'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sede del Registro Público de Administradores de Consorcios de esta ciudad en la calle Patricias Argentinas 277.

Sede del Registro Público de Administradores de Consorcios de esta ciudad en la calle Patricias Argentinas 277.

Edificio Seguro

Ya no será obligatorio presentar los certificados en las DDJJ

[BPN-14/10/14] A partir de ahora los administradores de consorcios porteños no tendrán que presentar en sus Declaraciones Juradas (DDJJ) el certificado de Edificio Seguro de cada uno de sus consorcios. Para que esto sea posible, se modificó el Manual de Procedimientos para la presentación de las DDJJ 2010, 2011, 2012 y 2013 ante el RPA (Registro Público de Administradores).

Por otra parte, podrán volver a extender este certificado los arquitectos, los técnicos afines matriculados en el Colegio Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) y los licenciados de seguridad que la disposición anterior había excluido.

Por último se eliminó el modelo de "Constancia de Inscripción" que emite el Gobierno de la CABA a los administradores que ya se matricularon del Manual de Procedimientos de las DDJJ 2010, 2011, 2012 y 2013.

Estas nuevas normativas las dispuso el Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun, director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, mediante la Disposición 1.927. La norma, constó de 4 artículos de los cuales uno es de forma, fue firmada el 3 de octubre y 4 días después se publicó en el Boletín Oficial.

Exentos de presentar el certificado

Específicamente, la Disposición 1.927 en su Art. 3º derogó el Art. 8º de la Disposición 1.541 -que a su vez ya había modificado la norma original de Edificio Seguro-, el cual había establecido textualmente que "cualquiera sea la certificación que posea el inmueble, deberá ser presentada por el administrador ante el RPA junto con el informe establecido por el Art. 12º de la Ley 941. La certificación a presentar será la emitida durante el año inmediato anterior al de presentación del informe ante el registro".

Así, los administradores de consorcios quedarán exentos de presentar el certificado de Edificio Seguro junto a sus DDJJ anuales ante el RPA porteño, lo cual hasta el momento era obligatorio. Por otra parte, al eliminar esta imposición se debió modificar el Manual de Procedimientos establecido por la disposición anterior.

Desde lo administrativo, mientras que antes todos los certificados -ya sean de "conformidad" o de "no conformidad"- debían efectuarse por triplicado, ahora se emitirán por duplicado: una copia será colocada en un lugar visible del edificio y otra va a quedar en poder de la administración que la archivará conjuntamente a la documentación del inmueble.

Habrá que ver de qué manera se modificará el aplicativo online necesario para cargar las DDJJ anuales para que cuando los administradores suban la documentación de los consorcios el sistema no los obligue a completar el ítem correspondiente al certificado de Edificio Seguro para poder continuar.

Los profesionales

En otro orden de cosas, Aoun modificó el Art. 3º de la Disposición 1.541 con lo cual se instauró que "las certificaciones deberán ser extendidas únicamente por Ingenieros, Licenciados en Seguridad e Higiene, Técnicos matriculados por Resolución 313/83 del MTSS, Arquitectos, Técnicos afines matriculados en el Consejo Profesional de Ingeniería Civil y Licenciados en Seguridad. El profesional encargado de emitir dichas certificaciones deberá poseer su matrícula vigente expedida por el Consejo Profesional respectivo y deberá cumplir con las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión de acuerdo con la normativa vigente".

Es de destacar que la Disposición 1.541 había excluido a los arquitectos, técnicos afines matriculados en el CPIC y Licenciados en Seguridad.

En sus considerandos, Aoun explicó que "la Disposición 1.541 omitió, en su Art. 3°, hacer referencia a los Arquitectos, Técnicos afines matriculados en el Consejo Profesional de Ingeniería Civil y Licenciados en Seguridad, como profesionales habilitados a extender las certificaciones creadas por esta disposición, por lo que corresponde incluir a los mencionados profesionales".

Constancia de inscripción

Por último en su Art. 2º de esta última Disposición 1.927 modificó el Manual de Procedimientos de las DDJJ 2010, 2011, 2012 y 2013 que figura como anexo. Es de destacar que este nuevo manual no contiene el modelo de "Constancia de Inscripción" en el RPA que sí figuraba en el anterior dispuesto por la Disposición 1.088.

En esa constancia que emite el RPA a aquellos administradores que renovaron su matrícula, aparte de su diseño particular en el que se podía apreciar la firma de su coordinadora, Gabriela Pilar Saldivia, figuraban los siguientes datos: razón social/representante legal, apellido y nombre, número de matrícula, DNI, CUIT, domicilio constituido y la fecha de la última presentación de DDJJ Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '