|  Matafuegos
 Se jubilarán
      a los 20 años [BPN-02/07/08]
      El director de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad
      Autónoma de Buenos Aires dispuso que no se permita la instalación,
      recargo y/o reparación de extintores cuya vida útil supere los 20 años
      contados desde la fecha de su fabricación. Así lo establece la
      disposición Nº 2614 / 2008 publicada en el Boletín Oficial el 22 de
      mayo, que cuenta con 5 artículos y comenzará a regir a partir de los 180
      días de su publicación. Esta norma fijó que la vida útil de los extintores deberá estar
      especificada por el fabricante sobre la base de su utilización de acuerdo
      a las condiciones de servicio establecidas. Una vez alcanzada la vida
      útil máxima, los extintores deberán ser inutilizados. Estas
      prescripciones de instrucciones técnicas son aplicables a los extintores
      manuales y rodantes con carga de polvo químico secos o gases limpios no
      superior a 100 kilogramos con carga de agua y espumas no superior a 100
      litros y con carga de dióxido de carbono (CO2) no superior a 10
      kilogramos. En el caso de
      los extintores que posean carga de dióxido de carbono (CO2), el plazo
      previsto de vida útil será de treinta años contados desde la fecha de
      su fabricación. La Ley 2231 Entre los
      considerandos, subrayaron que determinar un tiempo de vida útil para los
      extintores "implica una pronta e imperiosa exigencia que debería
      incluir la normativa vigente en la materia, a fin de garantizar el grado
      de seguridad de los usuarios en la utilización de los mismos". Al mismo
      tiempo, tuvieron en cuenta un informe remitido por la Consultora en
      Ingeniería, Salud, Seguridad Ocupacional, Medio Ambiente & Calidad a
      la Cámara Argentina de Lucha contra el Fuego (CALCEF), en
      el que profesionales ingenieros advirtieron la necesidad de establecer una
      vida útil para los extintores a fin de optimizar el control de los
      equipos. Por otra
      parte, la Cámara Argentina de Seguridad (CAS) también
      recomendó la aplicación de un método que limite el uso de los
      extintores y para ello hizo referencia a la normativa vigente en el
      territorio de la provincia de Buenos Aires que limita y determina la
      utilidad de los equipos.  |