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¿Cuáles son las exigencias de las ART con respecto a los carteles indicadores (escaleras, ascensores, etc.) en los edificios y con relación a las barandas en las escaleras de acceso a los pisos?


En lo que respecta a los carteles indicadores:

Las ART exigen la colocación de cartelería en las puertas de acceso a los locales tales como: sala de tableros eléctricos, sala de medidores de gas, sala de caldera, sala de ascensores, y otros carteles normalizados de peligros de riesgo eléctrico en tableros. Pintado de cañerías con colores normalizados según norma IRAM. También exige los indicadores de Salida en los palieres de cada piso, indicadores de escaleras y de elementos contra incendios (matafuegos y mangueras).

 

En lo que respecta a las escaleras:

Exige solamente que las escaleras al sótano, azoteas y hacia la sala de ascensores sean antideslizantes, estén iluminadas y que posean barandas. En lo que respecta a las escaleras de acceso a los tanques de agua, las mismas deben tener aros de protección o en su defecto se debe proveer de un arnés de seguridad al encargado del edificio, que deberá utilizar cada vez que accede a los tanques aéreos.

 

También son exigencias de las ART:

Ropa adecuada para las tareas que realizan los empleados (guantes, zapatos).

Orden y limpieza en general: especialmente del sótano, sala de calderas, sala de ascensores, bauleras.

Vías de escape despejadas.

Existencia de matafuegos.

Materiales combustibles tales como solventes o pinturas: se encuentren alejados de fuentes de calor como la caldera, con sus respectivas tapas para que no emitan gases, con sus recipientes en perfecto estado, rotulados.

Riesgo eléctrico: evitar cables sueltos; los conectores eléctricos en buen estado; los tableros eléctricos con sus tapas y cerrados. Existencia de disyuntores diferenciales.

Herramientas manuales: especialmente las escaleras en condiciones de uso y con zapatas antideslizantes.

 

Respecto de los servicios como calderas, ascensores, matafuegos y limpieza de tanques de agua, se solicita:

Que las calderas y ascensores estén habilitados;

Que se verifique la existencia de un servicio periódico, y que ese servicio esté habilitado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Que exista un programa de mantenimiento preventivo y un registro escrito de los mismos.

 

De verificar que se cumple lo anterior y de no encontrar condiciones riesgosas muy evidentes, las ART no insisten ni verifican el funcionamiento de los mismos.

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