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Ahora se permite a la inmobiliaria obtener el COTI, previa autorización del propietario, liberando a éste de la obligación de gestionar la misma.

Ahora se permite a la inmobiliaria obtener el COTI, previa autorización del propietario, liberando a éste de la obligación de gestionar la misma.

Resolución General AFIP 2371

Facilidades para gestionar el COTI

[BPN-05/11/08] La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó cambios a la Resolución General AFIP 2371 que obliga a obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI), con carácter previo a una negociación, oferta o transferencia de un bien inmueble o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, siempre que el precio de la operación o la base imponible fija a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios, tributos similares o valor fiscal vigente resulten iguales o superiores a los 300 mil pesos.

A partir de la Resolución General 2506, se permite a la inmobiliaria obtener el COTI, previa autorización del propietario, liberando a éste de la obligación de gestionar la misma.

Recordemos que antes se establecía que en los casos en que los titulares no hubieran cumplido con la obligación de obtener el COTI e interviniera una inmobiliaria, está última estaba obligada a comunicar esta situación a la AFIP informando todos los datos que se requieren para obtener el COTI. Sin embargo esta gestión de la inmobiliaria no relevaba al propietario del cumplimiento de la obligación de obtener el COTI.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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