[BPN-02/07/08]
      En los últimos días, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma
      de Buenos Aires presentó a la Legislatura porteña un proyecto de ley
      para prevenir accidentes provocados por los andamios que se colocan en la
      vía pública.
      En una
      entrevista concedida a Pequeñas Noticias, el defensor adjunto de
      la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, el Arq. Atilio Alimena,
      explicó que la falta de protección genera una innumerable cantidad de
      accidentes. "Lo que estamos pidiendo no encarece ni complica el
      montaje de los andamios, no genera ningún tipo de alteración ambiental y
      no produce ninguna modificación en el armado. Solicitamos el
      recubrimiento de los parantes para evitar los cientos de golpes y
      enganches que sufrimos los que pasamos caminando", destacó.
      Subrayó que
      lo que motivó la preparación de este proyecto fue algo muy simple:
      "el año pasado, tuve que viajar a España por una serie de reuniones
      y un seminario. Me llamó la atención que todos los andamios estuvieran
      recubiertos. Me pareció una medida muy inteligente y cuando me reuní con
      las autoridades les pregunté si era normal que se hiciera eso y me
      contesto que allá no era "normal" sino "norma", era
      una condición de seguridad".
      Alimena
      reflexionó que si bien las empresas en el exterior son las mismas que en
      la Argentina, aquí no los recubren porque no hay ninguna norma que los
      obligue a hacerlo.
      
        
          | Atilio
            Alimena
 Por
            sí
 mismo Hasta
            el año 2000, ejercí mi profesión de arquitecto y siempre trabajé
            en el campo técnico. Comencé en el ámbito público en los años
            90. Yo era el típico ciudadano argentino que sabía que existía la
            política pero que creía que se ocupaba de eso la gente que le
            gustaba o los que no tenían mucho que hacer. En
            los 90 decidí empezar a tener algún tipo de contacto en ese
            ámbito. Hasta el 97 participé muy poco porque yo me dedicaba más
            a mi profesión aunque empecé a ayudar a un concejal en temas de
            planeamiento urbano, por ejemplo, en lo que fue la norma para el
            control de ascensores. En
            1994, me invitaron a hacerme cargo durante 8 meses de lo que era la
            Dirección General de Inspección Municipal. En
            1997, comencé a participar más activamente en lo que fue la
            constitución del partido Acción por la República. En el
            2000, fui candidato a legislador y en ese momento, ya electo,
            abandoné mi profesión porque opté por ese nuevo desafío. Entre
            2000 y 2003, fui legislador y a fines de 2003 tenía la opción de
            renovar la banca o presentar mi candidatura para trabajar en la
            defensoría del pueblo y me decidí por el cargo en la defensoría. | 
      
      Según él, la
      implementación de protecciones acolchadas sobre los parantes verticales
      de los andamios, puede ser resuelta de una forma simple y a bajo costo en
      relación a los valores de compra y/o alquiler de dichas instalaciones:
      "en Europa, por ejemplo, se utilizan planchas de poliuretano que
      envuelven los parantes y se sujeten con precintos plásticos".
        
      El poder de
      policía del Estado
      
      Consultado por
      este medio acerca de si la ciudad cumple con el poder de policía para
      controlar si se respetan las normas ya existentes, subrayó que en la
      defensoría tuvieron muchos reclamos y que notan que muchas veces la
      ciudad no cumple con el poder de policía.
      Sin embargo,
      advirtió que hay que tener en cuenta que "al no haber un poder de
      policía continuo, severo donde uno realmente tenga el temor de cometer
      una infracción o de producir una lesión y al no existir eso como una
      estructura cotidiana de vida y de cultura social, tendríamos que tener un
      inspector por obra o por cuadra porque la realidad es que a nivel
      profesional y a nivel social no está el celo o la responsabilidad que
      correspondería y que todos deberían tener".
      
      El proyecto de
      ley
      
      El proyecto de
      ley establece que un andamio sobre la vía pública se colocará dentro de
      los límites del recinto autorizado para la valla provisoria, cuidando de
      no ocultar las chapas de nomenclatura, señalización, focos de alumbrado
      y bocas de incendio que se protegerán para su perfecta conservación y
      uso.
      Si se
      afectaran soportes de alumbrado u otro servicio público, debe darse aviso
      con anticipación no menor de 15 días para que las entidades interesadas
      intervengan como mejor corresponda. Las chapas de nomenclatura y
      señalamiento, se tendrían que fijar al andamio en forma visible desde la
      vía pública y serán recolocadas en la situación anterior sobre los
      muros.
      En acera de
      ancho igual o inferior a 1,50 metros, una vez ejecutadas la estructura o
      muro de fachada hasta el entrepiso sobre piso bajo en la línea municipal
      se retirara la parte del andamio, conjuntamente con la valla provisoria,
      dejando un alto libre no menor de 2,50 metros sobre el solado de la acera. En
      casos especiales, la Dirección puede autorizar otros dispositivos,
      siempre que ofrezcan seguridad y comodidad para el tránsito.
        El
      andamio deberá ser quitado a las 24 horas después de concluidas las
      obras, o a los 15 días después de paralizadas salvo si esa paralización
      fuera impuesta por más tiempo o por otra circunstancia de fuerza mayor
      (sentencia judicial). Si por cualquier causa se paraliza una obra por más
      de 2 meses, se quitará el andamio, valla provisoria o cualquier otro
      obstáculo para el tránsito público. Además, la Dirección puede exigir
      dentro de un plazo que ella fije, los trabajos complementarios que estime
      indispensables para que tanto la obra en sí como los elementos
      transitorios que en ella se empleen (andamios, puntales, escaleras),
      reúnan condiciones de seguridad y mínima estática cuando sean visibles
      desde la vía pública.
      La falta de
      cumplimiento a lo dispuesta motivará la ejecución de los trabajos por
      administración y a costa del profesional, empresa o propietario
      responsable, sin perjuicio de las penalidades que correspondan.
