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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sueldos Julio de 2023

Nueva escala para julio y casi sin feriados

Fabiana Lizarralde

[BPN-22/07/23] Los recibos de julio deberán reflejar el 6% de aumento que estipuló la Resolución 655/2023 homologada el 20 de abril pasado por el Ministerio de Trabajo y que se dividieron en 4 etapas : 20% en abril, 6% en mayo, 6% en julio y 6% en agosto.

El 6% se debe calcular sobre la escala vigente en marzo pasado (que era la de enero de este año) y ese valor sumarlo al de la escala de mayo pasado. Por ejemplo, en la escala de enero 2023 un "Encargado permanente sin vivienda" de 4° categoría tenía un básico de $154.872. El 6% de ese valor es $9.292,32 sumado al valor de la escala de mayo 2023 que era de $195.139 da $204.431 ya redondeado para este mes de julio.

Otra forma de hacer el cálculo es aplicar el 32% (20%+6%+6%) directamente sobre la escala de enero 2023 que da $49.559,04 (32% $154.872) más $154.872 y así llegar al mismo valor de $204.431 redondeado.

Desde el punto de vista de los feriados el 9 de julio de este 2023 cae en día domingo por lo tanto no habrá feriados más que los 5 domingos del mes: 2, 9, 16, 23 y 30.

SMVM

Mediante la resolución 10/2023 del Consejo del Salarios en el Boletín Oficial, oficializó el aumento del salario mínimo vital y móvil y el Fondo de Desempleo para los siguientes meses:

Desde el:

Mensualizado

Por hora

1° de julio de 2023

$105.500

$527,50

1° de agosto de 2023

$112.500

$562,50

1° de septiembre de 2023

$118.000

$590,00

Si bien los importes en este sector de la propiedad horizontal son superiores al SMVM, se los tiene en cuenta a la hora de calcular embargos.

Escala Julio 2023

FUNCION

1° Categoría

2° Categoría

3° Categoría

4° Categoría

Encargado Permanente con vivienda

208.710

200.014

191.317

173.925

Encargado Permanente sin vivienda

245.317

235.096

224.874

204.431

Ayudante Permanente con vivienda

208.710

200.014

191.317

173.925

Ayudante Permanente sin vivienda

245.317

235.096

224.874

204.431

Ayudante Media jornada

122.659

117.548

112.437

102.216

Personal Asimilado Con vivienda

208.710

200.014

191.317

173.925

Personal Asimilado Sin vivienda

245.317

235.096

224.874

204.431

Mayordomo Con vivienda

216.456

207.437

198.418

180.380

Mayordomo Sin vivienda

255.339

244.700

234.061

212.782

Intendente

312.532

312.532

312.532

312.532

Personal con más 1 función con vivienda

208.710

200.014

191.317

173.925

Personal con más 1 función sin vivienda

245.317

235.096

224.874

204.431

Encargado Guardacoches con vivienda

184.023

184.023

184.023

184.023

Encargado Guardacoches sin vivienda

199.834

199.834

199.834

199.834

Personal Vigilancia Nocturna

221.011

221.011

221.011

221.011

Personal Vigilancia Diurna

205.769

205.769

205.769

205.769

Personal Vigilancia Media Jornada

102.885

102.885

102.885

102.885

Encargado No Permanente Con vivienda

99.018

99.018

99.018

99.018

Encargado No Permanente Sin vivienda

107.618

107.618

107.618

107.618

Ayudante Temporario

201.569

201.569

201.569

201.569

Ayudante Temporario Media Jornada

100.784

100.784

100.784

100.784

Adicionales

Personal Jornalizado no más 18 horas (Según ART. 7 INC. P HORA)

2.084,20

Suplente con horario por día

9.101,40

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

373,00

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

6.423,60

Valor vivienda

1.370,10

Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

2.044,30

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

4.088,60

Plus limpieza de cocheras

5.089,40

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

7.535,50

Plus Jardín

5.089,40

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

8.561,70

Revisar y controlar

Julio 2023: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 655/2023 del 20 de abril de 2023)

Julio 2023 

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 1/2023)

A partir del 1° de julio de 2023: $105500 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $527,50 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de agosto de 2023: $112500 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $562,50 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de septiembre de 2023: $118000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $590,00 por hora para los trabajadores jornalizados.

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de julio: 1

(Fuente)

Dom 9: Día de la Independencia

Feriados inamovibles

Feriados trasladables

Feriados Turisticos

5)

Días no laborables de julio: 1

(Fuente)

 Mié 19: Año Nuevo Islámico (c)

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Julio 2023: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

8)

Fondo de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo $3000 descontado en abril 2023. Se aplica una vez al año en el mes que se llevan a cabo las paritarias del sector.

$0.-

Y ahora, a cargo del empleador

Julio 2023: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc...

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día. (Según Boletas sindicato junio/2023)

$3612

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 07/2023 (Disposición SRT 5/2022) no se publicó a la fecha.

$278

12)

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

$78,36

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