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Novedades Fiscales


Decreto 322/22

La quita de subsidios no incidirá significativamente en las expensas

Adm. Daniel Tocco, vicepresidente 1º de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto archivo de Pequeñas Noticias]

Adm. Daniel Tocco, vicepresidente 1º de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto archivo de Pequeñas Noticias]


[BPN-15/07/22] El vicepresidente 1º de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), Adm. Daniel Tocco, explicó que la posible quita de subsidios a la electricidad y el gas ordenado por el Gobierno nacional no afectará mayormente a los consorcios de propietarios.

Textualmente explicó: "Cuando los subsidios eran generales y para todo el mundo los consorcios estaban incluidos. En la medida que se fue segmentando quién los recibía y en qué cantidad se fue reduciendo notablemente la cantidad de consorcios que reciben subsidios. "A la fecha quedan muy pocos consorcios que reciben subsidios", resaltó.

Por otra parte, señaló que el gasto de electricidad en un consorcio (luz palieres y ascensores) incide en el valor total de las expensas entre un 3% y un 5%. Con respecto al gas -en aquellos consorcios que cuentan con un termotanque- la incidencia del servicio en las expensas durante el invierno ronda entre un 15% y un 20% mientras que el resto del año fluctúa entre un 8% y un 9% del total de las expensas.

De esta forma echó paños fríos a las declaraciones de Gabriela Pilar Saldivia, secretaria general de un sindicato relacionado con los empleados de los administradores de consorcios, quien el pasado 22 de junio había afirmado a Clarín que "en el hipotético caso que les quitaran el subsidio a los consorcios, el gasto se multiplicaría entre tres y cinco veces".

Es de recordar que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 322, a la hora de determinar quién será o no beneficiario del subsidio, hace mención a personas y no a edificios de propietarios o sociedades comerciales.

Según la información oficial, perderán los subsidios quienes tengan ingresos mensuales por hogar por más de $350.000 -el equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT)- o cumplan algunas de estas condiciones: tener tres o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, tres o más inmuebles, una embarcación o aeronave, entre otros.

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[1] Hogar 2: de cuatro integrantes, compuesto por un varón de 35 años, una mujer de 31 años, un hijo de 6 años y una hija de 8 años: El varón equivale a 1 unidad de adulto equivalente. La mujer equivale a 0,77 unidades de adulto equivalente. El hijo equivale a 0,64 unidades de adulto equivalente. La hija equivale a 0,68 unidades de adulto equivalente. En total, el hogar suma 3,09 unidades consumidoras o adultos equivalentes. En mayo ese valor estaba fijado en 44.498,60 pesos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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