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Concejo Municipal de Rosario.

Concejo Municipal de Rosario.

Rosario

Ya se puso en marcha el RPA rosarino

[BPN-27/03/13] El 15 de marzo pasado se presentó y se puso en marcha el Registro Público de Administradores de Consorcios (RPA) de Rosario durante una reunión que se realizó en el Concejo Municipal de esa ciudad. Se encomendó al Tribunal Municipal de Faltas que determine los montos del régimen de sanciones y lo gire al Concejo para su reglamentación definitiva.

La presentación del flamante RPA se realizó a las 10 de la mañana en el Salón de los Acuerdos del Concejo Municipal de Rosario. Participaron de esta exposición Miguel Zamarini, presidente del Concejo, Daniela León (UCR), edila y autora del proyecto de ordenanza, Roberto Montero, titular de la Oficina Municipal del Consumidor (OMC), el Ing. Juan Carlos Lagrange, coordinador de la Asociación de Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH) filial Rosario, consorcistas y representantes de la Cámara de Administradores de Consorcios.

El RPA rosarino funcionará bajo la órbita de la Oficina Municipal del Consumidor, la cual depende del Poder Legislativo –Concejo Municipal- y no del Poder Ejecutivo como sucede en la CABA en la cual la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor está subordinada a la Jefatura de Gabinete.

El Concejo Municipal había creado el Registro el 6 de diciembre pasado, a través de la aprobación de la Ordenanza Nº 9.008. El registro atiende los martes, miércoles y jueves de 9 a 13 horas en las oficinas ubicadas en la calle Alem 1.046.

Se presentó el registro

La edila León explicó durante su presentación que el nuevo Registro "será público y obligatorio y deberán inscribirse todas aquellas personas que se desempeñen como administradores de uno o más consorcios en la ciudad".

Sin embargo, hay que tener en cuenta que la ordenanza establece en su artículo 2º que "quedan exceptuados de la obligación de inscribirse las personas físicas que, siendo propietarias de una unidad del consorcio y habiten la misma y/o inquilinos, lo administren en forma gratuita u onerosa y sea ése el único consorcio que administren."

Por otra parte, Montero manifestó que con este Registro se "beneficiarán tanto las empresas administradoras como los consorcistas, en tanto se convertirá en un instrumento más para regular la actividad y contribuirá a que haya reglas más claras".

Por último, Zamarini celebró que la OMC sea la responsable a cargo del nuevo RPA ya que el espacio de la oficina "no debe ser un espacio de tironeo político sino debe contar con la mayor independencia posible para atender las demandas de los consumidores".

La reglamentación

En diálogo con Pequeñas Noticias, Lagrange explicó que ya "corren los plazos para que los administradores se inscriban" aunque aclaró que aún falta que la norma sea girada al Tribunal Municipal de Faltas para que determinen los montos de las multas luego de lo cual regresará al Concejo Municipal: "es necesario reglamentar los montos del régimen sancionatorio que determine el Tribunal Municipal de Faltas".

Los puntos por los cuales se puede sancionar a los administradores infractores se encuentran detallados en su artículo 11º y son los siguientes:

"a. El ejercicio de la actividad de administrador de consorcios de propiedad horizontal sin estar inscripto en el registro creado por la presente ordenanza.

b. La contratación de la provisión de bienes o servicios o la realización de obras con prestadores que no cumplan con los recaudos previstos en el artículo 10º de la presente norma.

c. El falseamiento de los datos a que se refiere el artículo 3º [datos y requisitos para ser administrador] de la presente ordenanza.

d. El incumplimiento de la obligación impuesta por los artículos 7º [presentación de constancia de inscripción], 8º [obligaciones del administrador] y 9º [liquidaciones de expensas], cuando tales incumplimientos obedecieran a razones atribuibles al administrador".

Un largo camino

El primer intento de instituir un RPA en Rosario fue en el 2002. En ese momento se había votado su creación (Ordenanza Nº 7.312), pero como nunca se reglamentó la norma, el registro no entró en funcionamiento.

Tuvieron que pasar ocho años para que un concejal, en este caso Daniela León, presentara un nuevo proyecto de creación de un RPA que llevó el número de expediente 179457-P-2010 CM. Finalmente, la Ordenanza Nº 9.008 fue aprobada por el Concejo Municipal el 6 de diciembre de 2012, es decir dos años después de su presentación.

Es de recordar que hacía 13 años que la APIPH, filial Rosario, venía reclamando la implementación de un registro de administradores para esa ciudad [BPN Nº 483 del 26/12/12: "Se creó un RPA para la ciudad de Rosario"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Foto: www.concejorosario.gov.ar

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