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Novedades Fiscales


El impacto del aumento disminuye a medida que se avanza en las escalas del régimen.

El impacto del aumento disminuye a medida que se avanza en las escalas del régimen.

AFIP

Aumentó en $90 la obra social del monotributo

[BPN-19/06/15] La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentará a los monotributistas en 90 pesos el monto fijo que se aporta a la obra social o al Sistema Nacional del Seguro de Salud. Hasta ahora se pagaba –por este servicio- 233 pesos y a partir del mes de julio se fijó en 323 pesos lo que equivale a un incremento del 38,63%.

Sin embargo –por tratarse de una suma fija- la incidencia que tendrá este aumento en la cuota total del monotributo de las distintas categorías será dispar: la categoría más baja (Categoría B, para ingresos anuales de hasta $48 mil) sufrirá un incremento del 20% mientras que la más alta (Categoría F con una facturación mensual de $16 mil) tendrá un incremento de 12,76% para aquellas personas que facturen bienes muebles y de 11,39% para quienes presten servicios.

Es de recordar que el Monotributo consta de tres componentes de pago: el de la obra social, el previsional (SIPA) y el impositivo. Mientras que este último diferencia los importes a pagar según el monto que factura el contribuyente, por la salud y la jubilación se abona lo mismo en todos las categorías. Así, el impacto del aumento disminuye a medida que se avanza en las escalas del régimen.

Quedarán excluidos aquellos que además de ser monotributistas trabajen en relación de dependencia, dado que en esa modalidad de tributar sólo se aporta el componente impositivo.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 526 de 06/08/14: "La obra social de los monotributistas subirá un 60%".

Así lo estableció el fisco el pasado 30 de mayo mediante la Resolución 3.775, firmada por Ricardo Echegaray, titular del ente recaudador. La norma que consta de 4 artículos de los cuales uno es de forma, fue publicada en el Boletín Oficial el 1° de junio.

De acuerdo a la AFIP, el cambio en el valor que los trabajadores del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes deben abonar se debe a razones de administración tributaria y a la necesidad de mantener el debido financiamiento del sistema para garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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