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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dr. Pablo AcuñaContesta el Dr. Pablo Acuña

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Nosotros tenemos la intención de adecuarnos

Buenas tardes.

Trabajo en una administración de consorcios y necesitamos saber cómo debe implementarse el nuevo sistema de liquidación de expensas: Mis Expensas III. 

Hasta donde entiendo, el Gobierno de la ciudad estableció un formulario único pero a la vez recalca que se trata de un modelo digital. 

Lo que no entiendo es si esta parte digital que se requiere que se implemente se encuentra al acceso de cualquiera de manera gratuita o si el consorcio debe incurrir en un gasto para comprar un sistema mediante el cual se pueda llevar a cabo todo lo que exige esta nueva reglamentación.

Nosotros tenemos la intención de adecuarnos a este nuevo sistema pero no se comprende el modo en que se debe realizar.

Le agradezco que me aclare esta duda.

Saludos.

Carolina.
(29/07/2015)

Estimada Carolina:

El modelo resulta una sugerencia orientativa, pero como bien Ud. indica, en este caso se trata de un formulario. Por lo tanto, no resultaría modificable con los inconvenientes que ello constituye, toda vez que dicha estructura lejos está de comprender todas las variables que un inmueble sometido al régimen de la propiedad horizontal puede presentar.

Oportunamente, entidades reconocidas en nuestro ámbito especializado de trabajo -como AIPH y la LCPH- coincidieron en que se trataba de un modelo aplicable siempre y cuando el consorcio por asamblea no determine otra cosa. Por ende, en una asamblea válidamente convocada y cuyo orden del día esté destinado en un punto para el tratamiento específico del tópico, podría decidir apartarse de este formulario para continuar, por ejemplo, con el formato de liquidación que hasta el momento se utiliza. Esto, dado el carácter soberano de la asamblea.

De no contar con esto, el administrador puede ser denunciado si no utilizare el formulario (salvo en el caso que tenga un acta donde la asamblea disponga en contrario). Las multas dispuestas por la norma son exorbitantes (ahorrándonos las otras categorizaciones jurídicas de tamaña “medida disciplinaria”).

Ahora bien, la implementación del nuevo Código Civil y Comercial impone al consorcio la obligatoriedad de cumplir reglamentaciones locales respecto a normas de seguridad y verificaciones (Art. 2.067 Inc. c)). Por su parte, el inciso i) del mismo artículo también habilita a los nuevos libros que este tipo de disposiciones busquen implementar. Esto deja en claro que no hay chance de escoger someterse o no. Sin embargo, lo anterior está específicamente apuntando a disposiciones que no están relacionadas a la modalidad de los estados contables, balances y afines. Por tanto, creería que la soberanía de la asamblea no fue subyugada en este aspecto.

Por modalidad digital se refiere a que los propietarios deben tener un acceso al mismo por la vía mencionada. Esto puede ser a través de la Web del administrador (si está preparada para ello), el envío de mails a las casillas de los últimos, o bien la contratación de un sistema que habilite portal a los efectos. Pero esto último no es obligatorio. En el caso de estar queriendo evitar la contratación de las plataformas de liquidación de expensas, el envío de los correos electrónicos resulta, a simple vista, el método más simplificado de cumplimentar con el requerimiento de difusión digital.

La mayoría de los sistemas del mercado ya están adecuados al formulario. De lo contrario, aquí puede encontrar el pdf. para descargar e imitar: https://www.buenosaires.gob.ar/defensaconsumidor/misexpensas.

O bien hay otras Webs que, directamente, lo proporcionan en formato xls. (que se me ocurre que es la modalidad por Ud. utilizada si aún no cuenta con sistema alguno).

Esperando haber sido de utilidad, le saludo muy Atte.

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Pablo Acuña es abogado, administrador y director del medio Pintando Horizontes de la localidad de Caseros, partido de 3 de Febrero, en la Pcia. de Buenos Aires. Para cualquier consulta se lo puede contactar en su comunidad de Facebook https://www.facebook.com/pintandohorizontes, en su cuenta de Twitter https://twitter.com/pintandohorizon o mandar un email a pabloa@alas-admconsorcios.info.

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