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Consorcios en tiempos de pandemia

El ministro de Trabajo aclaró que quien se vacunó vuelve al trabajo

Claudio Omar Moroni, ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social [Foto Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social]

Claudio Omar Moroni, ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social [Foto Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social]


[BPN-14/05/21] El pasado 10 de mayo, el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Omar Moroni, aclaró que la Resolución 4/2021 está vigente y por lo tanto aquellos que se vacunaron pueden ser convocados a su trabajo presencial.

Textualmente explicó: "los Decretos 241/2021 y 287/2021 no derogan la vigencia de la Resolución Nº 4/2021, ni se contraponen a su espíritu", y agregó: "Muy por el contrario, establecen que se mantendrá su vigencia como norma complementaria de la Resolución de este Ministerio Nº 207/2020" <texto original>.

Es de recordar que el 19 de abril la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) había reiterado que los empleadores podrán convocar al retorno a sus actividades laborales presenciales a todos los trabajadores que hayan recibido al menos la primera dosis de cualquier vacuna contra el COVID-19 incluidos los mayores de 60, los que pertenecen a grupos de riesgo y a las embarazadas, tal cual lo estableció la Resolución Conjunta N° 4 del Ministerio de Salud y de Trabajo [1].

Dr. Enrique Albisu, asesor letrado en temas laborales de la CAPHyAI [Foto archivo Pequeñas Noticias].

Dr. Enrique Albisu, asesor letrado en temas laborales de la CAPHyAI [Foto archivo Pequeñas Noticias].


Aclaró que continúa la excepción de tareas para:

1.- Los mayores de 60 años, excepto que sean considerados personal esencial.

2.- Las mujeres embarazadas.

3.- Las personas que tienen algunas de las patologías enumeradas por el Ministerio de Salud.

4.- El progenitor o la persona encargada de niños en edad escolar.

El análisis jurídico del Decreto 241/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social lo había realizado el Dr. Enrique Albisu, asesor letrado en temas laborales de la entidad de administradores <texto original>.

Éste luego de detallar paso a paso todas las fuentes a las que alude el Decreto 241 resumió: "Consideramos que la Resolución Conjunta N° 4 de los Ministerios de Salud y de Trabajo está plenamente vigente. Sostenemos esto, ya que de haber sido intención de la autoridad dejar temporariamente sin efecto esta Resolución, lo hubiera manifestado concreta, y precisamente como lo hizo al modificar el artículo 7º".

Otras opiniones

El 15 de abril, con otra interpretación, Juan Pablo Chiesa (Aptitud Renovadora), abogado laboralista y uno de los que dijo haber impulsado la derogación de la Resolución Conjunta N° 4, saludó la decisión gubernamental a través de su cuenta en Instagram en el entendimiento de que eso fue lo que se hizo [2].

Antecedentes

Días antes se había distribuido un comunicado impreso en papel con el logo del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) en la que se expresaba:

Suspensión del deber de asistencia a trabajadores incluidos en grupo de riesgo.

Durante la vigencia del plazo del Decreto 241/21 (16 al 30/4/21) se mantiene la suspensión del deber de asistencia al puesto laboral de quienes están incluidos en el denominado grupo de riesgo conforme las describen las resoluciones 207/20, 296/20 y modificatorias de la Res. 60/21 del MTEySS así como el pago de una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual con los aportes habituales.

Con esta regulación se deja sin efecto la Resolución Conjunta del MTEySS y el Ministerio de Salud N° 4/21 que facultaba al empleador a convocar al regreso al empleo a determinados trabajadores del grupo de riesgo a los 14 días de haber recibido la primera dosis de la vacuna contra el COVID.

La redacción de Pequeñas Noticias busco la circular del SUTERH en su sitio web oficial, el sitio web de la FATERyH, su página en Facebook y en Twitter y la página de Víctor Santa María y no la encontró.

Otras repercusiones

Por su parte, el Frente Nacional de Trabajadores de Edificios (FreNTE) el 23 de abril publicó un comunicado en sus redes sociales -ilustrado con una foto del comunicado del SUTERH- exigiendo que éste "se respete en todas las provincias y al pie de la letra".

Explicaron: "Dicho comunicado [el del SUTERH] está bien claro y tanto los consorcios como los administradores no pueden ni deben hacerse los desentendidos con este tema y presionar a los encargados a trabajar puesto que se trata de un decreto de necesidad y urgencia (Decreto 241/21)" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN N° 702 del 15/04/21: "Si te vacunaron podés volver al trabajo presencial".

[2] Juan Chiesa en Instagram el 15/04/21.


    

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