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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Adm. Marcelo Ruiz, presidente de AIPH [foto de archivo].

Adm. Marcelo Ruiz, presidente de AIPH [foto de archivo].

Mis Expensas

AIPH evalúa medidas contra Expensas Claras III

[BPN-25/04/14] El 16 de abril las autoridades de la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH), anunciaron que están estudiando, junto al Dr. Ezequiel Nino, iniciar acciones legales contra el programa Expensas Claras III, rebautizado por el Gobierno porteño como Mis Expensas.

Evalúan si –luego de presentar un recurso administrativo, de corresponder- presentarán su demanda en la justicia local o nacional: en el primer caso sería en el Fuero Contencioso, Administrativo y Tributario (CAyT) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el segundo en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Adelantaron que estudian también la presentación de un recurso de amparo "para evitar que se profundice el daño que se producirá a la comunidad consorcial" hasta que la justicia resuelva el tema de fondo.

Según AIPH, las acciones irán contra varios artículos de la Disposición 856. Adelantaron que por lo menos uno de ellos es "claramente inconstitucional" y que otros adolecen de "errores conceptuales" que de ser modificados y adecuados, podrían ser aceptados por la entidad de administradores. Sin embargo, sus voceros no especificaron de qué artículos se trataría.

Informaron que durante el transcurso de las próximas dos semanas se definirán los pasos a seguir y con posterioridad serán anunciados a la comunidad consorcial.

Un poco de historia

El 3 de abril, fue firmada la Disposición 856/DGDyPC/14 que estableció la tercera versión de "Expensas Claras" ("Mis Expensas"). La diferencia más importante es que esta nueva normativa no estableció la obligación a los consorcios de "bancarizarse".

Sin embargo mantuvo el uso obligatorio de un modelo único –aunque modificado- que denominó "Modelo Único Liquidación de Expensas" y "Modelo Único de Recibo de Pago de Expensas" tanto para su impresión en papel como su envío en formato digital.

Conservó también la obligación de enviar por correo electrónico las liquidaciones de expensas, los recibos de pago y la documentación respaldatoria de la liquidación del período.

Es de destacar que -igual que lo había establecido Expensas Claras II- los propietarios de los consorcios en forma individual o reunidos en asamblea pueden decidir recibir la documentación en formato papel, aunque la información contenida de las liquidaciones y los recibos se deben ajustar a los modelos únicos que estableció la disposición.

Finalmente, la nueva norma fue publicada en el Boletín Oficial el 4 de abril, el mismo día que Víctor Santa María, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), y Horacio Rodríguez Larreta, jefe de Gabinete del Gobierno porteño, realizaron su lanzamiento en el SERACARH. [BPN Nº 518 del 11/02/14: " La Disposición 856"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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