Curso de sueldos para Propiedad Horizontal   Sistema 9041 para la administración de consorcios...

Consorcistas


Sergio Abrevaya.

Sergio Abrevaya.

Change.org

Abrevaya juntó 7.800 firmas para bajar las expensas

[BPN-07/03/18] El Leg. Sergio Abrevaya (GEN) logró juntar 7.847 firmas para su propuesta de cinco puntos para bajar las expensas. Abrevaya inició la petición al presidente Mauricio Macri hace 6 meses (septiembre de 2017) en la plataforma change.org <vínculo>.

Los puntos que propone son:

1.- Un mayor control de los administradores de consorcios.

2.- Una tarifa preferencial de gas, luz y agua para consorcios (con quita del 21% de IVA),

3.- Que los consorcistas puedan participar de las paritarias con el SUTERH en lugar de los administradores de consorcios, como sucede actualmente.

4.- Que el Gobierno de la Ciudad deje de cobrar tasas innecesarias, por registraciones anuales o por cada control que hay que hacer en los edificios.

5.- Que los inquilinos puedan participar con más fuerza de las asambleas de consorcistas.

A grandes rasgos, es de aclarar que parte de estas propuestas pueden ser resueltas por el Gobierno local, otras necesariamente deben ser ordenadas por el Ejecutivo Nacional y un par deben ser aprobadas por el Congreso de la Nación.

Entre los comentarios de los firmantes se destaca el de Franco que expresó: "Las expensas están 50% más caras de lo deberían estar. No puede ser el 70% de las expensas en sueldo de encargado. Hace más de 10 años las expensas eran el 10% del alquiler. Hoy son el doble de un alquiler".

Ana apuntó al Ejecutivo local: "¡¡¡Se han avivado mal!!! Es inadmisible a dónde se han ido las expensas. Obligan a los consorcios a gastar en un montón de trámites que son negociados no se para quiénes: controles, inspecciones, reglamentaciones, etc. Todo eso encarece muchísimo las expensas".

Por último Graciela resumió: "Yo firmo, soy jubilada y no puedo pagarlas".

Propuestas para el Gobierno local

Un mayor control de los administradores es un tema que puede ser de incumbencia del Gobierno porteño. Es de recordar que con este objetivo la Legislatura porteña sancionó el 3 de diciembre de 2002 una ley que creó el Registro Público de Administradores de esta ciudad. Ante la sensación de que no era suficiente y en la búsqueda de un mayor control, el mismo Sergio Abrevaya el 5 de noviembre de 2009, logra -junto con la mayoría de las entidades de consorcistas- que se apruebe en la Legislatura la Ley 3.254 y 3.291 con importantes modificaciones.

Otro tema que también es de incumbencia del Gobierno de la CABA es que deje de cobrar esas "tasas innecesarias, por registraciones anuales o por cada control que hay que hacer en los edificios" a las que hace alusión y que se impusieron durante la gestión de Mauricio Macri como jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta como jefe de Gabinete, Juan Manuel Gallo como director general de Defensa y Protección del Consumidor y Gabriela Pilar Saldivia como coordinadora del RPA.

Propuestas para el Gobierno nacional

La representación en paritarias de los consorcistas depende directamente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Es por esa razón que Abrevaya –representando tres entidades de consorcistas- presentó ante esta autoridad un recurso administrativo y adelantó que de no recibir una respuesta positiva apelará a la justicia.

Propuestas para el Congreso de la Nación

Si bien son de incumbencia del Gobierno nacional los aumentos de las tarifas de la luz, gas y agua es de suponer que las exenciones o tarifas preferenciales deberán ser tratadas en el Congreso Nacional. A modo de ejemplo, la Ley 27.218 de 2015 instituyó un régimen tarifario específico para entidades de bien público y abarca la provisión de agua potable, los desagües cloacales, la provisión de electricidad, de gas natural y de telefonía.

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) está regulado por la Ley 23.349 que estableció taxativamente qué bienes y servicios estarán exentos del impuesto.

Es de suponer que para lograr que los consorcios estén exentos de pagar IVA y obtengan un régimen de tarifas preferenciales en los servicios públicos esenciales –electricidad, gas y agua potable- se deberán modificar las leyes existentes o elaborar uno o más proyectos de ley específicos para que el Congreso Nacional los apruebe.

Inquilinos

Si bien Abrevaya no detalla qué facultades considera que los inquilinos deben tener para participar con más fuerza en las asambleas hay algunas consideraciones que deben ser tenidas en cuenta.

La relación de los inquilinos en los consorcios está normado por el Código Civil que entró en vigencia el 1 de agosto de 2005. Su artículo 2.044 establece que "el conjunto de los propietarios de las unidades funcionales constituye la persona jurídica consorcio" y el artículo 2.058 define que "la asamblea es la reunión de propietarios facultada para resolver...". En ninguna de las dos definiciones se mencionan a los inquilinos.

Hoy un locatario puede participar en la asamblea de su consorcio si recibe un poder especial del titular de la unidad que alquila y todo hace suponer que para obtener más facultades se deberá elaborar un proyecto de ley para modificar el Código Civil para que sea aprobado por el Congreso de la Nación Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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