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Consorcios en tiempos de pandemia

Proyecto para flexibilizar las áreas al aire libre en consorcios

María Rosa Muiños [Foto Legislatura porteña]

María Rosa Muiños [Foto Legislatura porteña]


[BPN-15/06/20] El pasado 7 de mayo, la legisladora María Rosa Muiños (Frente de Todos), presentó un proyecto de ley para que el Gobierno porteño establezca un protocolo destinado a reglamentar el uso de las áreas de esparcimiento en espacios comunes "al aire libre" de los consorcios como ser terrazas, parques o patios. Excluyó explícitamente del mismo los juegos para niños, gimnasios, natatorios o salones de usos múltiples (SUM) (artículo 4º).

Muiños explicó que el objeto de este proyecto de ley "es mitigar el impacto sobre la salud psicofísica que produce el aislamiento social preventivo y obligatorio en la población que habita edificios y complejos habitacionales de la Ciudad" (artículo 2º).

Es de resaltar que el permiso para el uso de las áreas comunes autorizadas se otorgaría a cada consorcio previa solicitud de su administrador luego de ser evaluada por "la autoridad sanitaria y de la autoridad gubernamental de control" (artículo 5º).

El proyecto de ley ingresó a la Legislatura porteña bajo el número 972-D-2020, consta de nueve artículos de los cuales uno es de forma y se encuentra en la Comisión de Legislación General <texto original>.

Cronograma

El consorcio deberá establecer un cronograma diario o semanal de acceso a sus espacios al aire libre que deberá ser autorizado por la o las autoridades de aplicación de la ley (artículo 6º). Según el artículo 7º de la iniciativa éste deberá contener:

a) El tiempo máximo que los integrantes de cada unidad habitacional puede usar el beneficio.

b) La franja horaria que a cada unidad le corresponde.

c) El uso exclusivo de una unidad habitacional en cada franja horaria.

d) La obligación de que niños y niñas permanezcan acompañados/as y al cuidado de un adulto responsable de su grupo conviviente en ese edificio o complejo habitacional.

Controles

Por último, la autoridad gubernamental de control deberá verificar el efectivo cumplimiento de lo establecido por la ley, su reglamentación y el cumplimiento de lo autorizado para cada consorcio (artículo 8º).

Fundamentos

La legisladora del Frente de Todos argumentó: "Diversas instituciones vienen planteando públicamente la necesidad de generar alguna estrategia de fortalecimiento de la salud permitiendo la habilitación –parcial y regulada- para el uso de espacios al aire libre, como un medio para mitigar los impactos secundarios y dañinos que provoca el encierro por la cuarentena", y agregó: "El día 8 de abril próximo pasado, UNICEF ha emitido un Documento en el cual el Comité de Derechos del Niño advierte sobre el grave efecto físico, emocional y psicológico de la pandemia COVID-19 en los niños, y hace un llamado a los Estados para proteger sus derechos".

Puntualmente señaló: "En su recomendación, insta a los estados miembros a "explorar soluciones alternativas y creativas para que los niños disfruten de sus derechos de descanso, ocio, recreación y actividades culturales y artísticas. Dichas soluciones deben incluir actividades supervisadas al aire libre al menos una vez al día" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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