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Desembarcó en la comunidad consorcial un nuevo actor que generará más presión a administradores y consorcistas.

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Ministerio de Trabajo

Crearon un sindicato de empleados de administradores

[BPN-02/11/15] El pasado lunes 28 de septiembre, se creó el Sindicato de Empleados de Administradoras de la República Argentina (SEARA) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Agrupará a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia con personas físicas o jurídicas que administren consorcios de edificios de renta y propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, tiempos compartidos y cementerios privados. Su sede está ubicada en el barrio porteño de Villa del Parque, específicamente en Marcos Sastre 2.657, planta baja.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación inscribió a SEARA como una asociación gremial de primer grado dentro del Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores y la intimó para que regularice su situación institucional y convoque a elecciones de su Comisión Directiva.

Además, aprobó su estatuto y estableció que deberá presentarlo "en forma sintetizada" conforme a la Resolución N° 12 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo hasta 10 días después de notificada.

Así lo estableció la Resolución 974 <texto original> firmada por el Dr. Carlos Tomada, ministro de Trabajo. Consta de cinco artículos de los cuales uno es de forma y se publicó en el Boletín Oficial el pasado jueves 29 de octubre.

En sus considerandos, la Resolución 974 explicó que el Sindicato de Empleados de Administradoras de la República Argentina solicitó su inscripción gremial y cumplió con la normativa necesaria. Puntualizó también que "al acceder a la personería jurídica a través de la inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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