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Novedades Fiscales


Sede de la AFIP frente a Plaza de Mayo.

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Administración Federal de Ingresos Públicos

Inminente resolución sobre las facturas de los monotributistas

[BPN-24/12/14] La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) confirmó que en los próximos días emitirá una resolución general para que los monotributistas puedan utilizar hasta su agotamiento las facturas que tienen en stock. Eso será posible siempre y cuando los contribuyentes le informen al fisco -en la forma y plazo que establezca el ente recaudador- la cantidad y el número de boletas existentes. Así lo informó el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) el pasado 16 de diciembre.

Por otra parte, según medios periodísticos, el 11 de diciembre la AFIP había aclarado que tendrá en cuenta la situación de aquellos monotributistas que ya habían impreso sus facturas de buena fe pero no la de quienes imprimieron más boletas para evadir la nueva obligación de contar con una autorización electrónica.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 536 de 10/12/14: "Los monotributistas podrán seguir usando sus facturas viejas".

BPN Nº 532 de 24/10/14: "Año nuevo facturas nuevas".

Esta salvedad surgió en respuesta a los dichos de Ricardo Echegaray, titular del fisco, quien el primero de diciembre había anunciado que aquellos monotributistas que ya tenían impresas y autorizadas sus facturas podían seguir utilizándolas hasta que se les acabe el stock.

De acuerdo a la prensa, "fuentes del organismo aseguraron que esto no tendrá carácter general pues se tendrá en cuenta la situación de quienes de buena fe hicieron talonarios en octubre y tienen todavía un importante stock, pero no se avalará a quienes imprimieron –por ejemplo- 500 facturas para evitar durante el mayor tiempo posible el control del Código de Autorización de Impresión (CAI)".

Es de recordar que el pasado 4 de septiembre, el fisco había estableció mediante las resoluciones 3.665 y 3.666, un nuevo procedimiento para que los monotributistas que impriman sus facturas "C" deban incluir en ellas el CAI. Además, había dispuesto que los monotributistas y exentos en IVA que recomiencen la emisión de sus comprobantes lo hagan desde el número 00000001 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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