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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sueldos Junio de 2023

Tres feriados y aguinaldo

Fabiana Lizarralde

[BPN-22/06/23] Los recibos de junio no tendrán novedades, más allá de los feriados que se hayan trabajado y el primer sueldo anual complementario (SAC) del 2023.

Este mes sigue vigente la escala de mayo 2023 por lo cual no hay nuevos valores a tener en cuenta. La Resolución 655/2023 -homologada el 20 de abril pasado por el Ministerio de Trabajo- estipuló los aumentos para el sector en 4 escalones: 20% en abril, 6% en mayo, 6% en julio y 6% en agosto.

3 feriados para junio

Este junio vino con 3 feriados, uno más de lo habitual: sábado 17 en el que se conmemora el paso a la inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes, el lunes 19 estipulado como feriado turístico y el martes 20 en el que se recuerda el paso a la inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano.

Por lo tanto si hay trabajadores que prestan sus servicios en esos días, se deberán liquidar al 100%.

1° SAC 2023

Para poder calcular el SAC de este primer semestre, primero se debe liquidar el sueldo de junio. El artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo determina cómo y cuándo abonarlo: "El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 27.073 B.O. 20/1/2015)".

Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM)

La Resolución 1/2023 modificó los valores que cambiarán en abril, mayo y junio de la siguiente manera:

Desde el:

Mensualizado

Por hora

1° de abril de 2023

$80342

$401,71

1° de mayo de 2023

$84512

$422,56

1° de junio de 2023

$87987

$439,94

Si bien los importes en este sector de la propiedad horizontal son superiores al SMVM, se lo tiene en cuenta a la hora de calcular embargos.

Revisar y controlar

Junio 2023: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 655/2023 del 20 de abril de 2023)

Mayo 2023 

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 1/2023)

* A partir del 1° de abril de 2023: $80342 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $401,71 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de mayo de 2023: $84512 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $422,56 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de junio de 2023: $87987 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $439,94 por hora para los trabajadores jornalizados.

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de junio: 3

(Fuente)

Sábado 17: Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes

Lunes 19: Feriado con fines turísticos

Martes 20: Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano.

Feriados inamovibles

Feriados trasladables

Feriados Turisticos

5)

Días no laborables de junio: 1

(Fuente)

 28. Fiesta del Sacrificio (c)

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Junio 2023: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

8)

Fondo de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo $3000 descontado en abril 2023. Se aplica una vez al año en el mes que se llevan a cabo las paritarias del sector.

$0.-

Y ahora, a cargo del empleador

Junio 2023: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc...

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día. (Según Boletas sindicato mayo/2023)

$2.408

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 6/2023 (Disposición SRT 5/2022).

$262

12)

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

$78,36

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