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Elecciones CAPHyAI 2008

La IGJ le bajó el pulgar a Bielli

[BPN-03/06/09] La Inspección General de Justicia (IGJ) hizo lugar a la denuncia presentada por la lista Renovación y Cambio durante las últimas elecciones de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y anuló los comicios del pasado 16 de diciembre, ordenando a la entidad convocar -dentro de los 60 días de su notificación- a una nueva asamblea extraordinaria para la elección de autoridades <ver resolución original>.

La inspectora general de justicia de la IGJ, Dra. Débora Cohen, en el primer artículo de su resolución anuló las elecciones de la CAPHyAI declarando "la irregularidad e ineficacia a los efectos administrativos de la celebración de los comicios (puntos 3 y 4 el orden del día) en la asamblea general ordinaria".

En el tercer artículo de la misma resolución, designó a los Dres. Gerardo Ganly y Luciano Palacios "a fin de efectuar el control pre electoral y fiscalizar el desarrollo de la asamblea cuya celebración se dispone".

En el cuarto artículo, la Dra. Cohen exigió a la CAPHyAI que se ajuste a la normativa de la IGJ que no permite la representación por poderes en elecciones de autoridades. En este sentido, exigió que la entidad "incorpore en el orden del día el tratamiento de la reforma del artículo 24 de sus estatutos sociales adecuándolo a las disposiciones del artículo 409 del anexo de la resolución IGJ 7/05".

No más guerra de poderes

El artículo 409 de la IGJ establece que: "los asociados, salvo disposición contraria del estatuto, podrán hacerse representar en las asambleas por otro asociado de idéntica categoría mediante carta poder especial otorgada a ese efecto, excepto para actos de elección de autoridades".

En abierta contradicción con el organismo de control, el artículo 24 del estatuto de la Cámara fija que "los socios podrán hacerse representar por carta con firma certificada por banco o notarialmente. Las empresas asociadas podrán hacerse representar por más de una persona pero sólo tendrán un voto. Ninguna persona podrá representar más del diez por ciento del total de los socios ni más del 20 por ciento de los socios presentes en la asamblea. Para votar deberán estar al día con todos los pagos". Actualmente, no existe ninguna excepción ni aclaración para el caso de nombramiento de autoridades.

Es decir que -teniendo en cuenta que la resolución 7/05 de la IGJ es jurídicamente superior al estatuto de la Cámara- se puede presumir que en las próximas elecciones los socios no podrían votar con poderes.

La denuncia de Renovación & Cambio

Renovación & Cambio denunció irregularidades previas a los comicios y durante la Asamblea General Ordinaria. Uno de los principales motivos por los que impugnó la asamblea y decidió retirarse, fue que –según declararon-  había tres padrones electorales diferentes.

Al mismo tiempo, según la lista opositora, cuando se presentaron en la sede de la entidad para oficializar la lista, las actuales autoridades se negaron a darles a conocer los integrantes de su lista y los avales necesarios para poder presentarse a una elección.

Pese a que la lista opositora impugnó las elecciones y se retiró de la asamblea, el consejo directivo continuó con los comicios y la lista del Lic. Horacio Bielli se adjudicó como ganadora. Bielli  –hasta ahora- se desempeña como presidente de la Cámara.

En la documentación de la IGJ, se señaló que conforme surge del informe labrado por los inspectores veedores de la Inspección General de Justicia, la asamblea cuestionada se celebró con un quórum de 47 asociados representando un total –con los poderes presentados- de 138 votos.

A su vez, al momento de la votación del tercer punto del orden del día (elección de autoridades) los integrantes de la lista opositora mocionaron la impugnación del mismo siendo rechazada por 38 votos. Ante esto, decidieron retirarse del recinto. Finalizada la votación, se verificó la emisión de 120 sufragios en sentido unánime por la lista oficialista, procediéndose a su proclamación.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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