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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun.

Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun.

Defensa y Protección del Consumidor

Aoun multó a 14 administradores por 700 mil pesos

[BPN-24/12/14] El Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun, director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC), multó a 14 administradores de consorcios por un monto que superó los 700 mil pesos por infracciones a la Ley 941 que creó y regula el Registro Público de Administradores (RPA) porteño. Si bien las disposiciones que así lo ordenaron se extienden desde febrero hasta octubre de este año, fueron publicadas en el Boletín Oficial el pasado 17 y 18 de diciembre.

Los montos de las multas van desde los 23.304 hasta los 58.260 pesos. Teniendo en cuenta que se fijan de acuerdo al sueldo básico de los encargados de edificio de 4° categoría sin vivienda, para llegar a esos valores se contabilizaron desde 4 a 10 sueldos, dependiendo el caso. Para ser exactos, el total de todas las multas asciende a 700.996 pesos.

El 71% (10) de las sanciones se aplicaron porque los mandatarios ejercieron la actividad sin estar inscriptos en el RPA (Inc. a del Art. 15°), el 29% (4) porque incumplieron con obligaciones propias del administrador (Art. 9°) y el 21% (3) porque no respetaron el contenido que debía figurar en las liquidaciones de expensas (Art. 10°). Algunos mandatarios incumplieron con varias de estas obligaciones: mientras que el 79% (11) de los multados violaron sólo un artículo de la Ley 941, el 21% (3) infringieron más de uno. Por esta razón, en este caso, la suma de los porcentajes no sumó el 100%. Por otra parte, donde se hizo necesario, los decimales fueron redondeados para una mejor comprensión del texto.

Las sanciones

En 17 de diciembre se publicaron 8 multas mediante las disposiciones 657, 1.068, 1.450, 1.475, 1.616, 1.767, 1.880 y 1.889. Los administradores multados fueron Florentino Fano, Pedro Alejandro Poroyan, María Rosario Barrioluengo, Gustavo Ariel Cabello, Javier Ricardo Capelan, Ana María Zuñiga, Francisco Montesano y Juan Onofre Sampayo.

Un día después se publicaron 6 multas más mediante las disposiciones 1.261, 1.493, 1.627, 1.662, 1.891 y 1.922. Los sancionados fueron Fernando Javier Pedrosa, Administración Aparicio, Flavia Lorena Deben, Luis Alejandro Torres, Rosa Isabel Dittrich y Alberto José Mier Torre.

Llamó la atención que si bien la disposiciones fueron firmadas entre febrero y octubre de este año, recién ahora hayan sido publicadas en el Boletín Oficial. Una es de febrero, otra de mayo y otra de junio. En julio fueron tres, en agosto dos pero en septiembre cinco. Por último en octubre fue una. 

Detallando una por una, la Disposición 657 se firmó el 27 de febrero; la 1.068 el 19 de mayo; la 1.261 el 11 de junio; la 1.450 el 16 de julio; la 1.475 el 17 de julio; la 1.493 el 24 de julio; la 1.616 el 14 de agosto; la 1.627 el 25 de agosto; la 1.662 el 2 de septiembre; la 1.767 el 19 de septiembre; la 1.880, la 1.889 y la 1.891 el 30 de septiembre y la 1.922 el 2 de octubre.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 534 de 14/11/14: “La CAPHyAI inició un recurso administrativo contra las multas”.

BPN Nº 529 de 25/09/14: “’Las multas a los administradores son un disparate’".

BPN Nº 513 de 23/01/14: “Aoun derogó las multas de Gallo”.

BPN Nº 498 de 15/07/13: “No presentar las DDJJ’s puede costar más de $72 mil”.

BPN Nº 489 de 13/03/13: “Ni crimen ni castigo”.

BPN Nº 450 de 23/11/11: “Las multas del RPA podrán superar los 50 mil pesos”.

BPN Nº 417 de 20/10/10: “Este año fueron multados menos administradores”.

BPN Nº 395 de 27/01/10: “Fuertes aumentos en las multas”.

BPN Nº 235 de 26/10/04: “No pertenecer tiene su costo”.

Es de destacar que los montos de las multas firmadas entre septiembre y octubre de 2014, fueron calculados sobre la base de la escala salarial de marzo 2014 y no en base a la de septiembre. Además, en ninguna de las disposiciones que impusieron las sanciones –a pesar de que se relató brevemente las circunstancias que la motivaron- no se especificó la fecha en que el ciudadano realizó la denuncia.

Caso por caso

Fano ejerció como administrador sin estar inscripto en el RPA y fue multado con 54.310 pesos correspondientes a 10 sueldos de acuerdo a la escala salarial de diciembre 2013. Por su parte, Poroyan, Barrioluengo, Cabello, Montesano, Sampayo, Dittrich, Mier Torre y administración Aparicio cometieron la misma infracción y fueron multados con 58.260 pesos correspondientes a 10 sueldos de acuerdo a la escala salarial de marzo 2014.

Llamó la atención que todos los que incumplieron con el Inc a) del Art. 15° fueron multados con sumas equivalentes a 10 sueldos, a excepción de Pedrosa que a pesar de haber cometido la misma infracción, fue multado con una suma equivalente a 4 sueldos (23.304 pesos).

De estos 10 administradores que cometieron esta infracción -mientras que uno ejerció la actividad sin haberse inscripto en el RPA- nueve la ejercieron dentro de un período en el cual habían sido dados de baja del Registro.

Por su parte, Capelan infringió el inciso l) del Art. 9° y los incisos b), d), e), g) e i) del Art. 10° de la Ley 941, con lo cual debe abonar una suma de 34.956 pesos correspondientes a 6 sueldos de acuerdo a la escala salarial de marzo 2014.

Por otra parte, Zuñiga transgredió el inciso k) del Art. 9° y fue multada con 29.130 pesos correspondientes a 5 sueldos de acuerdo a la escala salarial de marzo 2014.

Por último, por violar los incisos j) y l) del Art. 9º y los incisos a), d), e), f), g) e i) del Art. 10°, Torres fue multado con 58.260 pesos correspondientes a 10 sueldos de acuerdo a la escala salarial de marzo 2014. Deben también fue multada por esa misma cantidad de dinero por haber incumplido los incisos f) y j) del Art. 9°, el inciso d) del Art. 10° y los artículos 11º y 12º de la Ley 941. Según indicó el Boletín Oficial, la mandataria no habría entregado copia de dos actas de asamblea, no habría realizado ninguna asamblea ordinaria en 47 meses, habría omitido incluir en la liquidación de expensas datos del personal del consorcio, habría realizado cambios de ficha de luz que no fueron reflejados en las liquidaciones de expensas y durante su gestión no se habría tratado la rendición de cuentas para los períodos 2011-2012 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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