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Consorcios de la CABA

Habemus libris

[BPN-07/12/11] El Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, dispuso la creación del "Libro de Ingreso y Egreso de Proveedores" que deberá contener los datos de los movimientos de aquellos que se ocupan del mantenimiento de los bienes comunes del consorcio. A partir de ahora toda persona que ingrese a trabajar en un edificio en calidad de proveedor tendrá que ser registrado. Sólo quedarán exentos de esta norma aquellos que entren al consorcio para realizar alguna tarea en la unidad de un copropietario. Lo que no queda claro es quién -en la práctica- será el responsable de hacer completar el libro.

La medida fue establecida por la Disposición Nº 5.003, publicada en el Boletín Oficial del 30 de noviembre pasado. De acuerdo al artículo 2º de la misma, el nuevo libro deberá encontrarse en el consorcio –y estar a disposición de los consorcistas o del Gobierno de la ciudad- "a partir de los treinta días hábiles de la publicación de la norma en el BO". Es decir, a partir del próximo 13 de enero.

Según expresó el Dr. Gallo en los considerandos de esta disposición, el objetivo es "impedir el ingreso de proveedores que no cumplan con la normativa vigente (Artículo 11º de la Ley 941 modificada por la Ley 3.254), resguardando de este modo el patrimonio del consorcio".

El holograma

Para el nuevo libro se implementará un "sistema de codificación mediante una oblea u holograma" con el objetivo de "otorgar mayor seguridad y evitar su falsificación". El administrador deberá plasmar en las futuras Declaraciones Juradas el código que contendrá la oblea que estará colocada sobre el margen superior derecho de la primera hoja.

La implementación del sistema –aunque falta confirmación oficial- sería la siguiente:

1.- El proveedor de los libros recibe las obleas y las pega en los libros.

2.- El administrador adquiere el libro, llena los datos de la primera hoja -carátula de identificación- solicita un turno -se aclara en la disposición que los cupos serán limitados- y lo autoriza en el Registro Público de Administradores (RPA).

Aunque tampoco está confirmado podría ser posible que el RPA entregue obleas a particulares que adquirieron los libros por su cuenta.

La carátula de identificación

En la "carátula de identificación", los administradores deberán ingresar los siguientes datos:

1.- Número de libro.

2.- Domicilio del consorcio.

3.- CUIT del consorcio.

4.- Número de RPA del administrador.

5.- Fecha.

De acuerdo al artículo 3º de la disposición, la tapa del libro deberá llevar escrita la leyenda "Libro de Ingreso y Egreso de Proveedores".

El contenido

Con respecto al contenido del libro, el Anexo de la disposición indica que se deberán registrar:

1.- El rubro al que pertenece el proveedor.

2.- El nombre completo de la empresa y su numero de matrícula o registro,

3.- Su número de CUIT

4.- El nombre y apellido de la persona que ingresa al edificio

5.- Su CUIL

6.- Su ART.

Por último el personal que ingresa deberá firmar el libro en el que constará la fecha y hora de su ingreso y egreso.

Ahora ya son diez

El Libro de Ingreso y Egreso de Proveedores se suma así a los nueve ya existentes en los consorcios: el libro de Administración, el de Actas, el libro de Sueldos y Jornales, el de Órdenes, el libro de Ascensores, el de Tanques de Agua Potable, el de Firmas, el de Asiento de Controles de Instalaciones Fijas y el de Edificio Seguro.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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