Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


Días de vacaciones para personal jornalizado

Buenas tardes:

Quisiera saber cuántos días de vacaciones le corresponde a un personal jornalizado. 

Trabaja sólo los días sábados de 10 a 13 horas. 

Tiene una antiguedad de 6 años. 

Realmente trato de comunicarme con el SUTERH y no lo logro. 

Saludos.

Micaela [CABA]

(10/02/2017)

¡Hola Micaela!

El inciso d) del artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabaja 589/10 dice textualmente: "Los/as trabajadores/as suplentes gozarán de las vacaciones totales establecidas en el inciso c) cuando trabajen más de la mitad de los días laborables comprendidos en el año calendario o aniversario de trabajo de conformidad con las normas legales vigentes. Los/as trabajadores/as suplentes que no reúnan el tiempo mínimo percibirán en concepto de vacaciones el salario correspondiente a un día por cada veinte días efectivamente trabajados o fracción mayor de quince días hasta los cinco años de antigüedad. Luego de cinco años de antigüedad y hasta los diez el salario por vacaciones se duplicará y desde los diez años en adelante se triplicará".

Si bien el texto habla de "percibir" y no de "gozar" es habitual que el trabajador los goce, o sea se tome sus vacaciones. Si trabaja los sábados deberás hacer el cálculo de cuántos sábados trabajó durante el año 2016. Ejemplo: supongamos que trabajó 4 sábados por mes por 12 meses: 48 sábados / 20 = 2.4 sábados o sea que quedan 2 sábados de vacaciones. Como tiene más de 5 años de antigüedad el valor de cada día debe duplicarse. Con los actuales valores por hora ($139) cada sábado de trabajo deberías abonar $417 ($139*3). Un sábado de vacaciones deberías abonarlo $834 ($417*2).

Espero que el ejemplo haya sido claro.

Un saludo grandote.

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