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Registro Nacional de Administradores de Condominios

Finalmente se reglamentó el RPA chileno

[BPN-15/04/24] El pasado 22 de marzo finalmente se reglamentó la Ley 21.442 que creó un Registro Nacional de Administradores de Condominios (RNAC) en el hermano país de Chile. El poder Ejecutivo tardó en reglamentar el Decreto 5 (BO: 26/03/24) más de un año y once meses.

En diálogo con Pequeñas Noticias el administrador chileno Aníbal Ahumada Álvarez, a grandes rasgo se mostró satisfecho con la reglamentación porque este registro era una propuesta hecha por los mandatarios al Congreso en el año 2007. Recalcó que era necesario que haya exigencias mínimas para quienes quieran ser administradores y que también debían existir regulaciones y controles más estrictos de esta actividad.

El Adm. Álvarez ocupó altos cargos directivos en el Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria (CGAI) mientras se impulsó la ley que finalmente creó el Registro y fue presidente de la entidad desde 2011 hasta 2015 y desde 2017 hasta 2021

La entrevista completa en detalle:

¿Está conforme con la reglamentación publicada?

En general sí porque era una propuesta hecha por los administradores al congreso desde el año 2007, es una gran necesidad que exista este registro para que haya exigencias mínimas para quienes quieran ser administradores y también era necesario que existan regulaciones y controles más estrictos en esta actividad

¿Qué aspectos le parecen más negativos?

Nos parece muy negativo que la actual autoridad haya transgredido el espíritu de la ley y establezca que los datos personales de los administradores sean públicos, como la dirección, teléfono, correo electrónico, cantidad de condominios que administramos con sus direcciones incluidas. Con esto el Ministerio de la vivienda quien controlará este registro, está violando la ley de protección de datos y también nuestra propia constitución que establece la privacidad individual como un derecho humano.

¿Qué otros le parecen los más positivos?

Que, para inscribirse en el Registro, se debe tener un curso aprobado con los ramos establecidos en la ley ya que esto tenderá hacia la profesionalización de la actividad y la posibilidad que los malos elementos sean sacados del mercado.

¿Cuándo estima que estará operativo?

De acuerdo a la misma Ley 21.442, en 18 meses a contar del pasado 26 abril.

Finalmente agregó que como Unión Nacional de Administradores de Condominios ya están en campaña para proteger a sus colegas de los abusos que considera están incurriendo las autoridades. Por último, adelantó que presentarán recursos ante los tribunales de justicia y el tribunal constitucional Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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