 13.00 horas y durante todo el día domingo.

Un saludo cordial

CGdeR


Correo de Lectores

Caja de Protección a la Familia

Estimado Claudio:

¿Se debe descontar la Caja de Protección a la Familia a un Ayudante de Temporada a cuyo esposo ya se lo descuentan?

Como siempre muchas gracias

Claudia M.

 

Estimada C.M.

La Caja de Protección a la Familia se le debe descontar a todo trabajador, sin importar las relaciones que los unan. El artículo 20 de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 en el inciso a) Integración del fondo, habla de este tema y nosotros lo hemos tratado en el Boletín Nº 75 y 95 de Pequeñas Noticias.

Resumiento, debes descontarselo a ambos, sin importar que sean marido y mujer y que sea un empleado de temporada. Tampoco importa si es o no afiliado al sindicato del S.U.T.E.R.H.


Correo de Lectores

Asignación por matrimonio

Hola, una vez más recurro a  Uds., para pedirles asesoramiento acerca de la asignación familiar por matrimonio. Un encargado permanente sin vivienda 4 hs. fecha de ingreso enero/1995 se ha casado en enero/02 y por lo que tengo entendido el empleador debe darle completo el formulario PS.2.2a  al empleado, para que él solicite turno telefónicamente en la Anses y pueda así cobrar la asignación por matrimonio que le corresponde.

Mi consulta específicamente es sobre cómo completar correctamente dicho formulario, el cual adjunto para ver las dudas con mayor claridad.

Preguntas:

1) Rubro 3-Datos del empleador del titular:  
a) ¿en  fecha de ingreso se debe poner la fecha de ingreso del encargado?
b) ¿en remuneración percibida en mes... se debe poner el sueldo neto?
2) Rubro 4 - Tipo de relación laboral
a) ¿Corresponde marcar contrato-modalidad codigo 03?
3) Rubro 5 - Situación de revista
a) ¿corresponde el 18?

Y además en el dorso del formulario menciona el promedio semestral de remuneraciones. Agradecería que me aclaren este tema y si como empleador se debe hacer dicho cálculo o es solo a modo explicativo de cómo lo calculará la ANSES. Y de qué meses correspondería tomar los recibos de sueldos en este caso.

Una última consulta cambiando de tema es sobre el F.931  de este mismo encargado. Hasta ahora en modalidad de contratacion se ha estado poniendo a tiempo completo indeterminado y no se si se está confeccionado con error y debería ponerse a tiempo parcial inderminado ya que el encargado es sin viv. 4 hs. De existir error cuál serían  los pasos a seguir para repararlo?

Les agradezco una vez más la atención prestada y espero las respuestas lo antes que puedan, Les envío un saludo y hasta la próxima.

Silvia B.

 

Hola Silvia

Hemos realizado algunas consultas, ya que a la hora de completar este tipo de formularios (en nuestro caso el formulario PS 2.2a. de ANSES) se debe ser muy cuidadoso porque a veces no son muy claros los ítems que se deben informar.

Este formulario es la Declaración Jurada para solicitar el pago de la asignación familiar correspondiente por Matrimonio. Esta formada por 5 rubros: 

Rubro 1

Datos del Titular,

Rubro 2

Datos del Cónyuge,

Rubro 3

Datos del Empleador del Titular,

Rubro 4

Tipo de Relación Laboral y

Rubro 5

Situación de Revista.

En el Rubro 3 - Datos del Empleador del Titular, hay un ítema que dice “Fecha de Ingreso”, aquí se debe completar con la fecha de ingreso del trabajador y al lado, en el ítem “Remuneración percibida o a percibir en el mes en que se produjo el Matrimonio” se debe informar el total del sueldo bruto.

En el Rubro 4 - Tipo de Relación Laboral, se debe hacer una cruz en el ítem “Trabajador en Relación de Dependencia” y por último, en el Rubro 5 - Situación de Revista, se debe marcar el primer ítem, cuyo código es el 18 y corresponde a “Percibe haberes normalmente”.

Para aclarar el tema del promedio semestral que nombra el ANSES en este formulario, es el mismo que se debe tener en cuenta a la hora de abonar las distintas asignaciones familiares y el Decreto 1245/96 es el que trata este tema.

En su artículo 4º dice que “dicho promedio se calculará, por ejemplo, tomando de enero a junio (incluido Salario Anual Complementario, SAC) y de julio a diciembre (incluido SAC)". Sigue diciendo que “los límites que condicionan el otorgamiento de las asignaciones familiares y la cuantía de las mismas se calcularán en cada caso, en función del promedio de la totalidad de las remuneraciones brutas percibidas en uno o más empleos por el trabajador durante un semestre.” Sobre este tema, la Ley 25.231 en su artículo 1º expresó: “... se considerará remuneración a los efectos de esta ley, la definida por el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (Ley Nº 24.231, Artículo 6º y 9º, con excepción de las horas extras)”.

El Decreto 1245/96 aclara sobre este tema que “...cuando se inicie una relación laboral y no cuente con el valor del promedio correspondiente a las remuneraciones percibidas en el semestre anterior, se tomará la primera remuneración por mes completo, el que regirá para todo el semestre”.

La última consulta es con relación al Formulario 931 de la AFIP. Es correcto poner en modalidad de contratación “Tiempo completo indeterminado” para la función de Encargado sin vivienda 4 horas. “Tiempo parcial indeterminado” sería para casos donde el trabajador es jornalizado.

De todos modos, si hubieses detectado un error en presentaciones anteriores, lo correcto es presentar un declaración jurada (F.931) rectificativa, corrigiendo el error cometido.

Un saludo cordial

CGdeR


Correo de Lectores

Erratas de buena fe

Estimado Director:

Estoy comenzando a resolver los ejercicios del curso de liquidación de sueldos y no me coinciden los montos de la remuneración del encargado permanente sin vivienda de un edificio de 3° categoría, ya que en tus ejercicios dice  $ 413,14 y en la lista que yo tengo es de $ 430,14. ¿Cuál es el sueldo correcto?

Claudia M.

 

Estimada Claudia:

Según la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 el sueldo de un encargado permanente sin vivienda de un edificio de 3° categoría es de $ 430,12.- y no de $ 413,14 como figura por un error de trascripción en el ejercicio.

Fue corregida tanto la tabla completa que hace a ese ejercicio que figura en el Boletín Nº 71 (Servicios varios/Boletines Publicados de Pequeñas Noticias/Boletín de Pequeñas Noticias Nº 71) como el Capítulo Nº III (Notas/¿Es tan difícil liquidar sueldos?/Curso Práctico de Sueldos (III)).

Te agradezco mucho la corrección y te mando un saludo cordial.

CGdeR


Correo de Lectores

El mejor sitio

Estimado Claudio:

En primer lugar debo informarles que de las direcciones (de sitios en Internet) inherentes a "Consorcios" ésta supera a todas ampliamente al brindar tanta información.

Y en segundo lugar  les comento que me sentiría plenamente satisfecha si me volvieran a enviar los boletines semanales.

Felicitaciones

Olga

 

Estimada Olga

Te agradecemos antes que nada tu comentario sobre los contenidos de nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar y que, sobre todo, te sean de utilidad.

Si no estás recibiendo los boletines, deberías chequear con tu proveedor de Internet si no tenés algún inconveniente con la recepción de los correos, ya que nosotros no damos ninguna dirección de mail de baja, salvo que nos lo pidan expresamente.

De todas formas en nuestro sitio web, en el menú principal ubicado a la izquierda de la ventana se encuentra la sección Servicios varios y dentro de ella Boletines Publicados de Pequeñas Noticias. Desde aquí podrás acceder a todos los boletines publicados con anterioridad y podrás imprimirlos.

De todas formas nos gustaría saber si los volvés a recibir todas las semanas, ya que nosotros te tenemos en nuestra lista de suscriptos.

Un saludo cordial

CGdeR


Bolsa de trabajo

Ofrecidos

Secretaria - Recepcionista - Empleada Administrativa: Conocimiento en computación que comprende DOS, Windows 98, Office 97- Office 2000, Programación (Visual Basic) - Internet - Correo Electrónico. Tareas varias de oficina, atención al público, trámites varios.

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Capital Federal

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Apellido, Nombre:

Lauretti, Valeria Paula

Teléfono:

4826-5433 y (15)5305-1620

Horario:

a partir de las 18>00 hs.

Direccion:

Salguero 1654 1º A

Localidad:

Capital Federal

E-mail:

valeriaramone@hotmail.com


Abogado civil y penal con experiencia en materia civil 4 años de atención en Patrocinio Jurídico Palacio Tribunales

Apellido, Nombre:

Fragnoli, Gabriel

Teléfono:

4855-8461

Horario:

12 a 14 hs.

Direccion:

Bonpland 921

Localidad:

Capital Federal

E-mail:

gfragnoli@hotmail.com


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal.


Proveedores de Bienes y Servicios

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En tiempos de crisis

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Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de cálcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en costrucción)


Gral César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Pagers: 4527-7674/6669

María Isabel Brath

       

Productor asesor de seguros

Seguros generales. 

Seguros de vida. 

Ahorro y capitalización.

Becas estudiantiles. 

Enfermedades graves. 

Renta familiar.

 

Carlos Villate 1655 PB "F". 

(1636) Olivos. Buenos Aires

Tel/Fax: 4795-7792

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Marcelo Bonino

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Zañartú 616 - Capital Federal

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E-mail: BoninoRacing@hotmail.com


Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: Claudio@Sistema9041.com.ar con la palabra SUSCRIPCION GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail con las palabras CANCELAR SUSCRIPCION en el asunto del mensaje.


Boletín de Pequeñas Noticias  

Número de Edición: 96

Fecha de publicación: 18 de Febrero del 2002

Director: Claudio García de Rivas

Propietario: Pewen Investigación y Desarrollo de Sistemas Informáticos

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