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Novedades Laborales


Se extendería a 120 días la licencia por maternidad y se les otorgarían 25 días al padre.

Se extendería a 120 días la licencia por maternidad y se les otorgarían 25 días al padre.

Ley de Contrato de Trabajo

Buscan crear la licencia por violencia de género

[BPN-24/11/16] El 3 de noviembre, cinco diputados nacionales presentaron un proyecto de ley para extender el plazo de las licencias especiales, particularmente las referidas a la maternidad y paternidad, e incorporar nuevas. Para lograr su objetivo, propusieron modificar la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744).

De aprobarse esta iniciativa, se van a incorporar licencias por violencia de género, para poder visitar al niño que se pretende adoptar y para el cuidado de persona a cargo o cónyuge enfermo o sometido a técnicas de reproducción médicamente asistidas. Además, se va a modificar el artículo 177º para extender de 90 a 120 días las licencias por maternidad y se les otorgarán 25 días de corrido al personal masculino desde el nacimiento de su hijo (Art. 177° bis). En el caso de familias homoparentales, los adoptantes o progenitores podrán elegir cuál de ellos gozará la licencia correspondiente a maternidad y cuál a paternidad (Art. 177° ter).

El proyecto es de autoría de cuatro diputados de la Unión Cívica Radical, María Soledad Carrizo, Eduardo Raúl Costa, Olga Rista, Mario Domingo Barletta, y una diputada de Unión Pro, Samanta Acerenza. La iniciativa busca modificar los artículos 158° y 177° e incorporar los artículos 177° bis y ter. El número de expediente es 7.805 y tiene seis artículos, uno de ellos es de forma <texto original>.

Artículo 158°

El artículo 158° actualmente estipula que al trabajador le corresponden dos días corridos por el nacimiento de hijo; 10 por matrimonio; 3 por fallecimiento del cónyuge o pareja de matrimonio, de hijo o de padres; 1 día por fallecimiento de hermano y dos días corridos por examen de enseñanza media o universitaria con un máximo de 10 días por año.

Los autores plantearon que este artículo quede redactado de la siguiente manera:

"El trabajador gozarán de las siguientes licencias especiales:

a) Por matrimonio, 10 días corridos.

b) Por fallecimiento de alguno de los padres, 3 días; y por fallecimiento de hijo, 5 días.

c) Por fallecimiento de hermano, 3 días corridos.

d) Para rendir examen en la enseñanza primaria, media o universitaria, 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.

e) Por haber padecido o padecer la trabajadora violencia de género, en cualquiera de las formas enumeradas en la Ley N° 26.485, previa acreditación de constancia de intervención de la Autoridad Judicial o Sanitaria por violencia, 5 días corridos, con un máximo de 15 días por año calendario.

f) Para visitar al niño, niña o adolescente que se pretende adoptar, 2 días con un máximo de 10 días por año desde que el o la adoptante inicie sus visitas previas a la tenencia en guarda con fines a adopción hasta su otorgamiento por el juez competente;

g) Para el cuidado de persona a cargo, cónyuge, conviviente enfermo o sometido a técnicas de reproducción medicamente asistidas, 2 días con un máximo de 10 días por año. La licencia será de 3 días con un máximo de 15 días por año si el enfermo fuese el cónyuge o conviviente y tuviesen hijos menores de edad a cargo".

Fundamentos

Los autores explicaron que es necesaria la modificación de la Ley de Contratos de Trabajo, en lo referido al régimen de licencias, porque son fundamentales para el desarrollo infantil de los hijos de los trabajadores. "Estamos hablando de respetar los derechos de los niños al cuidado temprano y la estimulación de sus padres que, está demostrado, contribuyen a un mejor desarrollo de sus funciones básicas y cognitivas", aclararon.

Además, agregaron que la legislación argentina "quedó atrás" respecto a los estándares internacionales y las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo. "En la actualidad, no sólo no llegamos al mínimo recomendado de 14 semanas en licencias por maternidad, sino que además la licencia por paternidad es tan sólo de dos días corridos; de esta manera, se crea una brecha de género que responsabiliza sólo a la mujer y minimiza el rol del padre en la vida de los niños, afectando su desarrollo y perpetuando patrones culturales de desigualdad", manifestaron Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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