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Correo de Lectores


El bono del 20% para jornalizados

¡Hola gente linda!

Nuevamente recurro a Uds. con el fin de liquidar el sueldo de una empleada jornalizada de menos de 18 hs. semanales.

¿Le corresponde cobrar el bono plus del 20% con el segundo aguinaldo?

En ese caso, ¿cómo se calcula y de cuánto sería? 

En cuanto a la modificación del Art. 27º de la póliza colectiva ¿dónde se debe aumentar de 3% a 4% en el pago a la AFIP o FATERyH? ¿es automático? ¿desde cuándo?

Muchas gracias.

Espero su respuesta como siempre.

Beatriz

(2/12/2015)

¡Hola Beatriz! Todos tuvimos esta duda que vos planteás. En el otro mail de este mismo boletín respondimos esta consulta para los suplentes y lo mismo sucede en el caso de los trabajadores jornalizados. Se debe liquidar el bono del 20% sobre el básico más alto del segundo semestre. Así nos lo explicó un abogado del sector y lo fundamentó diciendo que la regla siempre es beneficiar al trabajador.

Como escribimos en el ejemplo del mail anterior, si un trabajador jornalizado trabajó 8 horas en julio, 7 en agosto, 8 en septiembre, 9 en octubre, 9 en noviembre y 10 en diciembre, el 20% lo tendrás que calcular en base a las 10 horas de diciembre.

Un saludo grande y que tengas unas lindas fiestas.

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