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Consumo & Consumidores


Energía eléctrica

No podrían cortar la luz por falta de pago

[BPN-28/01/09] Una jueza hizo lugar a una medida cautelar que presentó la Defensoría del Pueblo de la Nación para que las distribuidoras de energía eléctrica se abstengan de cortar la luz por falta de pago.

Por unanimidad de sus tres miembros, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó el fallo del Juzgado N° 9, a cargo de la Dra. Alicia G. M. de Negre, quien había negado legitimidad al pedido del Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.

El incremento en la luz afecta a aquellos usuarios domiciliarios con un consumo superior a los 1000 kilovatios/hora por bimestre, es decir, unos 750 mil clientes. Se trata de subas aplicadas en octubre para el segmento de la generación eléctrica, agravadas en todos los casos por incrementos proporcionales en los impuestos: entre el 33 y el 40% del precio final de una factura corresponde a distintos tributos como el IVA, el fondo para Santa Cruz o diferentes municipios.

Pero de acuerdo a los testimonios de los vecinos las subas fueron muy superiores. Para los usuarios con un consumo de entre 1000 y 1200 kilovatios, el incremento es del 100%; de entre 1200 y 1400 Kw., de 185%; de entre 1400 y 2800 kW, del 200%, y de más de 2800 kW, del 357 por ciento. La Defensoría del Pueblo de la Nación reveló que recibió quejas de usuarios que denunciaron aumentos de hasta un mil por ciento en sus facturas de energía eléctrica.

Ese fue uno de los motivos por los que el 16 de enero la Defensoría promovió una demanda contra el Estado Nacional, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y contra el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), a fin de que se declare la nulidad por ilegitimidad de las Resoluciones Nº 1169/08 y Nº 745/05 de la Secretaría de Energía, y sus modificatorias Nº 797/08, Nº1170/08, y las Nº 628/08 y Nº 654/08 dictadas por el ENRE.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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