[BPN-05/06/13]
      A partir de ahora, la AFIP presumirá que aquellos consorcios que
      tengan menos de cierta cantidad de empleados están contratando personal
      en "negro" y por consiguiente evadiendo aportes y
      contribuciones. En este sentido el mes pasado, en su sede, esta entidad
      firmó junto al Ministerio de Trabajo y las tres entidades de
      administradores (CAPHyAI, AIERH y UADI) un convenio
      en el que se acordó cuántos empleados –y de qué funciones- debe tener
      cada consorcio. A esta tabla se la denominó Indicador Mínimo de
      Trabajadores (IMT).
      Aquellos
      edificios que posean entre 5 y 15 unidades funcionales, deberían contar
      con un trabajador jornalizado ocupado no menos de 18 horas semanales.
      Uno
      que posea entre 16 y 25 unidades, debería tener un trabajador con 24
      horas semanales.
      Los
      que tengan entre 26 y 35 unidades deberían contar con un encargado de
      jornada completa (45 horas semanales).
      Los
      que posean entre las 36 y las 60 unidades deberían tener un trabajador de
      jornada completa (45 horas semanales) y uno de 24 horas semanales.
      Entre
      las 61 y las 100 unidades funcionales se debería contar con dos
      trabajadores de jornada completa (45 horas semanales).
      Aquellos
      con más de 101 unidades deberían emplear dos trabajadores de jornada
      completa y uno de 24 horas semanales.
      La
      AFIP considerará que si el consorcio tiene vigilancia, debería contar
      con un trabajador más por turno, mientras que en aquellos que posean más
      de 21 cocheras móviles presumirá que cuentan con un trabajador de
      jornada completa (45 horas semanales).
      
      Las
      reuniones entre los representantes de la AFIP, el Ministerio de Trabajo,
      la CAPHyAI, la UADI y el AIERH se realizaron los días 9 y 23 de mayo en
      el edificio de la AFIP ubicado en la calle Hipólito Yrigoyen 370 y su
      objetivo fue la elaboración de los índices promedio para la detección
      de personas no registradas o registradas precariamente en los consorcios
      de propietarios.
      Durante
      las mismas los participantes analizaron los índices propuestos por la
      AFIP para aplicar como base presuntiva para la propiedad horizontal. Luego
      de consensuarlos en forma unánime los representantes legales de cada
      entidad participante y todos los funcionarios suscribieron el acuerdo.
      Durante
      los dos encuentros representó al Ministerio de Trabajo el Cr. Ignacio
      Sánchez; al AIERH el Dr. Juan Manuel Acosta y Lara y la Cra. Laura
      Colucci; a la CAPHyAI el Adm. Fernando Staino, el Dr. Enrique
      Albisu y el Dr. Marcelo Dragunsky y a la UADI el Adm. Félix
      Cacciatori.
      Por
      último, representando a la AFIP, participaron: la Lic. Gabriela
      Zibecchi, Patricia Piñeyro, el Cr. Luis Villan, el Cr. Jorge
      Higa, Sebastián Bogao, Adrián Mazza, el Dr. Osvaldo
      Pozzo y el Dr. Lucio Ruiz Posse
