'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!


Sr. Raúl Guinzburg

Correo de Opinión

Sobre proyecto de ley para inquilinos por el Sr. Raúl Guinzburg

Según la información recibida, existe un nuevo proyecto de ley para modificar la Ley 23.091 de Locaciones Urbanas y eventualmente, estaría en la Comisión de Vivienda y Ordenamiento Urbano de la Cámara de Diputados de la Nación a los efectos de beneficiar en cierta manera a los locatarios.- 

Visto los fundamentos del mismo y las consideraciones vertidas, es evidente que esa ley corregiría algunos de los abusos que se suscitan por parte de los locadoress de inmuebles, entre los que se apuntan: variaciones del precio de los contratos durante la vigencia de ésta; el abuso en los depósitos de garantía y en el mismo sentido las comisiones de los intermediarios –en el caso en que lo haya-; no anticipar la voluntad de renovar o no el contrato y/o condiciones del mismo; el hecho de transferir las obligaciones propias del propietario al agregar a la renta pactada los gastos de expensas comunes, impuestos y extraordinarios.- 

Se remarca el hecho de que los inquilinos deben mudarse continuamente a raíz de, justamente, no poder pagar los nuevos precios que se le imponen en la renovación.- 

En esta propuesta, se cae en redundancia en normas que ya han sido fijadas en la Ley 23.091 como ser: “los contratos de locaciones urbanas, así como también sus modificaciones y prórrogas deberían formularse por escrito” ya figura en el Artículo 1. Capítulo 1.- Todo esto en cuanto a los inquilinos.- 

Pero veamos ahora la vereda de enfrente: los locadores o propietarios.- 

No creo que les hagan gracia que les obliguen a prorrogar el mínimo de los contratos de locación ya que podrían considerar una intromisión en sus derechos de comercialización de la propiedad, ni la de otorgar un mes por cada año transcurrido en la locación en caso de no renovarse el contrato para que el locatario pueda reubicarse ya que, si se anticipa esa decisión con un tiempo suficiente, el locatario ya sabe a que atenerse y puede tomar los recaudos necesarios.- 

Esto no significa que en los personal esté de acuerdo con esta posición, pero es necesario ver objetivamente todos los factores que incidan en los intereses de todas las partes.- 

Es mi modesta opinión.-Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Raúl E. Guinzburg

raulguinzburg@fullzero.com.ar

(12/09/2008)

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '