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Proyecto de ley porteño Ahora quieren que los consorcios compren desfibriladores
De ser aprobada, la iniciativa impondría un costo significativo a los consorcistas porteños. Teniendo en cuenta que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) existen 20.552 edificios con más de 20 unidades funcionales y que cada DEA cuesta más de 2,6 millones de pesos (aproximadamente u$s 1.848), se estima que el costo total de la nueva norma ascendería a casi 38 millones de dólares o 54 mil millones de pesos. Mantenimiento y registro obligatorio De aprobarse la ley, los consorcios serán responsables del correcto funcionamiento del equipo, debiendo mantenerlo en excelente estado operativo. El artículo 2º del proyecto establece que "los equipos deberán contar con mantenimiento y control periódico conforme a las normas técnicas establecidas por la autoridad de aplicación y las indicaciones del fabricante". Esta verificación supone un costo extra a los necesarios para el mantenimiento básico del aparato (baterías y parches). Además, el legislador propone crear un "Registro de Desfibriladores en Edificios de Propiedad Horizontal de la CABA" bajo la órbita del Ministerio de Salud local. Los datos a consignar son: 1.- Identificación y ubicación del edificio. 2.- Cantidad y localización de los DEA instalados. 3.- Fecha de instalación y última verificación técnica. 4.- Personal capacitado y fecha de capacitación. Si bien el proyecto especifica la información requerida, no detalla quién será el responsable de cargarla ni con qué periodicidad.
Responsabilidades y conexión con otra iniciativa El artículo 6º establece que "el consorcio será responsable del correcto mantenimiento y funcionamiento del equipo", lo que podría generar responsabilidades jurídicas tanto para los consorcios como para sus administradores. Este proyecto se vincula con otra iniciativa de Matías Barroetaveña que propone restablecer la obligatoriedad anual del Curso del SERACARH para los trabajadores de edificios con más de 20 unidades funcionales, agregando como tema de estudio la "reanimación cardiopulmonar (RCP)". Un poco de historia La idea de la obligatoriedad de los DEA en espacios concurridos no es nueva: En diciembre de 2011, la Legislatura porteña aprobó la Ley 4.077, que obligaba a los "lugares públicos y privados de concurrencia masiva o de alto riesgo" en la CABA a adquirir un DEA. En su momento, se dudó si esta ley alcanzaba o no a los consorcios. En
2022, el Decreto Nacional 402/2022 (que reglamentó la Ley
Nacional 27.159) definió la obligatoriedad de disponer de un DEA para
lugares con "concentración o circulación superior a 1.000 personas
por día" |
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