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Proyecto de ley nacional Proponen eliminar los colegios profesionales [BPN-15/05/25] El pasado 16 de abril la diputada nacional Marcela Marina Pagano (La Libertad Avanza) presentó un proyecto de ley que busca desregular la actividad de los profesionales universitarios y no universitarios. Para lograrlo propone eliminar la obligación del pago de "tasas regulatorias, cuotas colegiales o cualquier otro tipo de contribución obligatoria que restrinja o condicione el ejercicio profesional". Sostiene que de esta forma garantizará la igualdad de oportunidades para todos los profesionales y promoverá el ejercicio libre de las profesiones en diferentes jurisdicciones" (artículo 1º). En su lugar, la iniciativa busca crear un Registro Nacional de Profesionales Universitarios y no Universitarios en el ámbito del Ministerio de Capital Humano de la Nación en el que deberán inscribirse gratuitamente todos aquellos que cuenten con un título de validez nacional para ejercer su profesión en todo el territorio de la República. Dicho Registro reemplazará la matrícula obligatoria en los respectivos colegios, consejos, asociaciones de profesionales y organismos análogos (artículo 2º). El proyecto ingresó por mesa de entradas con el número de expediente 1677-D-2025, consta de ocho artículos de los cuales uno es de forma y está previsto que pase por las comisiones de Educación, Legislación General y Presupuesto y Hacienda [ texto original].Sus argumentos La diputada nacional argumentó: "La matrícula obligatoria es un requisito que, en la mayoría de los casos, impone cargas económicas considerables a los profesionales para poder ejercer su actividad. Un ejemplo claro de ello se observa en el ámbito de la abogacía, donde la matrícula, por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires, para el ejercicio de la profesión, tiene un costo de 2,6 UMA (que en enero de 2025 se estipuló en $67.632), lo que equivale a $175.800". Agregó también: "Además del pago obligatorio a los colegios profesionales, existen tasas regulatorias adicionales, que dificultan aún más el ejercicio de profesiones en áreas especializadas". Finalizó señalando: "El presente proyecto tiene como propósito desregular la actividad de los profesionales universitarios y no universitarios, eliminando la obligación del pago de tasas regulatorias, cuotas colegiales o cualquier otro tipo de contribución obligatoria que restrinja o condicione el ejercicio profesional". ¿Qué dice la ley? Actualmente el artículo 1º del Decreto 2.293 del año 1992 [ texto original] firmado por el presidente Carlos Menem y los ministros Domingo Cavallo y Jorge Maiorano ordena:
Los colegios y la propiedad horizontal Es de recordar que a lo largo de los últimos 25 años hubo innumerables intentos y propuestas en diferentes lugares del país para colegiar a los administradores de consorcios. Para mencionar una del pasado cercano, el último 13 de agosto una legisladora del bloque Socialista, Varinia Drisun, presentó en la Cámara de Diputados de Santa Fe un proyecto de ley que busca crear un Colegio de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios en toda la provincia [1]. Una
profesión relacionada con la propiedad horizontal que sí logró la
colegiatura en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la de Corredor
Inmobiliario. Luego de una larga lucha, el 17 de mayo de 2007 se aprobó
en la Legislatura porteña la Ley 2340 que creó el Colegio Único de
Corredores Inmobiliarios con el voto unánime de los 31 legisladores
porteños presentes [2] --- [1] BPN Nº 788 del 15/11/24: "Buscan crear un Colegio de Administradores en Santa Fe". [2] BPN Nº 322 del 05/06/07: "Esta vez llegó para quedarse". |
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