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Sueldos: ¿Y para borrarse del sindicato...

...es suficiente que el empleado se lo comunique al empleador para evitar que se le efectuen retenciones sindicales?
El Decreto Nº 467/88, en su artículo 2º establece que para desafiliarse el trabajador deberá presentar su renuncia a la asociación sindical por escrito. El órgano directivo tendrá 30 días desde la fecha recibida para aceptarla, no resolviéndose en ese plazo, se considerará automáticamente aceptada, y el trabajador podrá comunicar esta circunstancia al empleador a fin de que no se le practiquen retenciones de sus haberes en beneficio de la asociación sindical.

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