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Consorcios en tiempo de pandemia

El Gobierno porteño aprobó un protocolo para las administraciones

José Luis Giusti, ministro de Desarrollo Económico y Producción [foto Gobierno de la CABA]

José Luis Giusti, ministro de Desarrollo Económico y Producción [foto Gobierno de la CABA]


[BPN-15/09/20] El pasado 19 de agosto el ministro de Desarrollo Económico y Producción, José Luis Giusti, ordenó un "Protocolo para el funcionamiento de la actividad de administración de consorcios para prevención y manejo de casos de COVID-19".

El protocolo consta de 13 páginas y si bien Pequeñas Noticias realizó –por razones de espacio- un breve resumen de sus puntos más descollantes, en más que conveniente que tanto los titulares de las administraciones como sus empleados lo lean en forma completa.

Pocos días después -el 9 de septiembre- la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) cuestionó cuatro de sus puntos por considerarlos de "cumplimiento difícil y hasta imposible" <ver nota>.

Es de recordar que el 12 de agosto la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) había presentado al gobierno de la CABA para su aprobación un protocolo para la apertura de las oficinas de administración de consorcios porteñas [1].

El protocolo fue ordenado por Giusti mediante la Resolución 222 que se publicó en el Boletín Oficial el 21 de agosto <vínculo> pero el contenido se encuentra en su anexo <vínculo>.

En la administración

Según el mismo, cada empleado podrá asistir a la oficina una vez por semana según la terminación de su número de DNI: los lunes para el 0 y el 1, los martes para el 2 y el 3, el miércoles para el 4 y 5, el jueves para el 6 y el 7 y el viernes para el 8 y el 9.

Antes de su ingreso a la oficina se le debe preguntar si posee algunos de los síntomas de sospecha de COVID-19 y el protocolo sugiere -en la medida de lo posible- controlarle la temperatura la cual debe ser menor de 37,5ºC.

Las visitas a la administración serán sólo con cita previa y la cantidad de personas a concurrir deberán ser las mínimas posibles. Entre los asistentes se debe guardar una distancia mínima de 1,5 metros. Por otra parte se deberá establecer un tiempo máximo de interacción personal con el visitante y situaciones que requieran mayor interacción deberán resolverse en forma remota.

Estarán exceptuados de prestar servicio en el lugar de trabajo: los mayores de sesenta años, las embarazadas, quienes sufran enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardíacas, inmunodeficiencias, diabéticos o personas con insuficiencia renal crónica en diálisis.

En los consorcios

Sólo se podrán realizar visitas en caso de resultar extremadamente necesario y a fin de solucionar algún reclamo urgente.

Las visitas serán pautadas con aquellos a los que se va a visitar con anticipación.

A los administradores o sus empleados –antes de visitar el consorcio- se les requerirá "que envíen vía correo electrónico una declaración jurada que indique que no presenta síntomas compatibles con sospecha de COVID-19 y que no ha estado en contacto con personas que hayan presentado síntomas o provengan de países denominados ‘de riesgo’ en los últimos 14 días".

Previo al ingreso al inmueble, se deberán desinfectar llaves y cerraduras con alcohol en gel o alcohol al 70%.

En caso de que el inmueble cuente con escaleras, deberán subir respetando la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros, evitando tocar barandas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 686 del 15/08/20: "Se presentó un protocolo para la apertura de las administraciones".


    

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