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Mandatos de los administradores porteños

La CAPHyAI pidió extender la prórroga entre 60 y 90 días más

Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/08/20] El pasado 7 de agosto la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) solicitó a la directora general de Defensa y Protección del Consumidor, Vilma Bouza, una ampliación de 60 a 90 días al vencimiento del mandato de los administradores que hasta ahora está establecido en el 31 de agosto.

Explicaron que como su actividad no fue considerada esencial, finalizada la cuarentena, los administradores deberán ponerse al día con todos los trabajos pendientes: "Nuestro problema radica en que esta actividad no es esencial, por lo que los administradores sí están haciendo trabajos esenciales para el normal desarrollo de los consorcios, lo cual hace que además queden pendientes tareas las cuales se podrán cumplimentar con la finalización del aislamiento social".

Agregaron también que deben llamar a asamblea a cada consorcio cumpliendo con los plazos legales previstos en cada reglamento: "Sumado a esto, si agregamos los plazos legales que necesitamos para poder cumplir con el llamado a asamblea -por cada uno de los consorcios que administramos- necesitamos que una vez que retomemos la actividad, nos otorgue un plazo de 60 a 90 días para comenzar a cumplir con dicho compromiso".

Por último concluyeron: "Considerando su buena predisposición para acogerse con nuestro pedido, le agradeceríamos nos indique su opinión al respecto, ya que son miles los administradores que están pendientes de dicho tema y los cuales le van a agradecer".

La carta fue firmada por El Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la entidad que la difundió ese mismo día mediante una circular que distribuyó entre sus socios por correo electrónico Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


    

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