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Gobierno de la CABA

Ahora las obras en contravención se pueden regularizar

Vista de consorcios de propietarios desde la Reserva Ecológica [Foto Pequeñas Noticias]

Vista de consorcios de propietarios desde la Reserva Ecológica [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/06/22] Desde el 1º de junio los porteños podrán regularizar las obras ejecutadas en contravención por falta de permisos o directamente en contravención a lo establecido en el Código de Edificación o en el Código Urbanístico. El beneficio durará hasta fin de año aunque queda a voluntad del Poder Ejecutivo su prórroga por seis meses más.

Con referencia a los consorcios es de destacar que quedan excluidas del Régimen Especial de Regularización de Construcciones y Obras "aquellas que afecten partes comunes y no cuenten con la conformidad de los copropietarios según lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación". Se exceptúa especialmente a aquellas que se debieron realizar para brindar condiciones de accesibilidad.

Quien desee regularizar una obra realizada en contravención a lo establecido en el Código de Edificación deberá pagar un recargo de acuerdo a la cantidad de metros cuadrados construidos en forma irregular:

La Ley 6478 ordena textualmente:

El propietario cuya obra se encuadre en el inciso a) del artículo 3°, podrá solicitar la regularización de la Obra en contravención en un plazo no mayor a seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, debiendo presentar los planos de lo efectivamente construido y acreditar el pago de los Derechos de Delineación y Construcción según la Ley Tarifaria vigente al momento de dicha presentación, con los siguientes recargos respecto de los referidos derechos:

a. Doscientos cincuenta por ciento (250%) para obras en contravención de menos de cien metros cuadrados (100m2) de superficie total en contravención construida.

b. Trescientos cincuenta por ciento (350%) para obras en contravención a partir de los cien metros cuadrados (100m2) y mil metros cuadrados (1000m2) de superficie total en contravención construida.

c. Setecientos por ciento (700%) para obras en contravención mayores a mil metros cuadrados (1000m2) de superficie total en contravención construida.

Por otra parte, las construcciones que cumplan con el Código de Edificación pero que no fueron oportunamente registradas, las obras que se realizaron con el fin de dar cumplimiento a condiciones de accesibilidad, las obras que se efectuaron en predios en proceso de reurbanización por ser barrios originados de modo informal y las construcciones en contravención a Código Urbanístico que no exceden los dos mil quinientos metros cuadrados estarán exentos del recargo sobre los derechos de Delineación y Construcción respecto a cada metro cuadrado construido.

La Ley 6.478 conocida también como Régimen Especial de Regularización de Construcciones y Obras fue sancionada el 2 de diciembre de 2021 y promulgada el 17 de ese mismo mes mediante el Decreto 408 (BO: 22/12/21) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


    

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