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Consumo & Consumidores


Daño directo: el Congreso de la Nación lo había aprobado pero faltaba que la Legislatura dictara una ley local.

Daño directo: el Congreso de la Nación lo había aprobado pero faltaba que la Legislatura dictara una ley local.

Defensa del Consumidor de la CABA

Indemnización por daño directo

[BPN-19/11/08] La Legislatura porteña sancionó una ley que reglamenta en la Ciudad de Buenos Aires la figura de la "indemnización por daño directo" y que permitirá a los consumidores que tengan un problema con un producto o servicio que no recibieron, hacer una denuncia ante Defensa del Consumidor y pedir un resarcimiento económico por las molestias que le generó el incumplimiento.

Hasta ahora, cuando una persona estaba insatisfecha, se llamaba a conciliación y de no haber acuerdo la empresa pagaba una multa a la Ciudad. Ahora, el dinero irá para los damnificados. El máximo resarcimiento que se podrá exigir fue cuantificado en el equivalente a cinco canastas básicas, es decir que sería de hasta 5.300 pesos.

La ley fue impulsada por los legisladores Ivana Centanaro (Frente para la Victoria) y Gerardo Ingaramo (Pro) -presidenta y vice de la Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios-. Recordemos que el 12 de marzo el Congreso de la Nación había aprobado el resarcimiento pero faltaba que la Legislatura dictara una ley local y así se pudiera poner en práctica.

Los vecinos podrán hacer la denuncia cuando se vean afectado por una empresa privada, pero con respecto a las empresas que prestan servicios públicos sólo se podrá hacer un reclamo sobre cuestiones contractuales (como el incumplimiento de la fecha para instalar una conexión de electricidad), pero no por cuestiones técnicas (como la baja de tensión en un departamento). En este último caso, habrá que seguir el reclamo ante el ente que corresponda.

Cómo es el trámite

El damnificado deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Gestión y Participación de la Ciudad y dirigirse al sector de Defensa del Consumidor. Allí, deberá dar sus datos personales, explicar en qué consiste el hecho denunciado, adjuntar comprobantes de la compra o contratación del servicio incumplido y aclarar que se solicita resarcimiento por daño directo con un monto específico que pueda ser justificado.

Una vez que hizo el trámite, la dirección de Jurídicas de Defensa del Consumidor llamará a conciliación y resolverá si el pedido es justo o no, e incluso si se debe resarcir aunque no lo haya pedido el damnificado.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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