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Alejandro Amor, defensor del pueblo porteño.

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Edificios nuevos

La Defensoría quiere un medidor de agua para cada departamento

[BPN-12/04/18] El pasado 23 de marzo, la Defensoría del Pueblo de la CABA presentó un proyecto de ley para que, en los edificios nuevos de viviendas multifamiliares se instale un medidor de agua para cada unidad funcional. Para lograr su objetivo la iniciativa prevé tres medidas: modificar el Código de Edificación, ordenar al Ejecutivo que gestione que los medidores sean gratuitos y armar una mesa específica para confeccionar el reglamento técnico.

El proyecto

Como primera medida la iniciativa propone modificar el artículo 5.11.1.0 del Código de la Edificación para que incluya el siguiente texto: "Cada nuevo edificio contará con medidores de agua, en el caso de vivienda multifamiliar contará con uno para cada una de las unidades funcionales y un medidor de agua para los espacios comunes" (artículo 1º).

Como segunda medida el proyecto propone ordenar: "El Poder Ejecutivo arbitrará los medios necesarios para gestionar ante las autoridades correspondientes que la provisión de los medidores sean en forma gratuita, en el marco de la actual política de AySA sobre colocación gratuita de medidores" (artículo 2º).

Por último, para confeccionar un reglamento técnico establece: "El Poder Ejecutivo conformará una Mesa Técnica integrada por representantes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, del Ente Regulador de Aguas y Saneamiento (ERAS), de Agua y Saneamientos Argentinos SA (AySA SA), de los Consejos profesionales de arquitectura e ingeniería y de las asociaciones de defensa de usuarios de servicios público".

Por último otorga a esta mesa seis meses para producir resultados: "Esta mesa contará con ciento ochenta días para la elaboración del reglamento técnico" (artículo 3º).

Fundamentos

La Defensoría local argumentó: "Se advierte que en la prestación actual, los métodos utilizados para calcular las tarifas pueden mejorarse en pos de garantizar el acceso de todas las personas al agua potable y el saneamiento, como así también, tender al consumo racional y sustentable conjuntamente con un mecanismo para una facturación razonable, más justa y más equitativa.

"El sistema que hasta ahora se ha venido implementando se basa en el modelo de cálculo de la tarifa computado, en la mayoría de casos, en razón de la superficie de las viviendas de los usuarios, junto a coeficientes relativos a la calidad del inmueble y al indicador zonal. Tal situación conlleva que a diferencia del resto de servicios públicos esenciales, la facturación por el servicio de agua no se encuentre vinculada al consumo real de dicho bien por parte del usuario.

"Sin embargo, los nuevos esquemas de facturación propuestos implican también serias dificultades jurídicas y de implementación, en tanto los mecanismos de medición o micromedición -en las viviendas multifamiliares ya existentes- en la mayoría de los casos, resultan muy complejos y muy costosos (vgr. la colocación de medidores individuales para cada unidad funcional) mientras que en otros, generan impactos visiblemente negativos, dada la antigüedad de las instalaciones de las redes (vgr. pérdidas de difícil detección o de excesivo costo para los usuarios en viviendas antiguas o precarias).

"Asimismo, no debemos dejar de soslayar que medir y facturar el consumo de agua -fundamentalmente en un contexto de importantes aumentos tarifarios- podría generar restricciones y limitaciones en el consumo de sectores de bajos recursos de la población, situación que vulneraría los principios de no regresividad y de progresividad en materia de Derechos Humanos.

"De tal manera, si bien la utilización de mecanismos de medición de consumo puede perseguir la razonable finalidad de fomentar el ahorro de un recurso limitado, una implementación deficiente podría generar el indeseado efecto de generar cierta privación y restricción en el uso del agua por parte de los sectores sociales más vulnerables.

"Resulta oportuno recordar que resultaría jurídicamente muy discutible la utilización de medidores en consorcios de propietarios y el cobro prorrateado por unidades funcionales del consumo medido de forma global, conforme lo resuelto por nuestro máximo tribunal de justicia (Fallos "Defensor del Pueblo de la Nación c/ Estado Nacional -P.E.N.-M° de Eco. Obras y Serv. Públ.-y otros s/amparo ley 16.986" 14/09/2000. "Defensor del Pueblo de la Nación c/ Estado Nacional -PEN- Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos" 11/08/2009).

"Tal situación deviene relevante al detectar que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aproximadamente el 73% de las viviendas son departamentos de edificios en propiedad horizontal.

[...]

"De tal manera, entendemos que una modificación legislativa, podría colaborar a resolver en el mediano plazo de forma justa y razonable tal problemática, a partir de especiales requerimientos técnicos en las nuevas construcciones edilicias que se desarrollen en la ciudad, facilitando la concreción en el futuro de los objetivos trazados por las Naciones Unidas en materia de desarrollo sostenible" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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