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Leg. Edgardo Adrián Form.

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Legislatura porteña

El sueño de Echazarreta ya es un proyecto de ley

[BPN-10/07/15] El pasado jueves 18 de junio, el legislador porteño Edgardo Form (Nuevo Encuentro) presentó un proyecto de ley para que los consorcistas elijan cada dos años una entidad que los represente en la defensa y protección de sus intereses. De ser aprobado, se creará un Registro Público de Asociaciones de Consorcistas (RPAC) bajo el ámbito de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DGDyPC) porteña. Cabe destacar que esta iniciativa fue impulsada por la ya fallecida Dra. Susana Echazarreta, quien -junto a tres compañeros- le había acercado este proyecto al legislador en agosto del año pasado.

El objetivo de esta iniciativa es "establecer un mecanismo institucional de representación para la defensa y protección de los intereses colectivos del conjunto de los consorcistas de edificios de propiedad horizontal de la ciudad de Buenos Aires". Con este fin, Form propone que cada consorcio elija en asamblea, cada dos años, una de las asociaciones registradas en el RPAC. Según los autores de la propuesta, éste deberá ser de acceso público, gratuito y deberá estar disponible para su consulta en la página Web del Gobierno porteño.

En caso de ser aprobado el proyecto, la primera elección se celebrará 60 días después de la entrada en vigencia de la ley.

Dra. Susana Echazarreta (1951-2015).

Dra. Susana Echazarreta (1951-2015).

Cabe destacar que en el artículo segundo de la iniciativa se define al consorcista como "toda persona física o jurídica, propietaria de unidades funcionales en edificios de propiedad horizontal en los términos de la Ley 13.512".

Tal cual surgió de una comparación que realizó Pequeñas Noticias, el proyecto original de Echazarreta y el elaborado por Form son prácticamente iguales. El presentado por el legislador consta de 8 artículos de los cuales uno es de forma, ingresó bajo el número de expediente 2015-01298 y será tratado por la comisión de "Presupuesto, hacienda, administración financiera y política tributaria".

Un fondo solidario

La iniciativa establece también que la DGDyPC deberá crear un fondo solidario conformado por las multas cobradas a los administradores con el fin de solventar "un programa de difusión e información de los derechos y las obligaciones, como así también a la defensa y protección de los intereses generales de los consorcistas de edificios de propiedad horizontal".

Si bien el proyecto no indica a qué multas se refiere, es de suponer que se trata de las sanciones económicas impuestas por el inciso a) del artículo 16º de la Ley 941.

Fundamentos

En sus fundamentos -casi idénticos a los esbozados por los impulsores del proyecto- el legislador Form señaló que "si bien los consorcistas son representados legalmente por un administrador, dicha representación es de tipo administrativa y para los asuntos puntuales de cada uno de los edificios", y advirtió que "las problemáticas del conjunto de los consorcios carecen de una representación institucional, formalizada para el conjunto y orientada a la defensa de los intereses generales del sector".

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN N° 545 de 19/03/15: "Falleció la Dra. Susana Echazarreta".

BPN Nº 528 de 10/09/14: "Echazarreta le presentó su proyecto a Edgardo Form".

BPN Nº 517 de 27/03/14: "Consorcistas se reunieron para tratar el proyecto Echazarreta".

BPN Nº 515 de 21/02/14: "Registro de Asociaciones de Consorcistas".

Según el legislador, existen asociaciones de consorcistas sin fines de lucro, pero éstas "representan parcialidades sin una representación formalmente delegada por el conjunto de los consorcios que otorgue mayor legitimidad y fuerza a sus reclamos y gestiones".

Por otra parte, el legislador de Nuevo Encuentro aclaró que el mecanismo propuesto no establece una representación única pues "sólo fija un modo de discernir representatividades" y deberán ser las asociaciones de consorcistas quienes se presenten ante los consorcios para exponer sus ideas y propuestas.

Por último, indicó que la autoridad de aplicación será la DGDyPC de la CABA "dado que actualmente es la autoridad de aplicación de la Ley 941 [que creó un Registro Público de Administradores (RPA) porteño]" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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