Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


Día del Encargado

Hola, quisiera saber si nos corresponde cobrar algo por el Día del Encargado que este año cayó domingo y no lo trabajamos.  

Gracias.
Sandra

(27/10/2011)

Hola Sandra, el día 2 de octubre es como si fuera un feriado nacional para esta actividad, aunque este año 2011 cayó domingo. Si se trabaja, se abona; si no se trabaja el trabajador descansará en ese día y –por supuesto- no se le descontará; o sea que si no lo trabaja no se le abona.

El artículo 13 del Convenio Colectivo 589/10 es el que se refiere al tema: "Se establece el día 2 de octubre de cada año como el Día del/la Trabajador/a de Propiedad Horizontal. Dicho día el personal estará franco total de servicio; de trabajarlo, deberá ser abonado independientemente como feriado".

Un saludo grande.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '