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Sede del Registro Público de Administradores.

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Registro Público de Administradores porteño

El 31 de octubre vencen las DDJJ del año pasado

[BPN-10/10/17] El 5 de octubre, el Registro Público de Administradores (RPA) porteño recordó que el 31 de octubre vence el plazo para iniciar la presentación de las Declaraciones Juradas (DDJJ) anuales. Resaltaron que quienes no cumplan serán considerados incursos en la infracción contemplada por el artículo 12º y el inciso g) del artículo 15º de la Ley 941.

El artículo 12º establece que los administradores inscriptos en el Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe con el siguiente contenido, el que tendrá carácter de Declaración Jurada...". El inciso g) del artículo 15º determina que "son infracciones a la presente ley [...] el incumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 12º".

El cronograma fue establecido mediante la Disposición 3.920 del 28 de octubre de 2016 (BO: 1/11/16) y que fuera firmada por Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño.

La notificación la realizó el RPA un día antes de la fecha de la carta [¿...?] mediante una circular que distribuyó por correo electrónico Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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