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Novedades Fiscales


Ricardo Echegaray, titular de la AFIP.

Ricardo Echegaray, titular de la AFIP.

AFIP

Definitivo, las facturas viejas de los monotributistas se podrán usar

[BPN-07/01/15] Los monotributistas que hayan impreso facturas antes del primero de noviembre de 2014, podrán seguir utilizándolas siempre y cuando cumplan con determinadas condiciones. Así los dispuso el 5 de enero Ricardo Echegaray, titular de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), mediante al Resolución General 3.704.

De acuerdo a lo establecido por la norma, obtendrán este beneficio quienes informen los datos de los comprobantes ante el fisco, quienes no usaron talonarios impresos conforme a lo previsto por la Resolución General N° 3.665 (Régimen de emisión de comprobantes), quienes tengan facturas impresas sin uso y quienes cuenten con boletas en proceso de impresión.

Desde el sitio Web de la AFIP (https://www.afip.gob.ar), los contribuyentes podrán comprobar si los talonarios están habilitados e ingresar los números de las facturas viejas que piensan usar. Una vez que se haya completado la clave fiscal del usuario, se deberá ir al apartado "Autorización de Impresión de Comprobantes" y hacer click en la opción "Régimen de Información de comprobantes en existencia". La aplicación estará disponible hasta el 31 de marzo de este año.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 538 de 24/12/14: "Inminente resolución sobre las facturas de los monotributistas".

BPN Nº 536 de 10/12/14: "Los monotributistas podrán seguir usando sus facturas viejas".

BPN Nº 532 de 24/10/14: "Año nuevo facturas nuevas".

La resolución que fue publicada el pasado 6 de enero en el Boletín Oficial contó con 5 artículos de los cuales uno es de forma. Según Echegaray, su objetivo es facilitarles a los contribuyentes y responsables "el cumplimiento de sus obligaciones fiscales".

Antecedentes

El pasado 4 de septiembre, el fisco había establecido mediante las resoluciones 3.665 y 3.666, un nuevo procedimiento para que los monotributistas que impriman sus facturas "C" deban incluir en ellas el Código de Autorización de Impresión (CAI), es decir que antes de imprimir las boletas debían pedir autorización al fisco vía Internet. En esa oportunidad se estableció que el nuevo régimen iba a comenzar a regir el primero de noviembre de 2014 y que quienes todavía poseían comprobantes en stock iban a poder utilizarlos hasta el 31 de diciembre de ese año.

Sin embargo, el primero de diciembre Echegaray anunció que aquellos monotributistas que ya tenían impresas y autorizadas sus boletas iban a poder seguir utilizándolas hasta que se les acaben. Días después, el 11 de diciembre, la AFIP aclaró que iba a tener en cuenta la situación de aquellos contribuyentes que ya habían impreso sus facturas de buena fe pero no la de quienes imprimieron más comprobantes para evadir la nueva obligación de contar con una autorización electrónica.

Finalmente, el pasado 16 de diciembre el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) adelantó que en los próximos días la AFIP iba a emitir una resolución general para que los monotributistas puedan utilizar las facturas que tenían en stock hasta su agotamiento Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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