Cheques
También
los cheques sufrirán cambios
Serán
más grandes, de color verde y las modificaciones se aplican
por cuestiones de seguridad y técnicas. Igualmente las
chequeras actuales se podrán utilizar hasta diciembre del
año 2004.
El
Banco Central obliga a los bancos a entregar a sus clientes
las nuevas chequeras a partir del día 2 de enero de 2004,
aunque las actuales seguirán vigentes hasta fines de ese año
y no implicará un costo extra para el usuario, según el
matutino Clarín del día 15 de agosto.
Algunos
de los cambios serán mayores dimensiones en cuanto al tamaño
que facilitará los endosos, el logo del banco emisor deberá
estar en el margen izquierdo, en forma vertical y todos serán
del mismo color, verde dólar.
Los
motivos para el cambio fueron de seguridad ya que a partir de
su utilización todos los sellados deberán realizarse en el
dorso para evitar fraudes al tapar leyendas y al tener todos
el mismo color se facilitará la digitalización del cheque
apuntando a que en el 2005 todas las cámaras compensadoras
estén interconectadas y los plazos en que se cobre un cheque
sea mínimo, sin importar dónde se realice y dónde se
efectivice. |
Dinero
en efectivo
Pagos
mayores a $1.000: ¡prohibidos!
No
tendrán efecto los pagos en efectivo superiores a 1.000
pesos, no serán válidos, ni serán computables como
deducciones, créditos fiscales y demás efectos tributarios.
El
12 de agosto se publicó en el BO la Resolución 1547 que
establece normas en pos de la prevención de la evasión
fiscal.
Ahora
los pagos totales o parciales superiores a $ 1000 deberán
realizarse a través de: a) depósitos en cuentas de entidades
financieras, b) giros o transferencias bancarias, c) cheques o
cheques cancelatorios, d) tarjetas de crédito, compra o
débito y e) facturas de crédito. Quedan exceptuadas las
escrituras traslativas de dominio de inmueble, pagos
efectuados a entidades financieras y pagos realizados ante un
juez en expedientes que tramite él mismo.
Todos
los cheques deberán librarse o endosarse a nombre del emisor
de la factura y cruzados. A los cheques comunes además se les
deberá agregar la leyenda "Para acreditar en
cuenta". El comprador deberá dejar constancia del medio
de pago y los datos del mismo en la factura o en el recibo,
anotando el número de las facturas abonadas en forma total o
parcial. |
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