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Escudo de Bariloche.

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Proyecto de ordenanza

Avanzan en la creación de un RPA en Bariloche

[BPN-11/07/17] Luego de un año, el 13 de junio se reunió el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche para avanzar en el tratamiento del Proyecto de Ordenanza 157/16 que propone la creación de un Registro Municipal de Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal.

Según un medio local, la comisión fue presidida por Claudia Contreras del bloque Juntos Somos Bariloche (JSB), quien fue una de las autoras del proyecto junto a los seis concejales del mismo bloque: Julia Fernández, Viviana Gelain, Andrés Martínez Infante, Gerardo Ávila, Diego Benítez y Cristina Painefil.

El proyecto había sido presentado el 27 de junio del 2016 [1] y cuenta con 21 artículos, uno de ellos de forma. Colaboraron en su realización Guillermo Perca de OMIDUC [2], Luis Cionfrini, secretario general del SUTERH de la Provincia de Río Negro, y Rosario Armas <texto original>.

Fundamentos

Es de recordar que, en palabras de sus autores, el objetivo principal de la propuesta es "dotar a los consorcistas de herramientas concretas, al alcance de cualquier vecino de la ciudad, a fin de regularizar y visualizar la tarea de los administradores de consorcios, las contrataciones, gastos, obras y mantenimiento, que repercuten directamente en las expensas de los administrados".

En caso de ser aprobado, el proyecto establece que el organismo de control designado será la Oficina Municipal de Información y Defensa al Usuario y Consumidor (OMIDUC) y su función será "solucionar los conflictos" y sancionar a aquel administrador de consorcio que "incumpla con los deberes y obligaciones a su cargo", pudiendo declarar su "inhabilitación para ejercer cuando las faltas fueran reiteradas o graves".

Además, esta iniciativa plantea la obligatoriedad de inscripción a todas las personas "físicas o jurídicas" que administren de forma onerosa o gratuita uno o más consorcios de propiedad horizontal. En esto se asemeja al Registro Público de Administradores (RPA) de la Ciudad de Buenos Aires y se diferencia del proyecto de ordenanza de Santa Fe, que excluye de la obligación de inscripción a los consorcios autoadministrados, aunque cobren por ello.

Por último, sus autores destacan que como los administradores "manejan fondos ajenos", esta normativa lo que pretende es generar "la transparencia necesaria en esta relación comercial [entre el administrador y el consorcio] de tanta confianza" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 584 del 1/09/16: "Un Registro Público de Administradores para Bariloche".

[2] OMIDUC: Oficina Municipal de Información y Defensa al Usuario y Consumidor.

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